STSJ Galicia , 10 de Abril de 2007

PonenteROSA MARIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2007:957
Número de Recurso693/2007
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 693/07 interpuesto por D. Juan Antonio contra la sentencia del

Juzgado de lo Social núm. DOS DE PONTEVEDRA siendo Ponente el ILMA. SRª. Dª. ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos número 445/06 se presentó demanda por D. Juan Antonio en reclamación de DESPIDO siendo demandados la empresa CONSERVAS PEÑA S.A, BERNARDO ALFAGEME S.A y la empresa INVERSIONES LOUREDO S.L. en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 5 de diciembre de 2006 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- Don Juan Antonio , mayor de edad, con D.N.I. número NUM000 , vino prestando servicios para la empresa Conservas Peña S.A desde el 4 de agosto de 1998, con la categoría profesional de director técnico de fabricación y percibiendo un salario mensual de 2.897,70 euros incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias./ SEGUNDO.- con fecha 26 de mayo de 2006, la empresa Conservas Peña S.A., comunica al actor carta de despido del siguiente tenor literal: "Muy Sr. Nuestro; La dirección de esta empresa ha decidido proceder a su despido con fecha y efectos de hoy 26 de mayo de 2006, en base a las siguientes causas objetivas: la empresa se encuentra en situación económica de perdidas que en el pasado ejercicio han ascendido a la suma de 2.240.215 euros. Por un lado y como espúblico y fue comunicado a los trabajadores, se ha integrado en el grupo de empresas de Bernardo Alfageme S.A., poseedor de otras tres plantas fabriles sitas en Vigo, Ribadumia, y O Grove, que cuentas con una amplia estructura común de dirección y administración. La referida situación de perdidas impone la amortización de su puesto de trabajo, elección que se estima adecuada además desde el punto de vista técnico, puesto que sus funciones como director de área de calidad pueden ser asumidas por las direcciones de control de calidad y gestión de calidad que son comunes hoy a todo el grupo de Bernardo Alfageme S.A., permaneciendo en las plantas exclusivamente técnicos o auxiliares de laboratorio de los cuales Conservas peña S.A ya cuenta con dos. Económicamente el coste de las direcciones de control de calidad y gestión de calidad dividido entre las tres plantas fabriles es de 2.015, 67 euros mensuales mientras que el de Conservas Peña S.A., que es el de usted, asciende a 3.813,09 euros. Lamentamos esta decisión, debida exclusivamente a la necesidad de adecuar nuestros recursos a la situación de perdidas y a la posibilidad de utilizar recursos compartidos con el grupo BASA. Por lo expuesto y al amparo de los arts. 52 y 53 del ET se le comunica su despido poniendo a su disposición talón por importe de 15.661 euros, por la suma de 20 días de indemnización por año de servicio y el prorrateo legal, así como copia de las cuentas anuales, extracto de costes de personal de calidad y laboratorio en esta empresa y en el grupo Bernardo Alfageme S.A. y cuanta documentación quiera usted examinar, tanto de Conservas Peñas S.A, como de las empresas referidas en esta carta. Asimismo se precede a liquidarle a usted mediante otro talón los salarios correspondientes a los 30 días de preaviso. Le rogamos firma usted copia de esta carta, y de los talones que recibe a los solos efectos de probar su entrega, y sin que ello suponga su conformidad con extremo alguno"./ TERCERO.- Con fecha 17 de marzo de 2006 el consejo de administración de Conservas Peña S.A. y Bernardo Alfageme S.A., acordaron iniciar el proceso de fusión por absorción de la sociedad Bernardo Alfageme S.A pro la sociedad Conservas Peña S.A Conservas Peña S.A tiene su domicilio en Villagarcía de Arosa, y Bernardo Alfageme S.A tiene su domicilio en Vigo./ CUARTO.- Conservas peña S.A, según cuentas anuales del año 2005, ha resultado con unas pérdidas de 2.240.215 euros, según cuentas de pérdidas y ganancias, documento que obra en autos y se tiene por reproducido./ QUINTO.- En Bernardo Alfageme S.A la dirección de calidad la lleva Doña Lorenza , que cobra un salario bruto al año de 30.073 euros, y se encuentra sito en Vigo, y en Conservas Peña S.A, la dirección de calidad la llevaba el actor que cobraba un salario bruto al año de 34.772 euros, sito en Villagarcía de Arosa./ SEXTO.- Bernardo Alfageme

