STSJ Comunidad de Madrid 643/2007, 16 de Octubre de 2007

PonenteLUIS GASCON VERA
ECLIES:TSJM:2007:14628
Número de Recurso4081/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución643/2007
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Social

RSU 0004081/2007

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00643/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL-SECCION 5ª

MADRID

Sentencia nº 643/07

Ilmo. Sr. D. Juan José Navarro Fajardo

Presidente

Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz

Ilmo. Sr. D. Luis Gascón Vera

En Madrid, a dieciséis de octubre de dos mil siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 643/07

En el recurso de suplicación nº 4081/07, interpuesto por D. Gabriel, representado por el Letrado D. Carlos Enrique Morera Marcos, contra la sentencia nº 127/07 dictada por el Juzgado de lo Social Número 31 de los de Madrid, en autos núm. 1134/06, siendo recurrido AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Luis Gascón Vera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por D. Gabriel contra Ayuntamiento de Torrelodones, en reclamación de TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, habiendo sido citado el Ministerio Fiscal, se dictó sentencia con fecha 26 DE MARZO DE 2007, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante D. Gabriel, con DNI NUM000,que está en posesión del título de Licenciado en Educación Física INEF, presta servicios para la demandada, el Ayuntamiento de Torrelodones, con antigüedad de 1 de febrero de 2003, con categoría profesional de Director Administrativo y salario bruto sin prorrateo de pagas de 2.448,70 euros, más dos pagas extraordinarias a razón cada una de 1.905,26 euros.

SEGUNDO

El actor fue contratado en virtud de resolución de 21-01-03 del Alcalde del Ayuntamiento demandado D. Víctor, tras superación de un concurso de méritos público para la contratación de régimen laboral interino para la cobertura de la plaza vacante de Director Administrativo del Organismo Autónomo de Cultura del Ayuntamiento de Torrelodones, hasta su cobertura con personal laboral fijo.

TERCERO

Con anterioridad había ostentado el actor el cargo de Responsable de relaciones públicas, prensa y protocolo del Ayuntamiento de Torrelodones, cargo de confianza y libre designación para el que fue nombrado el 02-01-02, por el anterior Alcalde D. Víctor. Durante el tiempo en que ostentó tal cargo compartía el despacho del Concejal de Cultura.

CUARTO

A partir del inicio de su relación laboral, el 1 de febrero de 2003 y hasta fines de noviembre de 2003, el actor desempeñó las funciones propias de la dirección administrativa del Organismo Autónomo de Cultura, dichas funciones son las siguientes:

-Dirige el Departamento de Administración del organismo.

-Prepara los Presupuestos Generales de la Casa de la Cultura y hace el control posterior, para evitar excederse en el presupuesto asignado.

-Nopuede contratar pero prepara y supervisa los contratos con empresas de servicios, no tiene caja, ni maneja dinero, no ordena pagos pero los propone y tramita las facturas de las empresas contratadas.

-Lleva la administración económica del Teatro Bulevar pero no íntegramente, sólo la parte de la recaudación que ingresaba físicamente en taquilla. Las Escuelas de Música, Idiomas y Pintura, no eran administradas por el actor, tienen la administración de su presupuesto y se relacionan directamente con la tesorería del Ayuntamiento.

-Supervisa y coordina el funcionamiento de las escuelas (idiomas, pintura, música y danza), las dos bibliotecas y las aulas de la Escuela de Arte Dramático.

-El actor no es jefe de personal, pero controla y organiza al personal. Supervisa, controla y vela por la buena marcha y adjudicación del uso de las instalaciones.

-Control horario del personal y funciones.

El actor dependía directamente del Concejal de Cultura y del Alcalde, carecía de estructura administrativa propia y tenía asignada una secretaria los lunes -Dña. Victoria -, que el resto de los su jornada semanal asumía las funciones de taquillera del Teatro Bulevar.

El despacho que ocupaba el actor en junio de 2003, era el del Concejal de Cultura que no estaba a plena dedicación y acudía a firmar, ello debido a la escasez de espacio. Contaba con los muebles y objetos que constan en el inventario, el cual se da por reproducido en aras a la brevedad, folios 228 y 229.

