STSJ Galicia 4233/2010, 24 de Septiembre de 2010

PonenteANTONIO JOSE GARCIA AMOR
ECLIES:TSJGAL:2010:8571
Número de Recurso2886/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución4233/2010
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/3311

NIG: 15030 44 4 2009 0003432

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002886 /2010-CON JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: SOCIAL 1 DE A CORUÑA AUTOS 815/09

DEMANDA: 0002886 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 001

Recurrente/s: Felisa

Abogado/a: BEATRIZ ANGELICA SANCHEZ PARDO

Procurador:

Graduado Social:

Recurrido/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR

ILMA. SRA. Dª BEATRIZ RAMA INSUA

ILMO. SR. D. MANUEL CARLOS GARCIA CARBALLO

En A CORUÑA, a veinticuatro de Septiembre de dos mil diez. Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0002886/2010, formalizado por el/la D/Dª letrada Dª Beatriz Sánchez Pardo, en nombre y representación de Felisa, contra la sentencia número 174/2010 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de A CORUÑA en el procedimiento DEMANDA 0000815/2009, seguidos a instancia de Felisa frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ANTONIO GARCIA AMOR.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Felisa presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 174/2010, de fecha veinticinco de Marzo de dos mil diez

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

PRIMERO

La actora, Dna. Felisa, nació el día 11 de abril de 1957 y se encuentra afiliada a la Seguridad Social en el Régimen General, con el número 15/00749160/05, siendo su profesión habitual la de AYUDANTE DE COCINERA./

SEGUNDO

Tramitado el correspondiente expediente de IP que obra en autos y se da por reproducido, la Entidad Gestora se dicta resolución, basada en dictamen propuesta del EVI de 1 de abril de 2009, en la que se declara que la actora no está afecta de incapacidad permanente en ninguno de sus grados. Contra esta resolución formuló la demandante escrito de reclamación previa que resulta desestimada por resolución con fecha de salida de 16 de junio de 2009. Se ha agotado la via administrativa previa./ TERCERO.-En abril de 2009 la actora padece: ANSIEDAD GENERALIZADA CON ATAQUES DE PANICO. PERSONALIDAD HIPOCONDRIACA. ESPONDILOARTROSIS CON DISCOPATIA L5-S1. TENDINITIS CRONICA EN MANGUITOS ROTADORES DE HOMBRO IZQUIERDO.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: Que Desestimo la demanda sobre Incapacidad Permanente formulada por Dña. Felisa contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, por lo que absuelve a la demandada de las pretensiones contenidas en la demanda contra ella dirigida.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Felisa formalizándolo posteriormente. Tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta T.S.J. GALICIA SALA DE LO SOCIAL en fecha 15 de junio de 2010.

SEXTO

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 24 de septiembre de 2010 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO
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