STSJ Canarias 1841/2009, 18 de Diciembre de 2009

PonenteMARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2009:5783
Número de Recurso1665/2009
Número de Resolución1841/2009
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Consejería De Medio Ambiente Y Ordenación Territorial y CARTOGRÁFICA DE CANARIAS S.A. contra Sentencia nº 000462/2008 de fecha 12 de septiembre de 2008 dictad en los autos de juicio nº 0000681/2008 en proceso sobre DESPIDO , y entablado por D./Dña. Antonia , contra CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y CARTOGRÁFICA DE CANARIAS, S.A. (GRAFCAN) .

El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Mª Jesús García Hernández , quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

PRIMERO

La actora, D.ª Antonia , con D.N.I. nº NUM000 , ha venido siendo contratada por la empresa Grafcan (empresa pública constituida en un 80% de participación por el Gobierno de Canarias, un 10% del Cabildo de Gran Canaria, y un 10% del Cabildo de Tenerife), desde 1/6/05, desarrollando su trabajo en el Servicio de Estrategia e Información Territorial de la Viceconsejería de Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, como titulado superior.

SEGUNDO

La parte actora ha suscrito el siguiente íter contractual con Grafcan:

  1. - Contrato de arrendamiento de servicios de consultoría y asistencia técnica para la prestación de servicios de ordenación, indización y digitalización de los expedientes de planeamiento en el archivo de la Viceconsejería de fecha 1/6/05, con vigencia hasta el 31/12/05.

  2. - El 2/1/06 firma adenda al contrato anterior hasta 30/4/06.

  3. - La actora continúa prestando sus servicios sin cobertura contractual desde 1/5 hasta 6/6/07.

  4. - Contrato de arrendamiento de servicios de consultoría y asistencia técnica para la prestación de servicios desde 7/6/07 hasta 31/12/07 y posterior prórroga hasta 7/6/08, por reproducidos todos ellos en aras a la brevedad.

TERCERO

Las codemandadas suscribieron Convenio Marco para la realización, actualización, y gestión de la cartografía digitalizada de las Islas Canarias el 01.04.1992 (folio 138), estableciendo en su estipulación primera que el objeto del mismo era el regular las encomiendas de la Consejería de Política Territorial a la Empresa Cartográfica de Canarias, S.A. para la realización por ésta dentro del ámbito territorial de las Islas Canarias, y previo encargo formal por la Consejería de Política Territorial de todas o algunas de las siguientes actuaciones:

  1. Encargar a empresas:

    1. - La realización de vuelos fotogramétricos a diferentes escalas así como los apoyos de campo y aereotriangulación de los mismos.

    2. - La realización de la cartografía digitalizada a diferentes escalas.

    3. - Elaborar y actualizar material cartográfico.

    4. - Ejecutar los trabajos que se el encarguen.

    5. - Realizar cualquier tipo de estudio o trabajo urbanístico relacionado con la cartografía que se considere oportuno.

  2. Control y seguimiento de los trabajos contratados.

  3. Pago de los honorarios a los técnicos o empresas contratados.

  4. Iniciar la tramitación de la documentación necesaria para la aprobación y ejecución de trabajos de realización de vuelos fotogramétricos y cartografía digitalizada de las Islas Canarias en diferentes escalas.

  5. Cuantas gestiones y actuaciones sean necesarias para la correcta ejecución de los trabajos que le sean encomendados.

CUARTO

Las codemandadas suscribieron Convenio Marco regulador de las relaciones entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias y Grafcan, en fecha de

26.12.2006, estableciendo en su estipulación primera que el objeto del mismo era el regular las relaciones jurídicas de derecho entre la Consejería de Política Territorial y Cartográfica de Canarias, S.A. cuando aquella decida encomendarle a esta empresa la ejecución de las obras, trabajos asistencias técnicas, consultorías suministros fabricación de bienes muebles y prestación de servicios siempre dentro de su objeto social y que sean precisos para el ejercicio de sus respectivas competencias y funciones, así como las que resulten complementarias y accesorias a las mismas.

QUINTO

Con fecha de 19.05.2005 fue dictada Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial por la que se encargaba a la sociedad Grafcan la asistencia técnica denominada "producción y mantenimiento de datos del sistema de información geográfica de Canarias", a los efectos de realizarse antes del 31.12.2005.

SEXTO

Con fecha de 07.12.2006 fue dictada Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial por la que se encargaba a la sociedad Grafcan la asistencia técnica denominada "producción y mantenimiento de datos del sistema de información geográfica de Canarias", a los efectos de realizarse antes del 29.12.2006.