QUINTO

Al poco tiempo de incorporarse a la dirección administrativa del Organismo Autónomo de Cultura, en marzo de 2003, detectó la existencia ya desde hacía quince o más años de posibles irregularidades en el cobro por el organismo Autónomo de Cultura, de cantidades derivadas de los gastos de megafonía, horas en exceso trabajadas por el personal y servicio de limpieza invertidos en el cumplimiento de contratos de arrendamiento del Teatro Bulevar con TVE y Antena 3 de Televisión, S.A., que eran cobrados directamente en metálico y no eran ingresados en la Tesorería Municipal, sino abonados directamente al personal. De tales hechos se abrieron diligencias previas por el Juzgado de Instrucción n° 6 de Collado Villalba

SEXTO

En el mes de mayo de 2003 se celebraron las elecciones municipales, en las que fue elegido Alcalde D. Eduardo, también del Partido Popular, quien tomó posesión el 13-06-03.

SÉPTIMO

Por resolución del Alcalde D. Eduardo de 31 de julio de 2003 se acordó la apertura de expediente contradictorio al actor, D. Marcos, Director Artístico y a un Conserje de la Casa de la Cultura, imponiéndosele por resolución de 9 de septiembre de 2003, una sanción de suspensión de empleo y sueldo de 20 días, por negligencia en el cumplimiento de su deber, como Director Administrativo, de poner fin a las irregularidades descubiertas. Contra la citada resolución interpuso el actor reclamación previa el 4 de octubre de 2003. De dicha reclamación desistió el actor por escrito de 27 de octubre de 2003. Por resolución el Alcalde de fecha 6 de febrero de 2004, se dispuso de un reintegro por la cantidad 1.313,09 euros detraídos al actor de su salario en cumplimiento de la sanción de suspensión de empleo y sueldo que había cumplido, todo ello en razón a las sentencias de despido improcedente del Director Artístico y el Conserje, también sancionados.

OCTAVO

Con ocasión del Pleno Ordinario del Ayuntamiento, celebrado el 4 de septiembre de 2003, se acordó la disolución del Organismo Autónomo de Cultura y Organismo Autónomo de Deportes, asumiendo el Ayuntamiento su gestión directo, creando para ello en su lugar los Servicios Municipales de Cultura y Deportes, pasando el actor a estar adscrito directamente al Ayuntamiento de Torrelodones. Tras dicha modificación el puesto de trabajo del actor continuó en la Casa de la Cultura, pero fue trasladado al aula de educación de adultos en la segunda planta, no se le facilitó ordenador, ni fax, ni impresora y compartía su línea telefónica con la clase de educación de adultos. Conservó su secretaria pero sin mesa propia, ni medios materiales.

NOVENO

En el mes de octubre de 2003 fue nombrada Gerente de actividades culturales Dña. María Rosa, quien asumió las funciones del Director Artístico, a la sazón despedido, y paulatinamente las del actor hasta diciembre de 2003.

DÉCIMO

En enero de 2004 se envió al demandante a la planta baja de la Casa de la Cultura, al antiguo despacho del Director Artístico.

UNDÉCIMO

El 9 de julio de 2004 se acordó la creación de la Oficina de Turismo, con horario previsto de 10:00 a 14:00 y de 17:00 a 19:00 horas pudiendo abrirse los fines de semana. Con anterioridad existía un servicio de turismo que llevaban dos becarios de la Comunidad Autónoma de Madrid. En el mismo acuerdo fue nombrado el actor Coordinador de Turismo y se le encomendaron las nuevas funciones relacionadas con dicha actividad, consistentes en la gestión del turismo de la ciudad, emitiendo sugerencias y tomando y llevando a ejecución las iniciativas de divulgación y desarrollo del turismo en la zona, conservando no obstante algunas de las que conformaban el puesto de Director Administrativo, tales como la emisión de algunos informes que le eran encargados sobre proyectos. El actor fue trasladado a la antigua sala de juegos del edificio Torreforum, adaptada como oficina de turismo situada alejada del centro y a un kilómetro de distancia respecto de la Casa de la Cultura. También se adscribió a dicha Oficina a Dña. Flor en calidad de recepcionista de turismo. En dicho emplazamiento el actor disponía de medios materiales, ordenador, internet, impresoras y fax. A fines de 2004 se le encargó la preparación de un informe para la creación de un museo del vidrio en el edificio denominado La Solana y una escuela taller del vidrio en colaboración con la Fundación Centro Nacional del Vidrio de La Granja (Segovia).

DUODÉCIMO

En febrero de 2006 el actor fue trasladado a un despacho más pequeño en el edificio Torreforum, compartido con el personal de la Revista municipal. En esa misma fecha se procedió por el Ayuntamiento a retener en nómina al actor la cantidad de 594,78 euros por el concepto de impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al vehículo de tracción mecánica de su propiedad, ejercicios 1988 a 2003.

DÉCIMOTERCERO

El 21 de junio de 2006 la Concejal Delegada de Personal y Turismo, comunicó al actor que a partir...

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