STSJ Aragón 408/2006, 19 de Abril de 2006

PonenteJUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
ECLIES:TSJAR:2006:364
Número de Recurso277/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución408/2006
Fecha de Resolución19 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En los recursos de suplicación núm. 277 de 2006 (Autos núm. 398/2005), interpuesto por la parte demandante D. Luis Antonio y por la demandada DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN -Departamento de Educación, Cultura y Deporte-, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Huesca, de Zaragoza, de fecha 30 de diciembre de 2005, sobre Despido. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Luis Antonio , contra la Diputación General de Aragón, Departamento de Educación, Cultura y Deporte, sobre Despido, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha 30 de diciembre de 2005 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando la demanda interpuesta por Luis Antonio frente al DEPARTAMENTO DE CULTURA Y DEPORTE DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGON, por despido, debo declarar y declaro improcedente el despido y debo-condenar y condeno al demandado a que a su elección, y dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, readmita al actor en el mismo puesto de trabajo o le abone la Suma 2.682 ,90 € y al abono de los salarios dejados de percibir desde el 3 de abril de 2005, fecha en que se data el despido al 30 de abril de 2005, la de terminación del contrato".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"1º.- Por anuncio del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, publicado en el BOA n° 39 de 2de abril de 2004, se convocó la licitación de varios contratos de consultoría y asistencia promovidos por la Dirección General de Patrimonio Cultural en materia de archivos.

En el mismo consta como Entidad adjudicadora, Diputación General de Aragón; dependencia que tramita el expediente la Dirección General de Patrimonio Cultural; objeto de las contratos: contrato SAM 2-Organización del Fondo Delegación Provincial de Abastecimientos y Transportes conservada en el Archivo Histórico Provincial de Huesca.

Plazo de ejecución: 12 meses: forma, concurso público, presupuesto contrato 2/2004; importe total

23.000 €, IVA incluido año 2004, la suma de 15.333,33 € y año 2005, 7.666,67 €.

Requisito específico del contratista: solvencia económica, financiera y técnica, y los gastos del anunció a costa del adjudicatario.

  1. - La resolución del Director General del Patrimonio Cultura de 6 de mayo de 2004, resuelve la adjudicación del contrato de consultoría y asistencia técnica identificado como SAM 2/2004, cuyo objeto es la organización del fondo Delegación Provincial de Abastecimientos y Transportes conservado en el Archivo Histórico Provincial de Huesca (lª fase), a favor de Luis Antonio , licitador único, por un importe total de

    22.700,00 €, incluido el IVA con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.608, proyecto de inversión 2004-2-4521-005 del programa 4521.

  2. - A consecuencia de la adjudicación anterior, el 7 de mayo de 2004, se otorgó un contrato de consultoría y asistencia en el que participó el Director General de Patrimonio Cultural en nombre y representación del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Diputación General de Aragón, y sus cláusulas más .significativas son las siguientes:

    1. El presente contrato tiene por objeto la organización del fondo Delegación Provincial de Abastecimientos y Transportes, conservado en el Archivo Histórico Provincial de Huesca.

    2. El precio de la presente contratación es de 22.700,00 E, incluido el IVA con la asignación por anualidades, para 2004 de 15.333,33 €, y para el 2005 de 7.666,67 €.

    3. El pago de la cantidad se efectuará como pago periódico, previa entrega de las facturas correspondientes y expedición por la Administración de la certificación acreditativa de ser conforme aquellas a las condiciones fijadas en este contrato.

    4. No procede revisión de precios y el plazo de ejecución será de 12 meses a contar desde el 1 de mayo de 2004.

    5. El adjudicatario para atender a sus obligaciones podrá contratar al personal que estime necesario, si bien, en este caso, dependerá exclusivamente del mismo y en caso de accidente o perjuicio a los operarios, el adjudicatario cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes, sin que ésta alcance al Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

    6. La ejecución del contrato se llevará a cabo a riesgo y ventura del contratista, el que en todo caso será responsable de la calidad técnica de los trabajos.

    7. El incumplimiento del plazo total para la ejecución faculta al órgano de contratación para optar

      indistintamente a la resolución del contrato o a la imposición de la sanción pecuniaria.

    8. E1 contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, que será constatado mediante acto formal y positivo de conformidad dentro del mes siguiente de haberse producido la realización de la prestación objeto del contrato.

  3. - Dicho contrato fue sometido a la Intervención Delegada en el Departamento de Educación y Ciencia, la que el 6 de mayo de 2004, emitió informe favorable.

  4. - El actor a fin de percibir la remuneración pactada, debía presentar cada mes una minuta en la...

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