STSJ Canarias 1224/2011, 13 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1224/2011
Fecha13 Septiembre 2011

SENTENCIA

Ilmos. /as Sres. /as

SALA Presidente

D./Da. MARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ

Magistrados

D./Da. EDUARDO JESUS RAMOS REAL (Ponente)

D./Da. IGNACIO DUCE SANCHEZ DE MOYA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de septiembre de 2011.

En el recurso de suplicación interpuesto por INSTITUTO CANARIO DE CIENCIAS MARINAS y Jose Pablo contra sentencia de fecha 10 de marzo de 2011 dictada en los autos de juicio no 779/2010 en proceso sobre Despido Objetivo, y entablado por D. Jose Pablo contra el INSTITUTO CANARIO DE CIENCIAS MARINAS, FUNDACION EMPRESA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA, FUNDACION CANARIA UNIVERSITARIA DE LAS PALMAS y MINISTERIO FISCAL.

El Ponente, el/la Ilmo. /a Sr. /a D. /Dna. EDUARDO JESUS RAMOS REAL, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D. Jose Pablo contra la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (Agencia de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información de la Comunidad Autónoma de Canarias), el Instituto Canario de Ciencias Marinas (ICCM), la 'FUNDACIÓN UNIVERSITARIA de LAS PALMAS' y la 'FUNDACIÓN EMPRESA UNIVERSIDAD de LA LAGUNA' y que en su día se celebró la vista, dictándose sentencia con fecha 10 de marzo de 2011 por el JUZGADO de lo SOCIAL No 5 de los de Las Palmas de Gran Canaria.

SEGUNDO

En la sentencia de instancia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

La parte actora ha venido prestando servicios en el Instituto Canario de ciencias Marinas, con categoría profesional de Técnico Titulado Superior -en su condición de Licenciado universitario- desde febrero de 2007, en calidad de autónomo. El actor percibió durante el último ano un promedio de 1.553,43 euros al mes brutos. El salario contenido en las tablas salariales del Convenio de la Comunidad Autónoma Canaria para la categoría del actor asciende a 2.993,31 euros al mes sin prorrateo de pagas extraordinarias y hasta junio de 2010, siendo, a partir de dicha fecha, de 2.843,47 euros/mes sin prorrateo de pagas extraordinarias. Incluyendo dicho prorrateo, la cuantía ascendería a 3.317,18 euros diarios brutos prorrateados (110,57 euros/día con prorrata).

