Imputación de pagos

AutorCarlos Fernández-Arias Shelly/Carlos Fernández-Arias Almagro
Cargo del AutorAbogados
Páginas787-789

Page 787

El acreditado es deudor de una serie de prestaciones comprensivas de todas las obligaciones de orden dinerario que asume en el pacto sindicado, reintegro del principal al final del convenio en los periodos que se establezcan, intereses, comisiones en sus diversas clases, gastos, impuestos. Si elPage 788 acreditado realiza puntualmente sus pagos huelga el planteamiento del problema. Este surge en la limitación del cumplimiento económico, en la entrega sucesiva de los pagos, bien porque el acreditado desea efectuar aplicaciones concretas o bien porque una entrega no tenga un destino señalado a priori. La imputación a pagos se regula en el Código Civil, artículos 1.172 a 1.174. El Código de comercio se refiere a él en el 2º párrafo del artículo...

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