Los legitimarios en el código civil

AutorFrancisco Lledó Yagüe - Óscar Monje Balmaseda - Ana Isabel Herrán Ortiz - Ainhoa Gutiérrez Barrenengoa - Andrés Urrutia Badiola
Páginas116-117

Page 116

El art. 807 Cc, modificado por la Ley de 13 de mayo de 1981, establece quiénes son los legitimarios en nuestro sistema: «Son herederos forzosos: 1.º Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. 2.º A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes. 3.º El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código».

Según este precepto son legitimarios:

  1. ) Los hijos y descendientes: El derecho legitimario de los descendientes viene determinado por la preferencia de grado, de manera que los de grado más próximo excluyen a los de grado más...

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