SAP A Coruña 294/2013, 13 de Noviembre de 2013

PonenteJOSE RAMON SANCHEZ HERRERO
ECLIES:APC:2013:2979
Número de Recurso124/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución294/2013
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6 (DESPL)

A CORUÑA

SENTENCIA: 00294/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA

SECCIÓN SEXTA

SANTIAGO DE COMPOSTELA

Rollo de apelación civil nº 124/12

SENTENCIA

Núm. 294/13

En Santiago de Compostela, a trece de noviembre de dos mil trece.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006, de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, constituida como Tribunal Unipersonal por el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ HERRERO, los Autos de JUICIO VERBAL 0000181/2011, procedentes del XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.2 de PADRON, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000124/2012, en los que aparece como parte apelante, Dª Tarsila, representada por el Procurador de los tribunales, Sra. MARÍA BEGOÑA CAAMAÑO CASTIÑEIRA, asistida por el Letrado D. MANUEL MARTÍN GÓMEZ, y como parte apelada, D. Onesimo, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. SILVIA VILLAR BRUN, asistido por el Letrado Dª EVA OTERO RÚA; procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Padrón, por el mismo se dictó sentencia con fecha 10 de octubre de 2011, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda presentada por Dª Tarsila, asistida por el Letrado Sr. Martín Gómez y representada por la Procuradora Sra. Caamaño Castiñeira, sobre acción reivindicatoria de dominio, contra D. Onesimo, asistido por la Letrado Sra. Otero Rúa y representado por la Procuradora Sra. Villar Brun, debo absolver y absuelvo a los demandados. Todo ello con imposición de costas a la parte demandante."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por Dª Tarsila se interpuso recurso de apelación, y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales del juicio a este Tribunal, donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, y entregándose los autos al Magistrado designado para resolver el pasado día 4 de septiembre de 2013.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan parcialmente los de la sentencia apelada, en tanto no se opongan a los siguientes, y

PRIMERO

En la sentencia dictada se desestimó la acción reivindicatoria formulada por la actora, al considerar que no se había logrado acreditar de forma precisa la identidad del objeto que se reivindicaba, y que aunque se pudiera entender identificado por aproximación, la realidad física no coincidiría con los títulos justificativos del dominio, ya que en éstos resultaría que se había permutado una finca de 108 m2 y la porción que se reivindica tiene sólo 9m2 (incluso en la demanda se reclamaba una porción de 20m2).

En el primer motivo de recurso la Sra. Tarsila ha planteado el error en la aplicación de la jurisprudencia relativa a la finca reivindicada, pues la indeterminación de la cabida no puede entorpecer por sí misma el ejercicio de la acción reivindicatoria ( Ss. TS de 4 mayo 1928 y 1 marzo 1954 ), y porque la medida superficial es secundaria para la identificación ( Ss. TS de 17 enero 1984 y 13 noviembre 1995, sentencias de esta Audiencia Provincial de A Coruña de 16 febrero 2007 y 31 enero 2008 ).

En el segundo se ha planteado el error en la valoración de la prueba sufrido en la sentencia de instancia, pues no puede afirmarse si que prosperase la acción entablada, el demandado carecería de acceso a su finca, pues hasta ahora siempre ha estado en uso para él y sus ascendientes, sin ningún tipo de impedimento al ostentar los mismos un derecho de servidumbre de paso por dicho camino privado (no público). En...

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