STSJ Comunidad de Madrid 904/2008, 9 de Diciembre de 2008

PonenteJAVIER JOSE PARIS MARIN
ECLIES:TSJM:2008:22138
Número de Recurso4334/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución904/2008
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00904/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 4334/08

Sentencia número: 904

S.

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilmo. Sr. D. JAVIER JOSÉ PARIS MARIN

Ilma. Sra. Dª. MARÍA JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA

En la Villa de Madrid, a nueve de diciembre de dos mil ocho, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de

acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978 ,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación número 4334/08 formalizado por la Sra. Letrada Dña. Sonia Serrano Batanero en nombre y representación de ESTACIONAMIENTOS Y SERVICIOS SA contra la sentencia de fecha once de febrero de dos mil ocho, dictada por el Juzgado de lo Social número 16 de MADRID, en sus autos número 736/07, seguidos a instancia de D. Luis Pedro frente al citado recurrente y AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS, DORNIER SA, COMPAÑÍA GENERAL DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES SA(GSC SA), OMBUDS SERVICIOS SL y FONDO DE GARANTIA SALARIAL, en reclamación por despido, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. JAVIER JOSÉ PARIS MARIN, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

El demandante, Luis Pedro , que no ostenta ni ha ostentado en el año anterior al despido la condición de miembro de comité de empresa ni de delegado sindical, ha prestado servicios para la empresa ESTACIONAMIENTOS Y SERVICIOS SA (en adelante EYSA), desde 26.5.1997 con la categoría profesional de oficial la (Grúa), y percibiendo un salario de 1687,39 Euros mensuales con inclusión de las partes proporcionales de pagas extraordinarias.

La relación laboral entre las parte se articuló inicialmente en virtud de contrato de trabajo de carácter temporal de obra o servicio a tiempo completo siendo el objeto del contrato "retirada y depósito de vehículos mal estacionados en la vía pública" y su duración "hasta la finalización de la contrata con el Ayuntamiento de Alcobendas y sus posibles prórrogas".

Dicho contrato se convirtió en Indefinido con fecha 1.11.06.

SEGUNDO

La empresa EYSA resultó adjudicataria del servicio público de inmovilización, retirada y depósito de de la vía pública del Ayuntamiento de Alcobendas así como la gestión del depósito municipal en virtud de contrato administrativo suscrito entre partes el 28.6.2002. Prestación de servicios que derivaba del Pliego de Condiciones(BOCM 25.04.2002) que en el apartado 22 establecía: "Al terminar la concesión, sea cual fuere la causa, la totalidad de los elementos anejos al contrato sometidos a amortización (grúas, cepos, etc) revertirán al Ayuntamiento en perfecto estado de conservación y funcionamiento...", regulando en el apartado 23 expresamente la "Reversión".

TERCERO

Con fecha 18.09.2006 EYSA presentó ante el Ayuntamiento de Alcobendas solicitud de resolución de mutuo acuerdo del contrato de fecha 28.06.2002 de Inmovilización, Retirada y Depósito de vehículos de la vía pública, "Debido al grave desequilibrio económico que sufre el contrato en los últimos años, y dado que los importes facturados en la mayor parte de los meses no llega a cubrir el coste de personal".

El 02.07.2007 el AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS, emite Acuerdo de Resolución del contrato de Inmovilización, Retirada y Depósito de vehículos de la vía pública y Gestión del depósito municipal firmado con ESTACIONAMIENTOS Y SERVICIOS SA. Acuerdo que consta notificado a la empresa citada el

05.07.07 informándole que la terminación efectiva del servicio se realizará el viernes día 6 de julio a las

14:30 horas.

El 06.07.2007 las partes citadas levantaron "Acta de finalización de contrato y Reversión de los medios materiales adscritos la contrato de Servicio Público de Inmovilización, Retirada y depósito de Vehículos de la vía pública en el municipio de Alcobendas", en aplicación del apartado 22 del pliego de Condiciones y de acuerdo con la oferta adjudicada abonando el Ayuntamiento al contratista la cantidad de 66,6 Euros como consecuencia de la reversión al Ayuntamiento de todos los elementos anejos al contrato sometidos a amortización.

CUARTO

El día 06 de julio de 2007 el demandante recibe comunicación de EYSA con el siguiente contenido: " Le comunicamos que la Junta de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Alcobendas, celebrada el 2 de Julio de 2007, acordó resolver el contrato de concesión del servicio de inmovilización, retirada y depósito de vehículos retirados de la vía pública y gestión del depósito municipal, con efectos del día 6 de Julio de 2007 a las 14,30 horas.

Como consecuencia de lo anterior le informamos que con fecha 6 de Julio de 2007 causará baja en laEmpresa " ESTACIONAMIENTOS Y SERVICIOS, SA.", pasando a depender del Excmo Ayuntamiento de Alcobendas a partir de la mencionada hora, subrogándose éste en todos sus derechos y obligaciones.

Teniendo a su disposición en las oficinas de la empresa, la liquidación de todos sus haberes, desde el día señalado para la finalización de la relación laboral."

QUINTO

El11deJulio de 2007 la empresa EYSA recibe un correo electrónico electrónico del AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS con el siguiente contenido: " Por la presente rogamos nos trasladéis un listado con los siguientes datos, relacionados con los trabajadores del contrato del servicio de retirada de vehículos y gestión del Depósito Municipal, que habéis llevado a cabo desde el 2002 hasta este mes. Los datos serán custodiados por el Departamento de Contratación del Ayuntamiento de Alcobendas a los solos efectos de informar a los licitadores del nuevo concurso público, cuyo pliego de condiciones otorgará una serie de puntos a las empresas que se comprometan a contratar a uno, varios o todos los trabajadores salientes. Para ello es necesario que en este listado figuren:

-datos de identificación del trabajador

-categoría profesional

-antigüedad

-tipo de contrato

-salario o referencia salarial

Os rogamos que nos la remitáis con la mayor premura, aunque sabemos que los trabajadores habrán de dar su consentimiento para tal fin."

El 17 de julio de 2007 ambas partes firman el documento por el que la empresa cede los datos de los antiguos empleados a favor del AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS, para llevar a cabo la nueva convocatoria de licitación del servicio de retirada de Vehículos y Gestión del depósito municipal de Alcobendas, constando efectuada la correspondiente información a cada uno de los 13 trabajadores.

SEXTO

El AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS desde el 6 de julio de 2006 y hasta la fecha de inicio de la actividad por DORNIER SA, asumió el servicio de retirada de vehículos mal estacionados y control y vigilancia del depósito municipal suscribiendo contratos menores con las siguientes empresas: Para la retirada de Vehículos:

GSC durante los meses de julio, agosto y septiembre

DORNIER SA, meses de septiembre y octubre

GRÚAS BARRAGÁN en agosto para la tarea específica de subida y bajada de vehículos dentro del depósito

- Para el Control del depósito

OMBUDS SERVICIOS SL mediante la suscripción de contratos mensuales de conserjería.

SEPTIMO

Publicado el nuevo Pliego de Condiciones para 1a Contratación mediante Concurso del servicio público de " Inmovilización, Retirada y Depósito de Vehículos de la vía pública", y presentada la correspondiente propuesta Técnica por la empresa...

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