Nuevas tecnologías, inteligencia artificial, derecho internacional marítimo y derechos fundamentales

AutorJorge Isaac Torres Manrique
Páginas217-233
217
1. INTRODUCCIÓN
Las tecnologías emergentes autónomas que están marcando toda una
innovación en el ámbito marítimo, se encuentran en constante desarrollo y
se están utilizando al servicio de empresas, puertos, la logística, el comer-
cio y el transporte marítimo internacional, trayendo consigo innumerables
benecios pero al mismo tiempo nuevos problemas que atender. El uso de
estos aparatos en el campo de la actividad marítima ya son una realidad y
pueden ser utilizados en diferentes tipos de proyectos, tales como investi-
gación submarina, búsqueda de naufragios y en operaciones de salvamento
y muy especialmente están siendo utilizados para las instalaciones oshore,
CAPÍTULO XI
NUEVAS TECNOLOGÍAS,
INTELIGENCIA ARTIFICIAL, DERECHO
INTERNACIONAL MARÍTIMO Y
DERECHOS FUNDAMENTALES
SUMARIO: 1. Introducción. 2. A propósito del derecho internacio-
nal marítimo. 3. Acerca de las nuevas tecnologías en el mar. 3.1.
Tecnología de avanzada. 3.2. Internet de las cosas. 3.3. Adicionales
casos. 4. Riesgos. 5. Niveles de automatización. 6. Buques automa-
tizados, autónomos y sin tripulación. 7. Principios rectores de la
navegación marítima automatizada. 8. ¿Un derecho del mar auto-
mático?. 9. Análisis desde los derechos fundamentales. 10. Conclu-
siones. 11. Sugerencias.
DERECHOS FUNDAMENTALES E INTERDISCIPLINARIEDAD
PERSPECTIVAS DESDE EL NUEVO ORDENAMIENTO JURÍDICO IMPERANTE
JORGE ISAAC TORRES MANRIQUE
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inmersiones submarinas y para complementar las inspecciones que requiere
el casco de los buques.162
El transporte marítimo internacional representa aproximadamente el
80% del transporte mundial de mercancías entre los pueblos y comunidades
de todo el mundo. El transporte marítimo es el sistema de transporte inter-
nacional más eciente y rentable para la mayoría de las mercancías; constituye
un medio de transporte internacional de mercancías seguro y de bajo costo,
que fomenta el comercio entre las naciones y los pueblos, al tiempo que con-
tribuye a su prosperidad. El mundo depende de un sector naviero internacio-
nal seguro, protegido y eciente, lo cual se logra a través del marco normativo
que se establece y se mantiene actualizado en el seno de la OMI (Organiza-
ción Marítima Internacional, organismo especializado de las Naciones Unidas
responsable de la seguridad y protección de la navegación y de prevenir la
contaminación del mar por los buques).163
Cabe precisar, que en el presente trabajo nos ocupamos strictu sensu de
la navegación marítima de transporte de mercancías y pesquera. Entonces,
quedan fuera del mismo tanto la navegación militar como la navegación re-
creativa.
Por otro lado, es de considerar que así como latu sensu que la navega-
ción marítima genera innegables benecios a la humanidad, la misma no se
encuentra ajena de riesgos. Así también, no resulta novedad la irrupción de las
nuevas tecnologías en la referida empresa.
Es de acotar que la inuencia las nuevas tecnologías propicia un nuevo
escenario, en consecuencia, analizamos los derechos fundamentales que se ven
involucrados y en la medida respectiva.
162 PÉREZ FERNÁNDEZ, Jeannette. Drones, tecnología autónoma en la navegación
marítima… En línea: Recuperado en fecha 31/12/20 de https://www.mascontainer.
com/drones-tecnologia-autonoma-en-la-navegacion-maritima/. Valparaíso. 2020.
163 O rganización Marítima Internacional. Introducción a la OMI. En línea: Recuperado
en fecha 31/12/20 de http://www.imo.org/es/About/Paginas/Default.aspx. Lon-
dres.

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