SEGUNDO

El actor ha prestado los servicios que se relacionan en el marco de los siguientes proyectos de investigación: 1.- Trabajos de muestreo y análisis de laboratorio de muestras biológicas (peses óseos y cartilaginosos) de pescas profundas). 2.- Apoyo a la investigación en trabajos de muestreo y análisis de laboratorio de muestras biológicas procedentes de pescas experimentales de las campanas CANPAL-1 y CANPAL-2, en el marco del proyecto PIC Interreg III B PESCPROF-3. 3.-Apoyo a la investigación en trabajos de alimentación de bases de datos, tratamiento y procesamiento de información biológica y pesquera de pejesable negro (Aphanopus) y especies accesorias, en el marco del proyecto PIC Interreg III B PESCPROF-3. 4.- Apoyo a la investigación en trabajos de recopilación y tratamiento informático de actividades de promoción, divulgación social, publicidad e información pública del proyecto PIC Interreg III B PESCPROF-3. 5.- Apoyo a la investigación en la realización de los muestreos biológicos de laboratorio de las capturas (crustáceos) de la campana de mar CANPLESIO-L, en el marco del proyecto PIC Interreg III B PESCPROF-3. 6.- Apoyo a la investigación en la elaboración de una base de datos biológicos y pesqueros sobre los crustáceos y peces capturados durante la campana CANPLESIO-Lanzarote, en el marco del proyecto PIC Interreg III B PESCPROF-3. 7.- Apoyo a la investigación en la divulgación de resultados del proyecto REDECA. 8.- Tratamiento de datos para la preparación de la presentación power-point titulada 'Reproducción y crecimiento del camarón soldado en aguas de Canarias', expuesta como comunicación oral en el XV Simposio Ibérico de Estudios de Biología Marina (Madeira-septiembre 2008). 9.- Apoyo a la investigación en el marco de la Acción 'Estudio e informe sobre el estado actual de los nuevos recursos pesqueros de profundidad en aguas de Canarias', cofinanciado por la Secretaría General del Mar. Tercera, Quinta y Sexta parte. 10.- Apoyo a la investigación en el marco de la Acción 'Estudio e informe sobre el estado actual de los nuevos recursos pesqueros de profundidad en aguas de Canarias', cofinanciado por la Secretaría General del Mar. Proyecto MAPA. Bloque 3. 11.-Apoyo a la investigación en el marco del proyecto MARPROF en la realización de las siguientes tareas relacionadas con la campana de prospección y depleción del recurso camarón soldado en aguas profundas de Fuerteventura. TERCERO.-Como responsable de los proyectos, un Investigador principal funcionario del Instituto donde prestaba servicios el actor era quien decidía su retribución, el contenido de los trabajos a desarrollar y la forma en que se debía efectuar el trabajo, así como los descansos y las vacaciones. CUARTO.- El actor percibía sus retribuciones del Instituto Canario de Ciencias del Mar previa presentación de facturas. Así mismo percibió comisiones de servicio por la realización de campanas y desplazamientos con cargo al mismo Instituto. Sólo en dos ocasiones las facturas le fueron abonadas por la Fundación Universitaria de Las Palmas, siéndole abonada en una ocasión por la Fundación Empresa Universitaria La Laguna. QUINTO.- El actor disponía de un mando de acceso al centro, como el resto de los empleados del mismo. SEXTO.- El Instituto Canario de Ciencias Marinas se creó mediante Decreto 53/1996, de 28 de marzo, como órgano colegiado, sin personalidad jurídica, integrado en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y adscrito a la Dirección General de Universidades e Investigación, con el carácter de centro oficial de investigación. Actualmente, se halla integrado en la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información del Gobierno de Canarias. SÉPTIMO.-Mediante resolución de 31/8/1995 de la Dirección General de Universidades e Investigación se determinó la utilización de medios del Instituto Canario de Ciencias Marinas por personal externo al mismo, de acuerdo con las siguientes categorías: Investigador asociado, Colaborador Científico asociado o Investigador o colaborador científico visitante, Becario y Doctorando. En dicha resolución expresamente se senala que 'cualquiera de las situaciones de vinculación científica a que se ha hecho referencia (...) no genera ninguna relación laboral, vínculo administrativo o de prestación de servicios entre quienes las ostenten y la Administración, sino que por el contrario determinan en qué manera tales personas pueden disfrutar de la posibilidad de desarrollar sus actividades de investigación y desarrollo tecnológico haciendo uso de las instalaciones y medios disponibles en el Instituto Canario de Ciencias Marinas'. No obstante lo anterior, en ocasiones se ha realizado contrato laboral con algunos colaboradores. OCTAVO.- La Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y la Fundación Universitaria de Las Palmas, con fecha 5/3/1996, suscribieron convenio de colaboración para la gestión de proyectos y acciones de investigación del Instituto Canario de Ciencias Marinas. En dicho Convenio se indicaba que la Fundación gestionaría los fondos económicos que se asignaran para la ejecución de los proyectos de investigación a realizar por el Instituto, con financiación ajena. Así mismo la citada Consejería también suscribió con fecha 31/7/08 con la Fundación Empresa Universidad de La Laguna Convenio de Colaboración para realizar un estudio científico de Evaluación y Parámetros Biológicos de Especies Marisqueras Intermareales. NOVENO .- El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a través del Instituto Canario de Ciencias Marinas, suscribieron el 16/7/08,,convenio de colaboración para el desarrollo de proyectos relacionados con la actividad productiva en aguas oceánicas y profundas tanto en temas pesqueros como de acuicultura. DÉCIMO.- Mediante sendas resoluciones de 19/5/2010 del Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información se declaró desierto tanto el procedimiento de contratación administrativa del servicio consistente en la obtención, identificación y muestreo de laboratorio de crustáceos y peces de profundidad y su estudio organoléptico y nutricional en el marco del proyecto Marprof del programa de cooperación trasnacional Madeira-Azores-Canarias, como el referido al servicio consistente en la realización de acciones de promoción de nuevos productos pesqueros y divulgación de resultados del proyecto Marprof. UNDÉCIMO.- El actor, al igual que otros companeros, con fecha 16/6/2010, interpuso reclamación previa, y posteriormente, con fecha 13/7/2010, demanda, frente a las hoy demandadas, solicitando ser reconocido como personal laboral indefinido del Instituto Canario de Ciencias del Mar, con el abono de las correspondientes diferencias salariales. Dicho procedimiento ha sido turnado en el Juzgado de lo Social núm. 7, con el número de autos 760/10, encontrándose suspendido por litispendencia en relación con este procedimiento de despido. DUODÉCIMO.- A raíz de la presentación de estas demandas, el Director del Instituto, D. Cesareo, habló con los trabajadores que interpusieran las demandas para que las retirasen, indicando que si no lo hacía no renovaría sus contratos. Algunos de los trabajadores que presentaron demanda, fueron cesados junto con el actor. Otros, continuaron prestando servicios, pese a haber interpuesto la demanda, al no haber finalizado el trabajo del que ya habían recibido su remuneración con carácter anticipado, habiéndosele manifestado...

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