STSJ Murcia 293/2007, 26 de Marzo de 2007
Ponente | JOSE ABELLAN MURCIA |
ECLI | ES:TSJMU:2007:378 |
Número de Recurso | 235/2007 |
Número de Resolución | 293/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Marzo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por doña Rosario , contra la sentencia número 0436/2006 del Juzgado de lo Social número 1 de Cartagena, de fecha 10 de octubre, dictada en proceso número
0.334/2006, sobre incapacidad, y entablado por doña Rosario frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. La demandante, nacida el 2-11-45, se encuentra filiada a la Seguridad Social con el n° NUM000 y ha sido dada de alta en el Régimen General por la realización de las unciones propias de su profesión habitual de encargada de fabricación. SEGUNDO. La actora inició situación de incapacidad temporal en fecha 11-6-04. El dictamen-propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades es de fecha 19-01-06. TERCERO. El Instituto Nacional de la Seguridad Social, en resolución de fecha 27-1-06, declaró la inexistencia deinvalidez permanente en ninguno de sus grados. CUARTO. Disconforme con la anterior resolución, la demandante formuló reclamación administrativa previa en la que solicitaba se le reconociera la situación de incapacidad permanente absoluta, reclamación que fue desestimada por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 3-4-06. QUINTO. La demandante padece las siguientes dolencias y escuelas: trastorno distímico. SEXTO. La base reguladora mensual asciende a 816,98 euros"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por doña Rosario , absuelvo al Instituto Nacional de la Seguridad Social de las pretensiones deducidas en su contra".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Juan Carlos Lozano Martínez, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.
FUNDAMENTO PRIMERO.- Se recurre la sentencia de instancia por la parte demandante, con el propósito de que se proceda a su revocación y se dicte una nueva que sea favorable a sus pretensiones.
La sentencia recurrida, desestimó la pretensión de la parte demandante, doña Rosario , y en cuya instancia fue solicitada por la trabajadora, mediante demanda, una incapacidad permanente absoluta o, subsidiariamente, total.
FUNDAMENTO SEGUNDO.- Al amparo del artículo 191 , apartado b), se solicita la revisión de los hechos declarados probados de la sentencia de instancia, concretamente se solicita la modificación del hecho declarado probado quinto -en el...
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