Capítulo XV. Validez e invalidez de los actos

Páginas261-266
INVALIDEZ
•El acto tiene un vicio que le impide
considerarse válido, provocando la
eliminacion del acto una vez que se ha
determinado su invalidez.
IRREGULARIDAD
•Vicio que no provoca la eliminacion del
acto y tampoco su invalidez.
CAPÍTULO XV.
VALIDEZ E INVALIDEZ DE LOS ACTOS
1. PRESUNCIÓN DE VALIDEZ DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
2. NULIDAD ABSOLUTA Y RELATIVA
2.1 NULIDAD ABSOLUTA
2.2 ANULABILIDAD O NULIDAD RELATIVA
2.3 INDEFENSIÓN
2.4 DIFERENCIAS ENTRE NULIDAD Y ANULABILIDAD
3. IRREGULARIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO
4. POSIBLES EFECTOS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
4.1 CONSERVACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
4.2 LA CONVERSIÓN
4.3 LA CONVALIDACIÓN
1. PRESUNCIÓN DE VALIDEZ DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
Según dispone el artículo 39.1 de la LPAC, los actos de las Administraciones
Publicas sujetos al Derecho administrativo se presumirán válidos y producirán
efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa.
Se presumirá válido el acto administrativo si se han satisfecho todos los
requisitos intrínsecos del acto, conteniendo todos los elementos objetivos,
subjetivos, formales y teleológicos. Debemos distinguir entre invalidez e irre-
gularidad del acto.

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