STSJ Comunidad de Madrid 150/2010, 25 de Febrero de 2010

PonenteRODRIGO MARTIN JIMENEZ
ECLIES:TSJM:2010:2796
Número de Recurso5398/2009
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución150/2010
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2010
EmisorSala de lo Social

RSU 0005398/2009

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00150/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL-SECCION 5ª

MADRID

Sentencia nº 150

ILMA. SRA. Dª. BEGOÑA HERNANI FERNÁNDEZ

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSÉ IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ

ILMO. SR. D. RODRIGO MARTÍN JIMÉNEZ

En Madrid, a veinticinco de febrero de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 150/10

En el recurso de suplicación nº 5398/09, interpuesto por Dª Angustia, representado por el Letrado D. Fernando Pérez de Gracia Hernández, contra la sentencia nº 324/09 dictada por el Juzgado de lo Social Número 17 de los de Madrid, en autos núm. 390/09, siendo recurrido PHILIP MORRIS SPAIN S.L., representado por el Letrado D. Braulio Molina González-Pumariega, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr.

D. RODRIGO MARTÍN JIMÉNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por Dª Angustia contra PHILIP MORRIS SPAIN S.L., en reclamación por DESPIDO, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 29 DE JUNIO DE 2009, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

"PRIMERO.- La parte actora ha venido prestando sus servicios para la empresa demandada desde el día 20-2-01 con categoría profesional de Oficial de 1ª, y devengando un salario: bruto mensual con la parte proporcional de pagas extraordinarias de 2.242,45 euros.

SEGUNDO

Con fecha l-2-09 la empresa comunica a la actora su despido disciplinario con efectos del mismo día por los siguientes hechos:

"1. En fecha 3 de septiembre de 2008 usted imputó visita al establecimiento "Bar Las Cocheras", sito en la calle Avda. Carabanchel Alto, nº 128, 28044, Madrid, habiéndose comprobado en la visita efectuada por la Sra. Marisol en fecha 29 de enero de 2009 que dicho local, en el cual usted imputó acción de control de presencia, se encuentra cerrado desde hace varios meses, lo cual evidencia indiscutiblemente que usted no pudo realizar la visita imputada en el sistema Bravo.

  1. En fecha 15 de diciembre de 2008, usted imputó visita con introducción de Marlhoro Pocket Pack al local "El faro", ubicado en la Avda. Abrantes, nº 40, 28025, Madrid, siendo que, en la retrovisita realizada en fecha 28 de enero de 2009 por parte de Doña. Marisol, se ha constatado que no existe una introducción de Marlhoro Pocket Pack en la máquina del referido local, ni tampoco la que ya imputó en el sistema Bravo de la Compañía relativa al producto Next White. Además, las etiquetas que se encuentran en la máquina expendedora son antiguas, no coincidiendo los facing imputados en el Sistema Bravo de la Compañía con la realidad.

  2. El 15 de diciembre de 2008, usted imputó visita al establecimiento "Bar cafetería El Cazador", sito en la Avda. Abrantes, nº 36,28025, Madrid, marcando la introducción de Marlhoro Pocket Pack, toda vez que, en la retrovisita realizada en fecha 28 de enero de 2009 por parte de Doña. Marisol, se ha podido comprobar que no existe una introducción de Marlboro Pocket Pack en la máquina y que, a mayor abundamiento, se mantenían las etiquetas viejas en lugar de haberse sustituido éstas por las nuevas, provocando un nulo impacto de los mismos y una malograda imagen de la Compañía.

  3. En fecha 15 de diciembre de 2008, usted imputó visita con introducción de Marlboro Pocket Pack al local "El desván cafetería-pub", ubicado en la calle Avda. Abrantes, nº 52, 28025, Madrid. Pues bien, en la retrovisita realizada en fecha 28 de enero de 2009 por parte de Doña. Marisol, se ha constatado que Marlboro Pocket Pack no está disponible en la máquina, así como que tampoco está disponible "Chesterfield Blue, como producto ni como facing, a pesar de que usted había reflejado en el Sistema Bravo de la Compañía su existencia. Además, las etiquetas que se encuentran en la misma son antiguas, por lo que los datos imputados por usted en el sistema Bravo de la Compañía son falsos.

  4. Usted imputó visita al local "Restaurante Magarri", sito en la Avda. Abrantes, nº 96,28025, Madrid, el día 15 de diciembre de 2008, marcando la introducción de Marlhoro Pocket Pack. Sin embargo, en la retrovisita realizada en fecha 28 de enero de 2009 por parte de Doña. Marisol se ha comprobado que no existe una introducción de Marlhoro Pccket Pack en la máquina. Además, se ha constatado que tampoco están disponibles las marcas Next White ni Chesterfield Corto, ni sus facings, a pesar de que usted lo tenía reflejado en el Sistema Bravo de la Compañía. Por otro lado, las etiquetas de los productos de la Compañía son las antiguas, no habiéndose sustituido por las nuevas, siendo éste, como usted bien sabe uno de sus cometidos profesionales.

