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Ley 246 - Legado de universalidad
Autor | José Arregui Gil |
Cargo del Autor | Magistrado. Doctor en Derecho |
Esta ley, cuyo precedente remoto viene del Derecho romano (Inst. 2,20,18) y el próximo de la ley 246 de la Recopilación Privada de 1971 (si bien en el F. N. está redactada con más concisión)1, tiene cierta correspondencia con el artículo 883 del Código civil y, sobre todo, con el artículo 300 del Código de sucesiones de Cataluña en su párrafo segundo2.
El tenor literal es suficientemente explícito y claro sobre el ámbito material a que legalmente queda circunscrito el legado de universalidad, tanto respecto a lo que ha de considerarse como «universalidad» de acuerdo con la doctrina jurídica, como a lo que ha de estimarse comprendido dentro de ella y que debe pasar al legatario por formar parte del legado. No obstante, su aplicación a los diversos casos puede suscitar problemas o cuestiones en relación a frutos y, especialmente, en relación a la conservación de las cosas en él comprendidas y a la responsabilidad de la persona gravada con el legado y obligada a su cumplimiento.
Que correspondan al legatario todas las cosas o derechos que en el momento de la muerte del disponente formaban parte del conjunto, es una consecuencia lógica del concepto de universalidad y de la obligación de entrega de la cosa legada en el estado en que se hallare al fallecimiento del disponente, pues entonces se adquiere el derecho al legado, e incluso la propiedad de la cosa legada, cuando ésta es específica y propia del disponente (leyes 321 Y 242).
En cuanto a los frutos, salvo que el disponente establezca otra cosa, habrá que estar a lo que dispone la ley 245.
Por lo que respecta a la conservación de las cosas comprendidas y responsabilidad de la persona gravada con él y obligada a su entrega, habrá que estar a lo dicho en el comentario a la ley 242; completada, en su caso, la normativa allí mencionada con lo dispuesto en las leyes 416 y 417, sobre usufructo de rebaño y de montes, y ley 569 sobre riesgos de la cosa vendida, en todo lo que puedan serles de aplicación.
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NOTAS
1 La ley 246 de la...
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- Título IX De los legados
- Ley 240 - Régimen
- Ley 241 - Concepto
- Ley 242 - Efectos
- Ley 243 - Posesión
- Ley 244 - Reducción
- Ley 245 - Frutos
- Ley 246 - Legado de universalidad
- Ley 247 - Legado de cosa genérica
- Ley 248 - Legado alternativo
- Ley 249 - Legado de cosa ajena
- Ley 250 - Legado de usufructo universal
- Ley 251 - Legado de bienes de conquista
- Ley 252 - Extinción del legado
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