S.A dispone de manual de calidad propio, que obra en autos y se da por reproducido, y conservas Peña S.A. carece de manual de calidad propio./ SÉPTIMO.- Con fecha 22 de febrero de 2002 en cumplimiento del art. 38 de la Ley de Prevención de riesgos laborales se constituyó el comité de seguridad y salud, en Conservas Peñas S.A., siendo el actor el director de calidad. Con fecha 6 de julio de 2004 se modifica el comité de seguridad y salud de Conservas peña S.A. siendo el director Don Serafin ./ OCTAVO.- El actor no ostenta ni ha ostentado la condición de representante sindical./ NOVENO.- Presentó el actor papeleta de conciliación ante el SMAC, celebrándose el acto de conciliación con el resultado sin avenencia".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que desestimo la demanda interpuesta por DON Juan Antonio , contra las empresas CONSERVAS PEÑA, S.A, BERNARDO ALFAGEME S.A e INVERSIONES LOUREDO S.L, absolviendo a dichas empresas de las pretensiones de las demandas".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda por entender que el despido objetivo de fue objeto el demandante es ajustado a derecho.

Frente a ella el propio demandante interpone recurso de suplicación y al amparo del art. 191 b) de la Ley de Procedimiento Laboral pretende la revisión de los hechos declarado probados y en concreto la adición de los siguientes hechos:

  1. Conservas Peña tiene previsto una proyección de incremento de ventas de un 67% para el ejercicio 2005 a partir de mayo, que comenzará en Mayo del mismo año y obtener beneficios en un tramo temporal de 2 años.

    Al folio 124 de autos consta esta afirmación, que por ello admitimos, aunque haciendo constar que se trata del informe de auditoria de la empresa a diciembre de 2004.

  2. un nuevo hecho con la redacción siguiente: Conservas Peña S.A el 3 de Febrero del año 2006 ha comprado el cien por ciento del Grupo Bernardo Alfageme incluidas sus sociedades participadas por valorde 24.2 millones de Euros. Con fecha 17 de Marzo de 2006 el Consejo de Administración de Conservas Peña S.A y Bernardo Alfageme Sociedad Anónima acordaron iniciar el proceso de fusión por absorción de la Sociedad Bernardo Alfageme por la Sociedad Conservas Peña S.A.

    No admitimos esta redacción porque es sesgada los documentos 209 y siguientes son noticias de periódicos y en los folios 246 y 247 consta el proyecto de fusión de las empresas Conservas Peña SA y Conservas Bernardo Alfageme, que la sentencia de instancia ya declara probado en el hecho tercero.

  3. Que: Conservas Peña según cuentas anuales del año 2005 ha resultado con unas pérdidas de

    2.240.215 Euros, siendo su facturación la de 9.972.445 Euros. Que los gastos de explotación (excluidas las existencias) para el 2005 supusieron 13.275.236 Euros. El personal de Peña lo integran 93 trabajadores siendo los gastos de personal para el 2005 el de 2.241.601.26. Que tras la fusión por absorción en fecha 26 de Mayo del 2006 se despidió al actor por causas objetivas por parte de Conservas Peña. En fecha 12 de Julio y 21 de Julio se despidió a otros 2 trabajadores por las mismas causas por parte de la empresa absorbida Bernardo Alfageme.

    Admitimos la nueva redacción aunque la propia sentencia recurrida en el hecho probado 4º da por reproducido...

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