  5. Además, en fecha 19 de diciembre de 2008, usted imputó visita al establecimiento "Aragoneses", sito en la calle Blandón, nº 2,28025, Madrid, marcando la introducción de Marlboro Pocket Pack, toda vez que, en la retrovisita realizada en fecha 28 de enero de 2009 por parte de Doña. Marisol, se ha podido comprobar que Marlboro Pocket Pack no está disponible en la máquina y que, a mayor abundamiento, se mantenían las etiquetas viejas en lugar de haberse sustituido estas por las nuevas. Asimismo, usted ha duplicado la ficha de este establecimiento en el sistema Bravo de la Compañía y, por tanto el número de datos falsos imputados.

  6. En fecha 17 de diciembre de 2008, usted imputó visita con introducción de Marlboro Pocket Pack al local "Hnos. Herraiz", ubicado en la calle Albox, nº 25, 28025, Madrid. De nuevo, en la retrovisita realizada en fecha 28 de enero de 2009 por parte de Doña. Marisol, se ha constatado que Marlhoro Pocket Pack no está disponible en la máquina y que las etiquetas que se encuentran en la misma son antiguas, por lo que los datos imputados por usted en el sistema Bravo de la Compañía son falsos y no se pudo producir la visita imputada.

  7. Usted imputó visita al local "La Abadía de Madrid", sito en la calle Guareña, nº 9, 28044, Madrid, el día 15 de diciembre de 2008, marcando la introducción de Marlboro Pocket Pack. Sin embargo, en la retrovisita realizada en fecha 28 de enero de 2009 por parte de Doña. Marisol, se ha comprobado que Marlboro Pocket Pack no está disponible en la máquina y que las etiquetas de los productos de la Compañía son las antiguas.

  8. El 17 de diciembre de 2008, usted imputó visita al establecimiento "Casa Lucio", sito en la calle Emperatriz, nº 13, 28044, Madrid, con acción de introducción de Marlboro Pocket Pack, toda vez que, en la retrovisita realizada en fecha 28 de enero de 2009 por parte de Doña. Marisol, se ha podido comprobar que no existe una introducción de Marlboro Pocket Pack en la máquina y que, a mayor abundamiento, se mantenían las etiquetas viejas en lugar de haberse sustituido estas por las nuevas.

  9. En fecha 17 de diciembre de 2008, usted imputó visita con introducción de Marlboro Pocket Pack al local "Cafetería Rubí", ubicado en la Calle Alfredo Alexi, nº 25, 28044, Madrid, siendo que, en la retrovisita realizada en fecha 28 de enero de 2009 por parte de Doña. Marisol, se ha constatado que no existe una introducción de Marlboro Pocket Pack en la máquina del referido local y que las etiquetas que se encuentran en la máquina expendedora son antiguas, por lo que difícilmente puede haberse producido la precitada visita reportada por usted al sistema Bravo de la Compañía.

  10. En fecha 22 de diciembre de 2008, usted reportó visitas al establecimiento "Kiosco Josefa Garcia Pinto", ubicado en la calle Salvador Allende, nº2, 28044, Madrid. Sin embargo, en la retrovisita realizada en fecha 28 de enero de 2009 por parte de Doña. Marisol, se ha podido comprobar que no existe una introducción de Marlboro Pocket Pack en la máquina y que, a mayor abundamiento, en dicha máquina todavía se pueden encontrar dos marcas de tabaco de la Compañía descatalogadas hace más de un año, concretamente, L&M Orange y Marlboro Wides.

  11. Usted imputó visita al local "La Galería", sito en la calle Los Morales, nº 10, 28044, Madrid, el día 17 de diciembre de 2008, marcando la introducción de Marlboro Pocket Pack. Sin embargo, en la retrovisita realizada en fecha 28 de enero de 2009 por parte de Doña. Marisol, se ha comprobado que Marlboro Pocket Pack no está disponible en la máquina y que las etiquetas de los productos de la Compañía son las antiguas, no habiéndose sustituido por las nuevas.

  12. En fecha 22 de diciembre de 2008, usted imputó visita con introducción de Marlboro Pocket Pack al local "Mesón Escalón", ubicado en la Avda. Aviación, nº 69, 28044, Madrid, siendo que, en la retrovisita realizada en fecha 28 de enero de 2009 por parte de Doña. Marisol, se ha constatado que no existe una introducción de Marlboro Pocket Pack en la máquina del referido local. Además, tampoco consta la referencia Chesterfield Red, ni su facing, a pesar de que así lo había usted imputado en el Sistema Bravo de la Compañía.

  13. El 19 de diciembre de 2008, usted imputó visita al establecimiento "El Galón", sito en la calle Camino Ingeniero, nº 1,28047, Madrid, marcando la introducción de Marlboro Pocket Pack, toda vez que, en la retrovisita realizada en fecha 29 de enero de 2009 por parte de Doña. Marisol, se ha podido comprobar que no existe una introducción de Marlboro Pocket Pack en la máquina y que se mantenían etiquetas muy antiguas en lugar de haberse sustituido estas por las nuevas, mientras que en el sistema Bravo de la Compañía consta que los facing son actuales.

  14. Con fecha 18 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR