STSJ Canarias , 7 de Septiembre de 2005

PonenteMARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2005:3369
Número de Recurso292/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Social

En Las Palmas de Gran Canaria , a 7 de Septiembre de 2005. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres D./Dña.

Mª Jesús García Hernández (Ponente) Presidente, D./Dña. Juan José Rodríguez Ojeda y D./Dña. Juan Jiménez García Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Comunidad Autónoma de Canarias contra Sentencia de fecha 2 de noviembre de 2004 dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de Las Palmas de G.C. en los autos de juicio nº 0000684/2004 en proceso sobre DESPIDO , y entablado por D./Dña. Rodrigo , contra Comunidad Autónoma de Canarias, Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural y Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental S.A. (GESPLAN) .

El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Mª Jesús García Hernández , quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente PRIMERO.- El demandante ha venido prestando servicios en dependencias del Gobierno de Canarias desde el 11/6/01, habiendo suscrito diversos contratos de asistencia técnica con Gesplan en razón de su condición de licenciado en Derecho y percibiendo las retribuciones pactadas en los mismos.

SEGUNDO

el "iter contractual" entre Gesplan y el actor fue el siguiente:

- El 11 de junio de 2001 suscriben contrato supuestamente administrativo de asistencia técnica hasta el 12 de diciembre de 2001, cuyo objeto, según la estipulación primera del mismo era la prestación de "asesoramiento jurídico a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, concretamente revisar los expedientes administrativos e informar sobre su estado de tramitación".

- El 12 de diciembre de 2001 las partes suscriben nuevo contrato de idénticas características al anteriormente suscrito, cuyo objeto era igual al anterior "asesoramiento jurídico a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias ..." y con una duración inicial hasta el 11 de diciembre de 2002.

- Del 12 de diciembre de 2002 hasta el 30 de junio de 2003 inicialmente, tal y como se establece en la estipulación segunda, suscriben nuevo contrato igual a los anteriores denominado de "asistencia técnica"

pero cuyo objeto era "la realización del asesoramiento jurídico en materia de Protección del Medio Urbano y

Natural,concretamente revisar expedientes administrativos e informar sobre su estado de tramitación".

- El 1 de julio de 2003 las partes firman nuevo contrato de idéntica naturaleza y objeto al anteriormente suscrito, con una duración inicial, según la segunda estipulación del contrato, hasta el 31 de diciembre de 2003.

Finalmente, el 2 de Enero de 2004 se suscribió nuevo contrato para la realización de "los informes jurídicos necesarios referente al Plan de seguimiento de la legalidad urbanística y de la realidad, en el que, entre otros pactos, se acordaba que el actor entregaría mensualmente a Gesplan dos ejemplares del trabajo realizado, así como que el objeto del contrato debía estar finalizado antes del 31/12/04, y que el contrato se resolvería antes si finalizaran los trabajos con anterioridad a dicha fecha.

TERCERO

El salario diario bruto prorrateado que el Convenio Colectivo del personal laboral de la CCAA de Canarias asigna para los trabajadores con titulación superior (grupo I) asciende para el presente año a 97'56 , teniendo en cuenta el devengo de un trienio, que es el que correspondería al actor si se estimase adscrito a dicho Convenio.

CUARTO

Obran en autos y se dan por reproducidos diversos contratos suscritos entre Gesplan y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural con vigencia desde la fecha indicada en el hecho probado 1º de esta Sentencia.

QUINTO

Inicialmente el actor prestó servicios en las dependencias de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Política Territorial de la CCAA de Canarias, es el edificio llamado Usos Múltiples II, donde fundamentalmente elaboraba informes jurídicos que servían de base para la adopción de propuestas de resolución, realizando asimismo tareas de revisión de expedientes, todo ello bajo la supervisión y control del correspondiente Jefe de Servicio y empleando medios materiales de la CCAA de Canarias, prestando, en definitiva, el asesoramiento jurídico que le era solicitado por sus superiores, sin que interviniera en ello Gesplan.

SEXTO

A partir del mes de mayo de 2002 que el actor pasa a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural donde ha venido realizando las siguientes tareas:

- Tramitación de Expedientes de Disciplina Urbanística, Infracciones Medioambientales, Infracciones de la Ley de Costas.

- Elaboración de Resoluciones, actos de trámites y resolución de recursos.

- Redacción de escritos en relación a los procedimientos de ejecución de los Actos Administrativos emanados de los expedientes de la Agencia ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa; - Realización de informes y consultas relacionadas con los propios expedientes de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural; - Atención directa a los interesados en la tramitación de los expedientes administrativos de la Agencia; - En general, realiza las funciones propias de cualquier técnico de la Agencia consistentes en resolver cualquier cuestión jurídica o de trámite de los citados expedientes administrativos...

En la Agencia el actor utilizaba para el desempeño de tales funciones medios materiales de aquella, estando incluido en el listado de extensiones telefónicas de la misma, e incluso en el cuadro o "planning" de vacaciones, disfrutando de un mes al año como el resto del personal.

SÉPTIMO

El actor no era la única persona que prestaba servicios en la Agencia y que había sido contratada por Gesplán, sino que también otros trabajadores...

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