STSJ Castilla y León 1198/2010, 15 de Septiembre de 2010
Ponente | MANUEL MARIA BENITO LOPEZ |
ECLI | ES:TSJCL:2010:4756 |
Número de Recurso | 1198/2010 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 1198/2010 |
Fecha de Resolución | 15 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL
VALLADOLID
SENTENCIA: 01198/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LEON
SALA DE LO SOCIAL 001
(C/ANGUSTIAS S/N)
N.I.G: 24089 44 4 2009 0003848, MODELO: 46050
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001198 /2010
Materia: INCAPACIDAD PERMANENTE
Recurrente/s: Bernarda
Letrado: JESUS MIGUELEZ LOPEZ (LEON)
Procurador: MARIA AURORA PALOMERA RUIZ
Recurrido/s: INSS Y TGSS
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de LEON DEMANDA 0001251 /2009
Rec. Núm.1198/10
Ilmos. Sres.:
D. Manuel Mª Benito López
Presidente Stto.
D. Juan José Casas Nombela
Dª.Susana María Molina Gutiérrez/
En Valladolid a quince de septiembre de dos mil diez
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente:
SENTENCIA
En el Recurso de Suplicación núm.1198/10 interpuesto por Dª Bernarda contra la Sentencia del Juzgado de lo Social 3 de León de fecha 9 de marzo de 2010, recaída en autos nº 1251/09, seguidos a virtud de demanda promovida por precitada recurrente contra INSS y TGSS, sobre INCAPACIDAD PERMANENTE, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Manuel Mª Benito López.
Con fecha 11-12-09, procedente de reparto, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social 3 de León demanda formulada por Dª Bernarda en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia desestimando referida demanda.
En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: "PRIMERO.- La demandante, DÑA Bernarda, DNI NUM000, nacida el día 13 de noviembre de 1959, figura afiliada al Régimen Especial de la Seguridad Social para los Trabajadores Autónomos, siendo su profesión habitual la de camarera por cuenta propia. SEGUNDO.- La actora causó baja médica por situación de incapacidad temporal por enfermedad común el 23 de febrero de 2009 del que fue dada de alta por el Servicio Público de Salud el día 25 de agosto con propuesta de incapacidad permanente. TERCERO.- El Equipo de Valoración de Incapacidades estableció un cuadro clínico residual derivado de enfermedad común de: Síndrome fibromiálgico. Trastorno adaptativo. Tiroiditis autoinmune crónica. Profusiones C3-C4, C4-C5 y L4-L5, y propuso su no calificación como incapacitada permanente. La Dirección Provincial del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGHURIDAD SOCIAL aceptó la propuesta y, en resolución de 14 de septiembre, denegó la prestación por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de incapacidad permanente. Contra dicha resolución interpuso reclamación previa la actora, la cual fue desestimada por otra de 17 de noviembre de 2009. CUARTO.- La demandante presenta en la actualidad las siguientes dolencias: Síndrome fibromiálgico (dolores osteomusculares en múltiples localizaciones que no ceden a la analgesia impidiéndole el descanso nocturno). Trastorno adaptativo, estuvo en seguimiento por salud mental durante dos años pero fue dada de alta. Tiroiditis autoinmune crónica. Profusiones C3-C4, C4-C5 y L4-L5. Hernia de hiato. Síndrome de intestino irritable. El resultado de la exploración del aparato locomotor es: Marcha, talón y puntillas conservadas. Limitación a la extensión de columna cervical. Dolor a la palpación en nuca. No contractura paravertebral. Columnas dorsal y lumbar en límites de normalidad. Leve limitación del hombro derecho. Nódulos de Heberden incipientes en algunos dedos de las manos. Lassegue (-). Caderas libres. Rodillas con balance articular conservado. Fuerza de pies y cuádriceps conservada. Las anteriores dolencias causan a la actora lilmitaciones consistentes en algias generalizadas...
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