STSJ Comunidad Valenciana 3110/2006, 23 de Octubre de 2006

PonenteFRANCISCO JOSE PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2006:6223
Número de Recurso2965/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución3110/2006
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 3110/2006

En el Recurso de Suplicación núm. 2965/06, interpuesto contra la sentencia de fecha 29 de mayo de 2006, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Uno de Castellón, en los autos núm. 167/06, seguidos sobre Libertad Sindical, a instancia de D. Carlos Manuel , Secretario General de la Federación de Industrias Textil-Piel, Químicas y afines de CS CC.OO.-P.V . asistido por la Letrada Dª Amparo Gracia Navarro, contra AL-FARBEN, S.A. asistida por el Letrado D. Emilio Pin Arboledas y el MINISTERIO FISCAL, y en los que es recurrente la empresa demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 29 de mayo de 2006 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Carlos Manuel , Secretario General de la Federación de Industrias Textil-Piel, Químicas y Afines de Castellón CC.OO.-P.V ., en representación de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras del País Valenciano, contra la empresa Al-Farben S.A., se declara radicalmente nula la decisión de la empresa de dificultar el proceso electoral llevado a cabo en junio9 de 2005 al Comité de Empresa, consistente en indimidar y amedrentar a los afiliados o simpatizantes de CC.OO. por atentar directamente contra el derecho fundamental de libertad sindical reconocido en el artículo 28 CE , ordenando a la empresa Al-Farben S.A. el cese inmediato en dicha conducta, con condena a la citada empresa a abonar a la Confederación Sindical de Comisiones Obreras del P.V. una indemnización por los daños morales por importe de 1.000 euros".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- En fecha 6 de mayo de 2006 por FIA-UGT se dio preaviso para la celebración de elecciones al Comité de Empresa de Al-Farben, S.A., mesa de especialistas (folio 86).- Iniciado el proceso electoral, el día 13 de junio se inició el periodo de presentación de candidaturas, que finalizó el día 22 de junio, siendo proclamadas el día 24 de junio (calendario electoral, folio 88).- A fecha 22 de junio se habían presentado las siguientes candidaturas por CC.OO. (folios 105 y 106 ): Paulino , Braulio , Jose Pedro , Francisco , JuanAlberto , Narciso , Carlos , Carlos Jesús , Ildefonso , Hugo , Simón , Fernando , Pedro Antonio , Rosendo y Felipe .- SEGUNDO.- Las elecciones sindicales se celebraron el día 30 de junio de 2005. Salieron elegidos: Benedicto , Luis Enrique , Plácido , Paulino e Carlos Jesús , los tres primeros del Sindicato UGT y los dos últimos del Sindicato CC.OO. (folio 90).- TERCERO.- En los meses de junio a diciembre de 2005 fueron sancionados los siguientes trabajadores, según los hechos que se relatan en las respectivas cartas de sanción y que se dan por reproducidos: - Luis Alberto : en fecha 1-7-2005, por abandono el día 21-6-05 del servicio aún por breve tiempo, falta leve, sanción de amonestación por escrito (folio 186).- Carlos Jesús : en fecha 1-7- 2005, por abandono el día 21-6-05 del servicio aún por breve tiempo, falta leve, sanción de amonestación por escrito (folio 187); en fecha 14-7-2005, por faltar al trabajo el día 9-7-2005 sin causa justificada, sanción de amonestación por escrito (folio 188); en fecha 11-10-2005, por falta de diligencia debida en el trabajo, falta grave, sanción de siete días de suspensión de empleo y sueldo (folios 190 y 191).- Valentina : en fecha 12-7-2005, por falta de puntualidad los días 30 de junio, 4 de julio y 11 de julio, falta leve, amonestación por escrito (folio 192).- Simón .- en fecha 1-7-2005, por abandono el día 21-6-05 del servicio aún por breve tiempo, falta leve, sanción de amonestación por escrito (folio 193).- Paulino : en fecha 29-9-2005, por desobediencia a sus superiores y falta de respeto y consideración a sus compañeros el día 19-9- 2005, falta grave y falta muy grave, respectivamente, sanción de 7 días de empleo y sueldo 194 y 105).- Bartolomé : en fecha 6-6-2005, por discusión de asuntos extraños al trabajo dentro de las dependencias de la empresa el día 1-6-2005, sin sanción (folio 196).- Jose Pedro .- en fecha 8-11-2005, por faltar al trabajo los días 15 y 16-11-2005 sin causa justificada, falta leve, sanción de dos días de empleo y sueldo (folio 197).- Paulino .- en fecha 5-7- 2005, por faltar el día 25-6-2005 al trabajo sin causa justificada, falta leve, sanción de dos días de empleo y sueldo (folio 198).- Juan Alberto : en fecha 1-7-2005, por abandono el día 21-6-05 del servicio aún por breve tiempo, falta leve, sanción de amonestación por escrito (folio 199);por ausencia al trabajo el día 27-6-2005 sin justificar, falta leve, siete días de empleo y sueldo (folio 201).- Ildefonso : en fecha 8-9-2005, por falsificación de parte médico de baja y ausencia injustificada del trabajo los días 21 y 22 de julio y 5, 6 y 7 de septiembre, faltas muy graves, sanción de despido (folios 202 a 204).- Daniel : en fecha 10-10-2005, por ausencia al trabajo sin justificar los días 30-9-2005 y 3-10-2005, falta grave, sanción de cinco días de empleo y sueldo (folio 206) en fecha 19-12-2005, por abandono el día 15-12-05 del servicio aún por breve tiempo, falta leve, sanción de dos días de empleo y sueldo (folio 207-208); por malos tratos de obra y falta grave de respeto y consideración a los jefes, compañeros y subordinados el día 11-11-2005, falta muy grave, sanción de 45 días de empleo y sueldo (folios 209 y 210).- Adolfo ; fecha 20-6-2005 por abandono el día 16-6-05 del servicio aún por breve tiempo, falta leve, amonestación por escrito (folio 214).- Juan Manuel : en fecha 6-6-2005, por discusión de asuntos extraños al trabajo dentro de las dependencias de la empresa el día 1-6-2005, sin sanción (folio 215).-Felipe : en fecha 4-8-2005, por ausencia al trabajo los días 27 y 2-7-2005, falta grave, 10 días de empleo y sueldo (folio 216).- Luis Pedro : en fecha 16-6-2005, por faltar al trabajo el 13-6-2005, sanción de amonestación por escrito (folio 229); en fecha 1-7-2005, por abandono el día 21-6-05 del servicio aún por breve tiempo, falta leve, sanción de amonestación por escrito (folio 228); en fecha 27-7-2005, por ausencia injustificada al trabajo el día 18-7-2005 además del 21-6-2005, falta grave, sanción de 15 días de empleo y sueldo (folio226 y 227); en fecha 12-9-2005, por ausencia al trabajo los días 31 de agosto a 19 de septiembre de 2005, falta muy grave, sanción de despido (folio 224).- Jose Ignacio : en fecha 8-9-2005, por ausencia al trabajo el día 6-9-2005, falta leve, amonestación por escrito (folio 230).- Hugo : en fecha 1-7-2005, por ausencia al trabajo día 23-6-2005, falta leve, sanción de dos días de empleo...

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