SAP Granada 179/2005, 4 de Abril de 2005

PonenteEDUARDO RODRIGUEZ CANO
ECLIES:APGR:2005:1866
Número de Recurso9/2005
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución179/2005
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 179/2005

Dictada por la Sección Segunda de la Iltma. Audiencia Provincial de Granada, en nombre de S.M.

EL REY.

ILMOS. SRES.:

Presidente

DON EDUARDO RODRÍGUEZ CANO

Magistrados

DON JOSÉ JUAN SAÉNZ SOUBRIER

DON JESÚS FLORES DOMÍNGUEZ

En la ciudad de Granada, a cuatro de abril de dos mil cinco.

La Sección Segunda de esta Iltma. Audiencia Provincial, formada por los Sres. Magistrados al margen relacionados, ha visto en juicio oral y público la causa dimanante de Procedimiento Abreviado nº 102/2004, seguido ante el Juzgado de Instrucción nº 3 de Granada, por delito contra la salud pública, entre partes, de la una el Ministerio Fiscal, y de la otra, como acusados, Pedro Francisco , nacido el 10 de mayo de 1.975, de estado casado, natural y vecino de Granada C/ DIRECCION000 nº NUM000 y DIRECCION001 nº NUM029 , de oficio vendedor, hijo de Francisco y de María Angustias, con instrucción, con antecedentes penales no computable, y en prisión provisional de la que consta privado desde el 20 de abril de 2004, representado por la Procuradora Sra. Barcelona Sánchez y defendido por el Letrado Sr. Aguilera González, Rebeca , nacida el 11 de agosto de 1.977, natural y vecina de Granada C/ DIRECCION001 nº NUM001 , de oficio empresaria, casada, hija de Ramón y de Carlota, con instrucción, sin antecedentes penales, en prisión provisional de la que consta privada desde el 14 de abril de 2.004, representada por la Procuradora Sra. Salas Ortega y defendida por el Letrado Sr. Román Gómez; Pedro Antonio , nacido el 4 de junio de 1.970,natural y vecino de Granada C/ DIRECCION002 nº NUM002 - NUM003 NUM004 , de oficio vendedor; de estado casado, hijo de José y de Manuela, con instrucción, sin antecedentes penales y en prisión provisional de la que consta privado desde el 14 de abril de 2.004; representado por la Procuradora Sra. Cortés Juristo y defendido por el Letrado Sr. López Guarnido; Blanca , nacida el 22 de octubre de 1.980, natural y vecina de Granada C/ DIRECCION003 NUM003 - NUM005 NUM006 , de estado casada, de oficio limpiadora, hija de Manuel y de Manuela, con instrucción, sin antecedentes penales, en libertad provisional de la que consta estuvo privada el 15 de abril, representada por la Procuradora Sra. Cortés Juristo y defendida por la Letrado Sra. López Cortés; Victor Manuel ; nacido el 26 de julio de 1.976, natural y vecino de Granada C/ DIRECCION004 nº NUM000 , de estado soltero, de profesión pintor, hijo de Antonio y de Josefa, con instrucción, sin antecedentes penales y en prisión provisional de la que consta privado desde el 20 de abril de 2004, y Leticia , nacida el 21 de Octubre de 1.975 natural de Granada y vecina de Armilla C/ DIRECCION005 NUM007 , hija de Manuel y María Dolores, de estado casada, de profesión limpiadora, con instrucción, sin antecedentes penales y en libertad provisional de la que no consta privada por esta causa, representados estos dos últimos por el Procurador Sr. Echevarría Prados y defendidos por el Letrado Sr. Romero Pérez; actuando como Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. EDUARDO RODRÍGUEZ CANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

HECHOS PROBADOS: 1º.- El día 14 de abril de 12.004, Pedro Francisco , mayor de edad penal y con antecedentes no computables, previamente concertado con Victor Manuel , mayor de edad penal y sin que consten antecedentes y Pedro Antonio , mayor de edad penal y sin que consten antecedentes, se dirigieron en el vehículo Mercedes matrícula .... HBX , conducido por Pedro Francisco acompañado de Victor Manuel , a la provincia de Cádiz con la finalidad de adquirir una importante cantidad de droga que, transportaría Pedro Antonio , en el vehículo Audi A-6, matrícula .... JTZ ; realizando los primeros funciones de vigilancia y protección. Sobre las 22,45 horas se ocupó en el maletero del citado vehículo Audi, dos fardos conteniendo un total de 56.500 gramos de hachís (THC 14,1 %) y 794 gramos de hachís (THC 25,8 %) con un valor total en el mercado ilícito de 80.385 euros; el vehículo había sido aparcado por Juan Manuel en la C/ Joaquina Eguaras frente a la pizzería que poseía Pedro Francisco y que este le había indicado. La droga intervenida era para ser destinada al tráfico ilícito por los referidos acusados.

