STSJ Castilla y León 1375/2007, 26 de Septiembre de 2007

PonenteMARIA DEL CARMEN ESCUADRA BUENO
ECLIES:TSJCL:2007:4478
Número de Recurso1375/2007
Número de Resolución1375/2007
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm.1375 de 2.007, interpuesto por EUROLIMP S.A contra sentencia del Juzgado de lo Social DOS DE SALAMANCA (Autos 889/06) de fecha 28 DE MARZO DE 2007 dictada en virtud de demanda promovida por Dª Regina contra EUROLIMP S.A, sobre RECONOCIMIENTO DERECHOS, ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. DOÑA Mª Carmen Escuadra Bueno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 19 de diciembre de 2006 se presentó en el Juzgado de lo Social de Salamanca Dos demanda formulada por Dª Regina en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

"PRIMERO.- La demandante Da. Regina , mayor de edad con DNI n° NUM000 presta servicios para la empresa Eurolimp S.A., desde el 13 de septiembre de 2006 al resultar adjudicataria del servicio del limpieza del centro de Salud Mental y Servicio Sociales de Salamanca (antiguo Hospital Psiquiátrico de Salamanca) teniendo reconocida antigüedad de 7 de enero de 1983, con categoría profesional delimpiadora.

SEGUNDO

Con anterioridad la actora ha prestado servicios en las siguientes condiciones:

  1. ) para la empresa LIMTEC S.A. suscribiendo el 4 de marzo

    de 1981 contrato de trabajo con jornada de 7 horas diarias pactando una duración de dos meses por acumulación de tareas en el Hospital Psiquiátrico de Salamanca, y el 5 de mayo de 1981 contrato de trabajo con duración sujeta al contrato subasta con Hospital Psiquiátrico prestando servicios hasta el 31-12-82.

  2. ) para la entidad Anónima de Limpiezas Especiales S.A. suscribiendo contrato de trabajo de fecha 7 de enero de 1983 para prestar servicios como limpiadora con jornada de 42 horas semanales, siendo el objeto del contrato la prestación del servicio de limpiadora en el Hospital Psiquiátrico de Salamanca con duración hasta la terminación de la contrata de la empresa con el citado centro, entrando en vigor la subrogación obligada del nuevo adjudicatario.

  3. ) para la entidad Atlántica de Limpiezas y Mantenimiento S.A. que fue la que sucedió a Anónima de Limpiezas Especiales S.A.

TERCERO

La actora venía realizando su trabajo en el Centro de Salud Mental y Servicios Sociales en jornada de tarde de 15:00 a 22h.

CUARTO

El 6 de noviembre de 2006 la dirección de la empresa entregó a la actora una comunicación con el siguiente contenido:

"Muy Sra. Nuestra: Desde que nos fue adjudicada la contrata de limpieza del Centro de Salud Mental y Servicios de Salamanca, lugar en el que Ud. presta servicios, de manera progresiva, hemos venido detectando como parte de las dependencias del centro han quedado inutilizadas y por tanto clausuradas como consecuencia de no disponer el cliente de suficiente número de pacientes de nuevo ingreso.

Esta circunstancia ha repercutido notablemente en el servicio, dando lugar a que la carga de trabajo haya disminuido, siendo perfectamente asumible parte del servicio de limpieza con una persona dentro de la franja horaria comprendida entre las 15:00 y 18:00, lapso de tiempo en el que actualmente además de Ud. también presta servicios su compañera de trabajo Dña. Encarna .

Por el contrario, a 300 m del centro de trabajo, concretamente en el Centro de Educación Especial Reina Sofía, centro dependiente de esta entidad, no disponemos del personal suficiente para atender al servicio de limpieza que se demanda.

Habiendo estudiado las posibles alternativas disponibles, tomando en consideración las circunstancias anteriormente expuestas, y atendiendo a que Ud. a diferencia de su compañera de la tarde es la que reside más cerca del centro de trabajo, venimos a poner en su conocimiento que a partir del próximo día 14 de Noviembre de 2006 su jornada diaria de trabajo quedará configurada de la siguiente manera:

. De 15,00 h a 18:00 h: Centro de Educación Especial Reina Sofía.

. 18:15 h a 22:00 h: Centro de Salud Mental y Servicios Sociales de Salamanca.

Igualmente, le comunicamos que le serán respetadas todas y cada una de las condiciones laborales que hasta la fecha venía disfrutando.

Le rogamos firme la presente comunicación a efectos de recibí."

QUINTO

En el pliego de cláusulas administrativas particulares del concurso público para la adjudicación de los servicios básicos integrales (limpieza, office y lavandería) de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca, cuyo contenido se da por reproducido en su integridad, comprendía dichos servicios en los centros y departamentos siguientes: edificios centrales, centro cultura tradicional, residencia asistida, residencia mixta, centro de salud mental, C.E.E Reina Sofía, Residencia Santa Rita de Lumbrales,

  1. Formación profesional, imprenta y parque móvil, polideportivo, centro coord. de bibliotecas, mercado regional de ganados, escuela infantil Guillermo Arce, Edificio anexo CEE Reina Sofía, oficina Ciudad Rodrigo, Oficina Bejar, Oficina Peña randa y Oficina Vitigudino. La duración del contrato será de 2 añosprorrogable por tiempo igual.

SEXTO

En el Anexo III del pliego de prescripciones se establece la pauta de desarrollo de los servicios: n° de efectivos mínimos por días laborales, sábados, domingos, festivos y horarios de trabajo, que por lo que interesa al presente procedimiento en los centros en los que ha sido destinada la actora es el siguiente:

Centro de Salud Mental De lunes a viernes: de 8 a 15 h, seis puestos, 7 horas; de 15 a 22h un puesto 7 horas; de 17 a 21h un puesto 4 horas.

Sábados, domingos y festivos: de 8 a 15 h, cuatro puestos 7 horas; de 15 a 22h un puesto 7 horas; de 17 a 21h un puesto de 4 horas.

C.E.E Reina Sofía

De lunes a Viernes: de 8 a 15 h, cuatro puestos 7 horas; de 15 a 22h un puesto 7 horas.

SEPTIMO

En el centro de Salud Mental en horario de tarde presta servicios otra trabajadora Encarna que tiene reconocida una antigüedad de 7-1-83.

OCTAVO

En el centro de Salud Mental se ha cerrado un pabellón.

NOVENO

El Centro de Salud Mental y el CEE Reina Sofía están muy próximos según se refleja en el callejero obrante en el folio 67.

DECIMO

La actora presentó papeleta de conciliación el 29-11-06 en reclamación por modificación sustancial de condiciones de trabajo celebrándose el acto de conciliación el 14-12-06 con el resultado de sin efecto, presentando demanda el 19 de diciembre sobre reconocimiento de derechos."

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha sentencia por , fue impugnado . Elevados los autos a esta Sala, se designó Ponente, acordándose la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR