Demanda de acción de nulidad del contrato de crédito/tarjeta revolving y subsidiaria acción de nulidad de cláusulas abusivas

AutorM. Paz Cano Sallares
Cargo del AutorAbogada
Actualizado aFebrero 2023

Atención: Este formulario está siendo revisado teniendo en cuenta el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo cuya entrada en vigor está prevista para el 20 de marzo de 2024.

AL JUZGADO

D. ................. Procurador de los tribunales y de DON ................. según designa apud acta que se formalizará cuando para ello sea requerido, y asistido por los Letrados ..........................., ante este Juzgado comparezco y, como mejor en derecho proceda, digo

Que mediante el presente escrito interpongo DEMANDA DE JUICIO DECLARATIVO ORDINARIO EN ACCION INDIVIDUAL DE NULIDAD DEL CONTRATO CREDITO/TARJETA "REVOLVING" Y SUBSIDIARIA ACCION DE NULIDAD DE CLAUSULAS ABUSIVAS, ACUMULANDO ACCION DE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD contra la contra ................ con domicilio social en y oficina abierta en .............................

Fundamento la presente demanda en base a los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

HECHOS:

PRIMERO. - CONDICION DE CONSUMIDOR Y USUARIO DEL ACTOR.

De conformidad con el artículo 3 Del RDL 1/2007 de 16 de noviembre por la que se aprueba el Texto refundido de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias, y el art. 2.b) de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, mi cliente, como persona física que actúa en un ámbito ajeno a su actividad empresarial o profesional, tiene la condición de consumidor.

Mi cliente ............... de profesión curso estudios de ........... y es totalmente ajeno a cuestiones y conocimientos financieros y bancarios

SEGUNDO. - CONTRATO DE CREDITO AL CONSUMO BAJO EL SISTEMA REVOLVING.

El sistema revolving o revolvente, no es más que una línea de crédito que permite sucesivas disposiciones -variables en importe- hasta el límite concedido y durante toda la vida del contrato.

En definitiva, el capital disponible y los plazos se minoran o amplían en base a los gastos y reintegros que realiza el cliente.

El funcionamiento consiste en que el crédito se adapta progresivamente a las disposiciones efectuadas, de tal manera que, las cuotas y plazos se recalculan sin previo aviso al cliente, según el capital dispuesto en cada momento.

Se puede establecer una cuota mensual fija, con un mínimo establecido por la propia entidad financiera.

Es destacable que las entidades oferten este producto, en muchas ocasiones, como una alternativa fácil y barata para obtener una financiación y que, en otras ocasiones, sean las propias entidades comerciales las que, ofreciendo su tarjeta cliente, provocan la suscripción de una tarjeta de crédito de la que la comercializadora poco o nada explica de su funcionamiento, salvo las fantásticas opciones de retrasar los pagos de las que, por ser cliente, se puede beneficiar el cliente.

Sobre este producto queremos destacar que, hasta nuestro más alto Tribunal, entiende que, además de estar ante una oferta de crédito masiva, en muchas situaciones nos hallamos frente a una oferta con técnicas de comercialización agresiva. (STS 149/2020 de 4 de marzo). En conclusión, no cabra oposición respecto de que estamos no solo ante un contrato de adhesión donde el cliente no ha podido negociar las clausulas impuestas sino que, además, existe una presunción de que la oferta concreta de este producto ha sido realizada por la entidad bancaria, en muchas situaciones para evitar los trámites necesarios para la concesión de un préstamo personal en el que se exigen, habitualmente, mayores garantías.

TERCERO. - DEL CONTRATO OBJETO DEL PROCEDIMIENTO:

En fecha ................ la entidad ............ y mi representado suscribieron contrato de tarjeta .............. mediante formulario que le fue entregado y cumplimentado por un comercia de la entidad/ un comercial del centro..........., sin más información que la explicada por el mismo comercial y consistente únicamente en que con esta tarjeta podría hacer compras y disponer de dinero en cajeros sin gasto alguno y cargándose los importes en su cuenta bancaria posteriormente/ incluso que podría funcionar como tarjeta cliente para beneficiarse de pagos aplazados y grandes descuentos en el centro.

Que dicha tarjeta de crédito quedó vinculada en la cuenta abierta en la entidad ............ Nº ............... de la que es titular mi mandante.

Se acompaña como documento número 1 copia del contrato

Que tras requerir a la entidad de un cuadro de amortización histórico completo, mediante carta de fecha ............, la entidad actualmente titular del crédito nos entrega copia la siguiente documentación:

- Copia del contrato inicial, ..........

