STSJ Asturias 3762/2008, 21 de Noviembre de 2008

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2008:4843
Número de Recurso1517/2008
Número de Resolución3762/2008
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIAEn el RECURSO SUPLICACION 1517/2008, formalizado por el Letrado de la COMUNIDAD, en nombre y representación de CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS, contra la sentencia de fecha veintiuno de mayo de dos mil ocho, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 136/2008, seguidos a instancia de Luis Angel frente a la CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS, parte demandada representada por el letrado de la Comunidad, en reclamación de DESPIDO OBJETIVO, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintiuno de mayo de dos mil ocho por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - Don Luis Angel , de las circunstancias personales que figuran en el encabezamiento de la demanda rectora, ha venido prestando servicios para la Administración de Principado de Asturias como contratado laboral temporal en los periodos, con la categoría profesional y en el centro de trabajo que a continuación se explicitan:

    Período Categoría Centro

    13.10.86 a 31.01.87 Ldo. En Geografía e Historia Escuela Taller de Valdediós

    01.02.87 a 31.07.88 Profesor de Historia Escuela Taller de Valdediós

    11.11.88 a 31.12.88 Titulado Superior (Historiador) Escuela Taller de Valdediós

    01.01.89 a 31.12.91 Titulado Superior (Historiador) Escuela Taller de Valdediós

    01.01.92 a 31.01.96 Titulado Superior (Historiador) Escuela Taller de Valdediós

    01.02.96 a 31.03.96 Titulado Superior (Historiador) Antigua Escuela Taller Maliayo-Valdediós

    30.12.96 a 29.12.98 Titulado Superior (Director) Escuela Taller Maliayo II

    30.12.98 a 29.06.99 Titulado Superior (Promotor Inserción) Escuela Taller Maliayo II

    30.06.99 a 29.12.99 Titulado Superior (Director) Escuela Taller Cornellana

    30.12.99 a 28.12.00 Titulado Superior (Director) Escuela Taller Cornellana

    29.12.00 a 28.12.01 Titulado Superior (Director) Escuela Taller San Juan de Capistrano

    29.12.01 a 28.12.02 Titulado Superior (Director) Escuela Taller San Juan de Capistrano

    30.12.02 a 29.12.03 Titulado Superior (Director) Taller de empleo Capistrano

    30.12.03 a 29.12.04 Titulado Superior (Director) Taller de empleo Capistrano II

    01.01.05 a 29.06.05 Titulado Superior (Promotor Inserción) Taller de empleo Capistrano II

    01.07.05 a 30.06.07 Titulado Superior (Director) Escuela Taller Costa Verde

    01.07.07 a 29.12.07 Titulado Superior (Promotor Inserción) Escuela Taller Costa Verde

    Las retribuciones brutas anuales suponen 38.461,62 € que entre 365 días arrojan un bruto día todo incluido a efectos de indemnización de 105,37 €. No ostenta ni ha ostentado cargo alguno de representación legal o sindical de los trabajadores.

  2. - Ha percibido prestación por desempleo en los periodos:-01.08.88 a 10.11.88,

    -01.04.96 a 29.12.96,

    -30.12.07 en adelante.

    En las nóminas de 2007 se le retribuían 6 trienios.

    El 06-11-07 se le preavisa por escrito del cese por fin de obra con efectos al 29-12-07.

    Disconforme, presentó reclamación previa el 16.01.08 que no consta haber sido objeto de expresa contestación al día de la fecha. Articulándose el 15.02.08 la posterior demanda.

  3. - Por carta de 16.05.08 se le comunica que queda vinculado a la Administración del Principado de Asturias mediante un nombramiento de funcionario interino por obra o servicio determinado del Cuerpo Superior de Administradores consistente en la ejecución del programa de carácter temporal proyecto de Escuela Taller "Orfanato Minero" (Oviedo), aprobado por Consejo de Gobierno de 14 de junio de 2007, Expediente 33/00027/07, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, que surtirá efectos a partir del 19 de mayo de 2008 (fecha de celebración del juicio) hasta el 31-03-2009 para prestar servicios en la Dirección General de Formación Profesional de esa Escuela Taller.

  4. - Es de aplicación a la relación laboral el V convenio colectivo para el personal de la admón. del Principado de Asturias 2005-2007 (B.O.P.A. de 26-8-05). Su art. 34.1 .b) reconoce el complemento de antigüedad a todo el personal (sea o no temporal) incluido en su ámbito funcional de aplicación.

  5. - Fue contratado el 11-11-88 hasta el 31-12-88 al amparo de lo establecido en el art. 2 del R.D. 2104/84 de 21 de noviembre (obra o servicio) con objeto de poner en marcha o funcionamiento la escuela taller de Valdediós en virtud de convenio INEM-PRINCIPADO.

    -El 1.1.89 a 31.12.89, al amparo del R.D. 1989/1984 , estipulándose en virtud de convenio de colaboración suscrito por el INEM Y LA Admón. Del Principado de Asturias, previéndose en cláusula adicional que el trabajador podrá realizar trabajos vinculados a la restauración de monumentos en otros edificios y lugares ajenos al Monasterio de Valdediós.

    Fue prorrogado en dos ocasiones por un año cada vez.

    -El 1.1.92, para prestar servicios como historiador (Titulado Superior) en la obra Escuela Taller de Valdediós (trabajos específicos de su categoría), conjuración pactada hasta 30.06.92.

    -Es contratado después bajo la modalidad de obra o servicio determinado desde 1.2.96 hasta que finalice la obra o servicio que constituyen su objeto (colaborar en la elaboración de la publicación "Restauración de Sta. María de Valdediós. Balance de la Escuela Taller de Valdediós 1986-1995").

    Es asimismo contratado por obra o servicio el 30.12.96 con duración pactada hasta 29.12.98 prevista en principio como fin de obra, descrita (sic): "realización de las funciones propias de su categoría en orden a la puesta en marcha de la Escuela Taller Maliayo II, aprobado por resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo de 25-X-1996 (expediente de viabilidad nº 144/96), así como la realización de cuantas obras, servicios y actividades se deriven de dicho puesto a lo largo del desarrollo del programa formativo en el que se desenvolverá dicha promoción, tales como la coordinación, organización y representación del centro, la gestión de recursos humanos y materiales, etc".

    -En el concertado para el periodo 30.12.98 a 29.06.1999 (fecha prevista para el fin de obra), se describe ésta literalmente como sigue:

    "La realización de las actividades, obras y servicios concretos dirigidos a conseguir el mayor grado de inserción posible de los alumnos trabajadores de la Escuela Taller Maliayo II, de conformidad a la obligación establecida por la O.M. de 3 de agosto de 1994 y Resolución de desarrollo de 7 de julio de 1995 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por las que se regula el programa público de Escuelas Taller, Casas de Oficios y Unidades de Promoción y Desarrollo".

    -En el posterior de 30.06.99 a 29.12.99 (fecha prevista para el fin de obra) se prevé que el objeto consiste en "la realización de las funciones propias de su categoría -director- en orden a la puesta enmarcha de la promoción de la escuela taller de Cornellana,...

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