SÉPTIMO

Orden de 29.12.2006 fue modificada la Orden de 07.12.2006, en cuanto a un reajuste de anualidades hasta el 29.12.2009.

OCTAVO

La actora ha venido desarrollando sus funciones en el Servicio de Estrategia e Información territorial de la Viceconsejería de Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias desde el inicio de la relación laboral, en el Edificio de Usos Múltiples, bajo las directrices del Jefe de Servicio de la misma, realizando el mismo trabajo que el resto de funcionarios y personal laboral, en el mismo régimen horario, y utilizando los medios materiales de la administración.

Las funciones que realizaba eran las siguientes:

  1. - Recopilación, entre los distintos Servicios, de documentación de distintos Planes Generales.2.- Cotejo de documentos recopilados con respecto a los que pueda haber tanto en el Archivo de Oficina, como en el Archivo Central.

  2. - Elaborar los listados de los documentos que se han de pasar al archivo.

  3. - Preparado de la documentación para las transferencias al Archivo Central.

  4. - Atención al público en general del archivo de oficina que solicitan para la consulta in situ, para sacar fotocopias, etc.

  5. - Atención al personal administrativo de la Consejería, técnico y jurídicos, facilitándole la documentación obrante en el archivo del Servicio de Estrategia e Información Territorial.

  6. - Actualizar las distintas modificaciones que se han ido produciendo en los Planes Generales aprobados.

  7. - Ordenación de expedientes Administrativos Previos (Cabildo o Ayuntamientos).

  8. - Expedientes Administrativo de la Viceconsejería de Medioambiente y Ordenación Territorial.

  9. - Documentación Técnica.

  10. - Foliación, indización y digitalización de expedientes.

NOVENO

La actora recibe por burofax escrito fechado el 21/5/08, recibido el 27/5/08, comunicando que el 6 de junio finaliza su contrato.

El 2/6/08 presentó reclamación previa de derechos-cantidad, por reproducida.

DÉCIMO

La actora se encontraba de alta en el RETA y cobraba de Grafcan por los servicios prestados las cantidades que figuran en las facturas, por reproducidas.

UNDECIMO

El salario de un titulado superior asciende en la CAC a la suma de 112#54 euros diarios brutos prorrateados.

DUODECIMO

Un compañero del mismo servicio que la actora, D. Ambrosio , interpuso demanda por derechos contra la CAC el 10/3/08 y el 11/4/08 demanda en el Juzgado de Gáldar contra la CAC y Grafcan. El 13/6/08 obtiene sentencia favorable a sus pretensiones, por reproducida .

Otra compañera de la demandante, D.ª Soledad , presentó demanda de despido nulo contra las mismas partes. La vista estaba señalada para el 10/9/08 en el Juzgado de lo Social nº 1 de esta ciudad, autos nº 686/08 .

DECIMOTERCERO

En fecha 16.06.2008 la actora interpone la preceptiva reclamación administrativa.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: Que estimo la demanda interpuesta con carácter principal por D.ª Antonia , contra CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DE CANARIAS, y CARTOGRÁFICA DE CANARIAS, S.A. (GRAFCAN), y en su virtud declaro nulo el despido efectuado por la demandada, condenando a la CAC a que readmita de forma inmediata a la trabajadora en su puesto de trabajo, con el abono en todo caso de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, 7/6/08, hasta la efectiva readmisión, a razón de 112#54 euros diarios. TERCERO.-Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación, que fue impugnado de contrario

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia, apreciando fraude de Ley en la contratación, cesión ilegal y vulneración de la garantía de indemnidad, acoge la demanda dirigida por Dª Antonia frente a Cartográfica de Canarias S.A. (GRAFCAN) y la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, declara que su cese es constitutivo de despido nulo y condena a la Comunidad Autónoma de Canarias a su inmediata readmisión con abono de los salarios dejados de percibir desde que el despido se produjo.Expresando su disconformidad se alzan en suplicación las codemandadas a través de sus respectivas direcciones legales. Sus recursos son impugnados por la dirección legal de la actora.

SEGUNDO

Ambas partes articulan un motivo, amparado en el ap. a/ artículo 191 LPL ,. interesando la nulidad de la sentencia.

  1. La Letrada de GRAFCAN denuncia que incurre en incongruencia omisiva con vulneración de lo preceptuado en el artículo 218.1 LEC, al no ofrecer resolución a dos cuestiones oportunamente planteadas:

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