- Copia de las actuales condiciones de la tarjeta, basadas en la prerrogativa de la entidad de proceder unilateralmente a su modificación.

- Extractos (que no cuadro de amortización) de todas las operaciones realizadas desde los ejercicios ..........

(OPCION INFORMACION INCOMPLETA) A la vista de la documentación entregada, esta representación únicamente ha podido realizar el control y cálculo del préstamo en base al primer extracto entregado, correspondiente a la mensualidad de ........, periodo de facturación .......... a .......... que refleja los siguientes datos:

Línea de crédito ........-€ crédito dispuesto ........-€. Tipos aplicables a compras ......% (TAE ........%) y a operaciones en efectivo ......% (TAE ....%)

De la información aportada se desprende (salvo error u omisión habida cuenta de que se ha realizado un cálculo manual pues la entidad no nos ha entregado el cuadro solicitado) lo siguiente:

Mi cliente ha dispuesto de la cantidad total de .........-euros,

En concepto de amortización de capital e intereses ha abonado un total de ..........-euros.

De los pagos realizados, constatamos:

intereses ...........-euros

comisiones por exceso en el límite de crédito .........-euros

Comisiones por impagados .........-euros

Comisiones por disposiciones en efectivo: ........-€

Capital pendiente de amortización según información de la entidad ............-euros

Se acompañan los siguientes documentos:

Número 2 carta remitida a la entidad en .

Numero 3 copia de las condiciones actuales

Número 4 bloque documental de los extractos .......

CUARTO. - AMORTIZACION DEL CREDITO.

Durante todos estos años mi representado ha estado realizando disposiciones a cargo de dicho crédito, y, en atención a sus ingresos y saldos habituales, la entidad unilateralmente procedió a incrementar el saldo disponible, en diversas ocasiones, hasta la cantidad de ......-€ que consta en el último extracto. De la misma forma, ha ido novando las cláusulas contractuales hasta las actualmente vigentes, novaciones que, como podemos constatar, nunca han actuado en beneficio del cliente y, pese a ello, nunca han sido expresamente aceptadas.

Mi mandante, desde la fecha en la que se nos ha dado la información ha hecho disposiciones por un total de ..........-€ en la cuenta del crédito, que han devengado .......... euros de intereses y pese a haber pagado durante estos años la cantidad total de ..............-€ aún quedan por amortizar .......... Euros.

Se acompaña como documento núm. 5 cuadro calculado (manualmente) según información aportada por la entidad

El modo de pago del crédito revolving seleccionado ha sido, habitualmente, el mínimo/(otras opciones), siendo este el que le recomendó la entidad para "abaratar" el importe de las cuotas.

(OPCIÓN) Pese a ello, mi cliente realizó las siguientes amortizaciones parciales (indicar si ha habido amortizaciones: fecha, importe) ...................

Dicho sistema es altamente perjudicial para el cliente bancario ya que, pese a que se le indica que supone una cuota muy asequible, lo cierto es que cada mes del importe total de la cuota se destina a amortización de capital un mínimo que, a la vista del tipo de interés, hace que la devolución del crédito pueda resultar perpetua o, cuanto menos, mucho más larga de lo que espera el cliente, especialmente en aquellos supuestos en los que se produce algún retraso en el pago, en los que entonces, la cantidad cobrada por posiciones deudoras, y el devengo de los intereses moratorios puede generar que ese mes no solo no se amortice cantidad alguna, sino incluso que se aumente la deuda al quedar capitalizados los intereses.

Llegados a este punto, es destacable también la opción que se reserva la entidad de aumentar el crédito disponible de forma unilateral e incluso el tipo de interés, sin que se indique al cliente cual es el coste real y final de dicho aumento en las posibilidades de disposición, ni las condiciones para proceder a la modificación. Para esos aumentos de crédito, la entidad no realiza estudio alguno de la capacidad de pago de su cliente.

QUINTO. - NULIDAD DEL CONTRATO POR USURARIO

El artículo 1 de la Ley de 23 de julio de 1908 (LEY AZCARATE) dispone en su párrafo primero:

«Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales».

De conformidad con el artículo 9 del mismo cuerpo legal, el contrato objeto de la presente demanda –pese a no tratarse de un préstamo propiamente dicho- queda igualmente protegido por dicha Ley.

En el mismo sentido se pronuncia la Sentencia del Tribunal Supremo número 628/2015 de fecha 25 de noviembre que dispone, para un supuesto idéntico al que nos ocupa, que "la Ley de Represión de la Usura se configura como un límite a la autonomía negocial del Art. 1255 del Código Civil aplicable a los préstamos, y, en general, a cualesquiera operación...

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