STSJ Cataluña 6147/2010, 28 de Septiembre de 2010
Ponente | AMADOR GARCIA ROS |
ECLI | ES:TSJCAT:2010:6881 |
Número de Recurso | 6556/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE SUPLICACIóN |
Número de Resolución | 6147/2010 |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 08096 - 44 - 4 - 2008 - 0072807
mm
ILMO. SR. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL
ILMO. SR. AMADOR GARCIA ROS
ILMA. SRA. VERÓNICA OLLÉ SESÉ
En Barcelona a 28 de septiembre de 2010
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A núm. 6147/2010
En el recurso de suplicación interpuesto por Marta frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Granollers de fecha 17 de junio de 2009 dictada en el procedimiento Demandas nº 1/2009 y siendo recurrido/a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. AMADOR GARCIA ROS .
Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 17 de junio de 2009 que contenía el siguiente Fallo:
Desestimo la demanda interpuesta por Dña. Marta, en reclamación de prestación por incapacidad permanente total, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y, en consecuencia, debo absolver y absuelvo a la citada demandada de las pretensiones deducidas en aquélla.
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
"PRIMERO.- La demandante, Sra. Marta, provista de D.N.I. NUM000, nacida el 25 de Diciembre de 1956, se encuentra afiliada a la Seguridad Social con el número NUM001 y está en situación de asimilada al alta en el Régimen General (hechos no controvertidos).
Su profesión habitual es la de ESPECIALISTA MONTAJE ALMACÉN TELEFONÍA (no controvertido).
A resultas del expediente administrativo instruido, el ICAM emitió dictamen en fecha 3 de Octubre de 2008. Mediante resolución de fecha 17 de Octubre de 2008, el INSS declaró a la Sra. Marta no afecta en grado alguno de incapacidad permanente derivada de enfermedad común. La propuesta de la Comisión de Evaluación de Incapacidades, contenía el siguiente cuadro residual por remisión al dictamen del ICAM: "CERVICOARTROSIS CON PROTUSIÓN DISCAL C4-C5 Y C5- C7; CERVICALGIAS EN TRATAMIENTO REHABILITADOR." (folios 60, 65 y 82).
Interpuesta reclamación previa, fue desestimada mediante resolución de fecha 15 de
Diciembre de 2008 (folio 83).
La base reguladora de la pensión ascendería, en caso de estimación de la demanda, a
1.370,62 euros con fecha de efectos del 3 de Octubre de 2008 (no controvertido).
La Sra. Marta está afecta de las siguientes lesiones: "CERVICOARTROSIS CON PROTUSIÓN DISCAL C4-C5 Y C5- C7; CERVICALGIAS EN TRATAMIENTO REHABILITADOR, DORSOLUMBOARTROSIS SIN SIGNOS CLÍNICOS DE AFECTACIÓN RADICULAR. TRANSTORNO DEPRESIVO LEVE." (folios 21, 40, 41 y 65, y pericial Dr. Narciso ))."
Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.
La trabajadora que ha visto desestimada su demanda en reclamación de una incapacidad permanente total para su profesión habitual derivadas de enfermedad común, interpone ahora frente a esta sentencia recurso de suplicación en el que solicita, en primer lugar que se revise el relato fáctico y en concreto, se modifique el hecho sexto, con la intención de dar una redacción al mismo que deberá quedar de la siguiente forma: "La actora sufre las dolencias y limitaciones siguientes: Cervicoartrosis. Discopatía y espondilopatía C3-C4, C4-C5 y C6-C7 con profusiones discales. Hernia discal C5-C6. Parestesias en extremidades superiores. Radiculopatía crónica a nivel C-7. Síndrome subacromial bilateral con limitación de la movilidad de ambos hombros. Dorsolumboartrosis. Trastorno...
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