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STS 372/2018, 19 de Julio de 2018
GRUPO CRIMINAL. REQUISITOS. Para poder apreciar la modalidad agravada de grupo criminal, el TS requiere la existencia de una pluralidad de sujetos coordinados (en cualquier caso más de dos), que la unión de los agrupados esté dotada de cierta permanencia y que su participación se constituya con el propósito común de perpetrar de manera concertada una pluralidad de delitos. Sin embargo, la mera...
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STS 289/2014, 8 de Abril de 2014
PERTENENCIA A GRUPO CRIMINAL. Los recurrentes argumentan que sin conocerse ni tener contacto entre ellos no pueden pertenecer a un grupo criminal. La pertenencia al grupo criminal exige una actuación concertada de más de dos personas, concebida para la perpetración de delitos. No incluye como elemento del tipo objetivo, ni el contacto personal entre los integrantes del grupo ni la presencia...
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Limitación de mandato en los delitos de omisión impropia: una reivindicación desde las ideas de derecho penal mínimo e inexigibilidad
Los delitos propiamente omisivos constituyen una auténtica excepción en Derecho penal. Ello es comprensible dado que mediante su tipificación el legislador no se limita a prohibir y sancionar una determinada actuación positiva, como ocurre en el caso de los delitos de acción, sino que impone al sujeto un mandato activo castigando su incumplimiento (esto es, su omisión). Al ser delitos que se...
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El salto del autor detrás del autor al otro lado del atlántico
Sobre la sentencia de la Cámara Especial de la Suprema Corte de Perú en el caso Fujimori
- Problemas de omisión y rechazo a la asistencia médica