SAP Orense 155/2012, 27 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución155/2012
Fecha27 Marzo 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

OURENSE

SENTENCIA: 00155/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de OURENSE

Domicilio: PZA. CONCEPCION ARENAL, 1

Telf: 988687072/988687068

Fax: 988687075

Modelo: 213100

N.I.G.: 32009 41 2 2011 0101849

ROLLO: APELACION JUICIO RAPIDO 0000196 /2012- T

Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N. 1 de OURENSE

Procedimiento de origen: JUICIO RAPIDO 0000490 /2011

RECURRENTE: Romulo

Procurador/a: MERCEDES FERNANDEZ PROL

Letrado/a: DAVID VAZQUEZ BARROSO

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Letrado/a:

SENTENCIA Nº 155/12 ----------------------------------------------------------------------------------------------------------ILMOS/AS. SRES/SRA.:

Presidenta:

Dña. ANA MARÍA DEL CARMEN BLANCO ARCE

Magistrados/as:

DON MANUEL CID MANZANO

Dña. AMPARO LOMO DEL OLMO ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En OURENSE, a veintisiete de marzo de dos mil doce. Vistos, por esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de OURENSE el Rollo de apelación número 196/12, relativo al recurso de apelación interpuesto por Romulo, representado por la Procuradora MARÍA MERCEDES FERNÁNDEZ PROL, y asistido por el Letrado DAVID VÁZQUEZ BARROSO, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número Uno de Ourense en el Juicio Rápido nº 490/11, sobre maltrato habitual ; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente, y como parte recurrida el MINISTERIO FISCAL en la representación que le es propia, actuando como Ponente la Magistrada Ilma.Sra. Dª ANA MARÍA DEL CARMEN BLANCO ARCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el acto del juicio oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 22 de noviembre 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que debo condenar y condeno a Romulo como autor de un delito de MALTRATO del artículo 153 del CP a la pena de nueve meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, dos años y un mes de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de Hortensia de su domicilio o lugar de trabajo y de comunicarse con ella durante dos años con expresa imposición de costas.

Que debo de absolver y absuelvo a Romulo del resto de los delitos imputados.

Dedúzcase testimonio del acta de juicio y el cd al Juzgado Decano del Barco de Valdeorras para su reparto entre los Juzgados de Instrucción para que se investigue la posible comisión de un delito de quebrantamiento de medida cautelar por parte del acusado.

Y los siguientes HECHOS PROBADOS:

"Se declaran probados los siguientes hechos

PRIMERO

El acusado Romulo, mayor de edad, nacido el 1 de junio de 1950, con DNI NUM000, sin antecedentes penales, el día 17 de agosto de 2011 sobre la 1.00 mantuvo una discusión con su esposa Hortensia en el domicilio que compartían sito en la calle Patal, Vegamolinos, o Barco de Valdeorras y en un momento dado con ánimo de atentar contra la integridad física de su esposa la cogió por los pelos y por el cuello arrastrándola hacia otra habitación, cayéndose Hortensia al suelo y pisoteándola el acusado.

Como consecuencia de estos hechos Hortensia sufrió contusiones en hemotórax izquierdo, contusión en cuero cabelludo y en pómulo izquierdo que requirieron para su sanidad una única asistencia facultativa sin necesidad de tratamiento médico y tardaron en cutar 6 días impeditivos.

SEGUNDO

No ha quedado acreditado que el acusado desde que se casó con la denunciante en diciembre de 1972 la maltratase física y psíquicamente, ni que un día le pegase porque se negó a probar la comida que él había hecho. Tampoco ha quedado probado que cuando la denunciante no quería mantener relaciones sexuales con el acusado él la echase de la cama, ni que le dijese continuamente "no vales para nada", "no sabes hacer nada" o que la insultase llamándola "bruxa", "burra".

Tampoco se ha probado que el hijo mayor del matrimonio presenciase episodios de violencia psíquica y física hacia su madre, ni que presenciase un día cuando tenía diez años que el acusado agrediese a Hortensia y la sacase al rellano de la casa porque intentó mantener...

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