STSJ Castilla y León 1302/2010, 30 de Septiembre de 2010
Ponente | MANUEL MARIA BENITO LOPEZ |
ECLI | ES:TSJCL:2010:5217 |
Número de Recurso | 1302/2010 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 1302/2010 |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL
VALLADOLID
SENTENCIA: 01302/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LEON
SALA DE LO SOCIAL 001
(C/ANGUSTIAS S/N)
N.I.G: 47186 34 4 2010 0100186, MODELO: 46050
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001302 /2010
Materia: INCAPACIDAD PERMANENTE
Recurrente/s: INSS Y TGSS
Recurrido/s: Fructuoso
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de PONFERRADA DEMANDA 0000810 /2009
Rec. Núm. 1.302/10
Ilmos. Sres.:
D. Manuel Mª Benito López
Presidente en funciones
D. Juan José Casas Nombela
Dª.Susana Mª Molina Gutiérrez/
En Valladolid a treinta de septiembre de dos mil diez
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente:
SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm.1.302/10 interpuesto por INSS y TGSS contra la Sentencia del Juzgado de lo Social 1 de Ponferrada de fecha 29 de marzo de 2010, recaída en autos nº 810/09, seguidos a virtud de demanda promovida por D. Fructuoso contra precitadas recurrentes, sobre INCAPACIDAD PERMANENTE, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Manuel Mª Benito López.
Con fecha 11-12-09, procedente de reparto, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social 1 de Ponferrada demanda formulada por D. Fructuoso en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia estimando referida demanda.
En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: "PRIMERO.- La parte actora, Don Fructuoso, con DNI NUM000, nacido el 25/2/1969, está afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM001, encuadrado en el Régimen General, ha viendo prestado servicios para la empresa González y Villanueva, S.L desde el 15/5/2006 con la categoría de mecánico- oficial de 1ª. SEGUNDO.-Iniciado a instancias del trabajador expediente para ser declarado afecto a incapacidad permanente total, el INSS, en fecha 28/8/2009 denegó la prestación de incapacidad permanente total por no alcanzar las lesiones que padece un grado de disminución suficiente para ser constitutivas de dicha incapacidad. TERCERO.- No conforme con dicha resolución la parte actora interpuso Reclamación Previa en fecha 5/10/2009, al considerar que las secuelas que le afectan son constitutivas de incapacidad permanente total para su profesión habitual, siendo desestimada la misma por el INSS en fecha 21/10/2009, confirmando en todos sus extremos la resolución impugnada. CUARTO.- La actora padece el siguiente cuadro clínico residual: artropatía soriásica. Fractura-hundimiento parcelario de cabeza de radio izquierdo. Y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: limitación de caquis: grado funcional 1-2 del aparto locomotor. En el informee emitido por los servicios médicos del Sacyl de fecha 2/3/2010 consta que la exploración muestra actitud de envaramiento de tronco con posición de esquiador. En las manos tumefacción en metacarpofalángicas e interfalángicas proximales. En cuanto a la comuna cervical: movilidad limitada y dolorosa en todos los arcos de recorrido articular. Marcada contractura en músculos trapecios superiores y medios. Dolor a la presión sobre apófisis espinosas y articulares posteriores de vértebras medias cervicales. En cuanto a la columna lumbar: movilidad limitada en todos los arcos. Distancia dedo-suelo de 60 cms. Contractura en músculos espinales y paravertebrales. Digitopresión dolorosa sobre apósifis espinosas de todas la vértebras dorsales y lumbares. Movilización de sacroilíacas dolorosa. Shöber positivo. Respecto a las caderas: limitación a la moviliad en todos los...
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