Pedro Antonio es adicto a sustancias estupefacientes desde hace años, se ha sometido a tratamientos de desintoxicación y en la actualidad sigue un tratamiento con metadona, que aunque no afecta de manera importante a sus facultades de entendimiento, pero que ejecuto el delito debido a esta circunstancia. 2º.- El referido Pedro Francisco , miembro de una familia conocida policialmente como dedicada al tráfico de Estupefacientes, con vínculos con personas relacionadas con el narcotráfico, viene dedicándose desde hace años, aún siendo menor de edad penal y según antecedentes policiales, al suministro y distribución de cantidades de droga, de forma organizada, siendo "cabecilla" de la ilícita actividad. Producto del mencionado tráfico de drogas, el acusado Pedro Francisco ha obtenido importantes beneficios económicos y un enriquecimiento de su patrimonio que le permite un alto nivel de vida, a pesar de carecer de negocio lícito o actividad que justifique el importante incremento de su patrimonio. Maneja grandes cantidades de dinero, hasta el punto de que el Banco de España, sucursal de Granada, ha llevado a cabo el canje de billetes de euros pequeños procedentes de la compra y venta de droga, por billetes de 500 euros, en fechas 21 de abril, 23 de septiembre, 14 de octubre, 17 de noviembre y 30 de diciembre de 2003, 3 de febrero, 9 de febrero, 8 de marzo y 12 de abril de 2004, por un total de ciento noventa y un mil quinientos euros (191.500 euros). Pedro Francisco , con la finalidad de ocultar y encubrir el origen ilícito de los bienes ha llevado a cabo una serie de operaciones mercantiles extrañas al tráfico normal tales como apertura de cuentas corrientes, transacciones de bienes, en ocasiones meramente formales. Particularmente, puesto de común acuerdo con su mujer, Rebeca , mayor de edad penal y sin antecedentes penales, le ha transmitido cuantiosas cantidades de dinero y puesto a su nombre un gran número de bienes muebles e inmuebles. De este modo, Rebeca posee los siguientes vehículos: BMW 330 Cl Cabriole, ....

SXD , adquirido el 31.01.2002 tasado por Perito en 28.318 euros; Citroen Xsara Picasso, .... HZX , adquirido

el 21.12.01, tasado 8.565 euros y Opel Monterrey, .... LRS , adquirido el 23.7.01, tasado en 2.867 euros;

Moto náutica Bombardier GTX, tasada en 5.4000 euros. Y es titular de los siguientes bienes inmuebles: A).-Local comercial sito en calle Luz Casanova nº 8 de Granada, inscrita en el Registro nº Uno de Granada el

27.03.01 tasada en 28.247 euros.

B).- Finca urbana en Caparacena, adquirida mediante compra por importe de 66.111 euros, inscrita en el Registro de Santa Fe en fecha 15.4.2003, finca nº NUM008 .

C).- Local comercial sito en Polígono de Cartuja, parcela NUM009 - NUM010 . NUM011 , inscrita en el Registro nº Uno de Granada el 27.3.2001, finca nº NUM012 , tasado en 128.824 euros.D).- Finca urbana cincuenta y nueve. Local comercial nº veintidós sita en Polígono de Almanjáyar, inscrita en el Registro nº Uno de Granada, el 27.09.1999, finca nº NUM013 . Tasada por Perito en 95.440 euros.

E).- Finca Urbana. Local Comercial nº 23 en el Polígono de Almanjáyar, inscrito en el Registro nº Uno de Granada el 05.10.2000, finca nº NUM014 , tasada en 101.102 euros.

F).- Finca urbana nº NUM015 , vivienda duplex, conocida por NUM015 - NUM016 del conjunto de edificación B del complejo Velilla Park de Almuñécar, inscrita en el Registro de Almuñécar en fecha

15.09.1999, finca nº NUM017 , tasada en 237.369 euros.

G).- Finca urbana, local nº NUM003 del primer sótano destinado a aparcamientos de vehículos, de la fase III del conjunto Urbanístico Sitio de Velilla, inscrito en el Registro de Almuñécar en fecha 15.09.1999, finca nº NUM018 , tasada por Perito en 12.020 euros.

H).- Finca urbana, local nº 1 del primer sótano destinado a aparcamientos de vehículos, de la fase III del Conjunto Urbanístico Sitio de Velilla, inscrito en el Registro de Almuñécar en fecha 15.09.1999, finca nº NUM019 , tasada en 12.000 euros.

Todos los bienes inmuebles han sido adquiridos por la acusada con dinero en efectivo, encontrándose libres de cargas y gravámenes, y que le proporcionaba su marido Luis de los beneficios obtenidos de su actividad delictiva de tráfico de drogas, circunstancia conocida por Rebeca . Realizada Entrada y Registro en el domicilio de Rebeca , sito en c/ DIRECCION001 nº NUM001 , en virtud de Auto del Juzgado de Instrucción nº tres de Granada, de fecha 15 de abril de 2003 , se intervino, entre otros efectos, documentación relativa a facturas por obras y mejoras realizadas en la finca de su propiedad "Cortijo de Caparacena", por importe de 19.827 euros. Asimismo, fueron intervenidos 3.200 euros en billetes.

Rebeca , además es titular de numerosas cuentas corrientes, entre otras, dos cuentas en la entidad bancaria La Caixa con un saldo de 83.398,06 y 60.000 euros.

En esta actividad de aprovechamiento y ocultación ilícita de bienes, Pedro Francisco se ha valido de los otros acusados, a modo de testaferros, poniendo vehículos a su nombre o bien, haciendo ingresos en cuentas corrientes de las que éstos eran titulares, los cuales eran inmediatamente traspasados a otras cuenta corrientes.

El acusado Pedro Francisco es propietario de los siguientes vehículos:

Vehículo Audi A-6, matrícula .... JTZ , matriculado el 28.1.04, Tasado por Perito en 4.839 euros, vehículo Mercedes C270CD, .... HBX , adquirido el 22.1.04, tasado por perito en 29.746 euros, vehículos puestos a nombre de Blanca , mayor de edad penal y sin antecedentes, (a pesar...

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