Antecedentes de la Corte Penal Internacional (CPI): el largo camino hacia el Estatuto de Roma

AutorCecilia Cuervo Nieto
CargoDoctoranda en Derecho Penal por la Universidad de Salamanca
Páginas3-23
Anuario Facultad de Derecho - Universidad de Alcalá XV (2022) 3-23
ISSN: 1888-3214
ANTECEDENTES DE LA
CORTE PENAL INTERNACIONAL (CPI):
EL LARGO CAMINO HACIA EL ESTATUTO DE ROMA
BACKGROUND OF THE INTERNATIONAL CRIMINAL COURT (ICC):
THE LONG JOURNEY TOWARDS ROME STATUTE
CECILIA CUERVO NIETO
Doctoranda en Derecho Penal por la Universidad de Salamanca
Recibido: 19/08/2022
Aceptado: 10/10/2022
DOI: 10.14679/1954
Resumen: El presente artículo trata de ofrecer un recorrido sobre los orígenes de la actual Corte
Penal Internacional, nacida en el año 1998 de la mano del conocido como Estatuto de Roma. En
los momentos actuales, tristemente condicionados por la cruel agresión rusa a Ucrania, el papel de
la CPI cobra aún más importancia a la hora de poder eventualmente depurar responsabilidades por
la comisión de crímenes internacionales. A lo largo de estas páginas, se analiza la forma en que la
largamente perseguida aspiración de constituir un organismo internacional de carácter jurisdiccio-
nal capaz de enjuiciar a los dirigentes de los Estados es en gran medida consolidada a través del
Estatuto de Roma.
Palabras clave: CPI, orígenes, guerra, crímenes internacionales, Juicios de Nuremberg.
Abstract: The present article tries to offer a journey along the background of the current
International Criminal Court, born in 1998 from the known as Rome Statute. In the current
times, conditioned by the Russian cruel aggression to Ukraine, the rol of the ICC acquires more
importance than ever in order to purge responsibilities for the commission of international crimes.
Throughout these pages is analysed the way in that the longing persecuted aspiration to establish
an international organism with jurisdictional character which will be able to prosecute state
leaders is to a large achieved due to the Rome Statute.
Keywords: ICC, Background, war, international crimes, Nuremberg trials.
SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN Y PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA. 2. DE-
SARROLLO DEL ANÁLISIS. 2.1. El Proyecto Moynier, ¿mera utopía o punto de inicio? 2.2. El
cambio de siglo; los Convenios de la Haya. 2.3. La Gran Guerra: el Tratado de Versalles, ¿paz o
venganza? 2.4. El cambio de paradigma de la Segunda Guerra Mundial. Especial referencia a los
juicios de Núremberg: luces y sombras de un proceso controvertido. 2.5. Los difíciles intentos de
crear un Tribunal penal internacional en un mundo bipolar. 2.6. Breve referencia a los Tribunales
ad hoc surgidos tras las guerras de Yugoslavia y Ruanda. 3. CONSIDERACIONES PERSO-
NALES. 4. BIBLIOGRAFÍA.
4 Cecilia Cuervo Nieto
Anuario Facultad de Derecho - Universidad de Alcalá XV (2022) 3-23
ISSN: 1888-3214
1. INTRODUCCIÓN Y PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
“Desde que en 1872 Gustave Moynier lanzara la idea (…) ha tenido
que trascurrir más de un siglo para que aquella propuesta pionera se
hiciera realidad, con carácter general y universal”
YÁÑEZ-BARNUEVO 1
“Así nacen siempre las guerras, de un juego con palabras peligrosas,
de una super excitación de las pasiones nacionales, y así también los
crímenes políticos; ningún vicio y ninguna brutalidad en la Tierra han
vertido tanta sangre como la cobardía humana”
STEFAN ZWEIG
“El establecimiento de una jurisdicción superior, independiente de los
Estados, encargada de resolver los litigios de naturaleza criminal que
encierren elementos internacionales, sería la expresión más sensible y
popular de la justicia penal internacional”
JIMÉNEZ DE ASÚA 2
“En tiempos de César, al enemigo se lo trataba como a tal, es decir, se
lo esclavizaba o se lo mataba sin contemplaciones. En tiempos de Na-
poleón se aplicaba el destierro y la cárcel mediante lo que se llamaba
“acción política”; hoy en cambio queremos imponer la muerte, y sin
duda esto es un retroceso y no un progreso”
MURRAY BERNAYS 3
El 17 de julio de 1998, la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Nacio-
nes Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional reunida en la ciudad
de Roma aprueba, tras intensos debates celebrados entre los 160 Estados participantes 4,
1 YÁÑEZ-BARNUEVO, J.A., (embajador presidente de la Delegación española en el
Comité Preparatorio y en la Conferencia de Plenipotenciarios de Roma, que aprobaría el Estatuto
de Roma en 1998, instaurando la Corte Penal Internacional) “El Estatuto de Roma como tratado y la
Corte Penal Internacional como institución”, en CARRILLO SALCEDO, J.A., La criminalización
de la barbarie: la CPI, Madrid, CGPJ, 2000, p. 143.
2 JIMÉNEZ DE ASÚA, L., Tratado de Derecho Penal, Tomo II, Buenos Aires, Editorial
Losada, 3.ª ed., 1964, p. 1133.
3 Representante de la Comisión de las Naciones Unidas para Crímenes de Guerra. Estas
declaraciones fueron realizadas en abril de 1945, antes de la constitución del Tribunal Internacional
Militar de Núremberg. Véase al efecto https://www.revistalatoga.es/de-nuremberg-a-la-haya-
reflexiones-juridicas-e-historicas/
4 De esos 160 Estados participantes de la Conferencia de Roma, 120 Estados votaron a
favor del Estatuto, 7 en contra y 21 Estados finalmente se abstuvieron, ausentándose 12 de las
votaciones.

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