Artículos doctrinales sobre Tasas
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Artículos 1.092 y 1.093
ARTICULO 1.092* Las obligaciones civiles que nazcan de los delitos o faltas se regirán por las disposiciones del Código penal (a). ARTICULO 1.093 * Las que se deriven de actos u omisiones en que intervenga culpa o negligencia no penadas por la ley, quedarán sometidas a las disposiciones del capítulo II del Título VI de este Libro (b).
- Artículo 1.098
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Artículo 1.109
ARTICULO 1.109 Los intereses vencidos devengan el interés legal desde que son judicialmente reclamados, aunque la obligación haya guardado silencio sobre este punto. En los negocios comerciales se estará a lo que dispone el Código de Comercio. Los Montes de Piedad y Cajas de Ahorro se regirán por sus reglamentos especialesa.
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Artículo 1.120
I. Presentación tradicional del principio de retroactividad de la condición.-II. El correcto significado de la «retroacción». Significado jurídico de la expresión.-III. El fundamento de la retroactividad.-IV. Los efectos generales del principio de retroactividad en la condición suspensiva.-V. Los límites y excepciones del principio de retroactividad.-VI. La retroactividad en las relaciones...
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Artículo 1.091
I. La fuerza obligatoria del contrato: 1. El contrato como convención y su eficacia obligatoria. 2. La medida de la fuerza y la eficacia: A) Exaltación del contrato y sacra-lización de la ley. B) Fundamento, naturaleza y función de la «fuerza de ley». 3. Creación de la relación negocial. 4. Precepto negocial y Derecho objetivo: A) Eficacia de la regla respecto a las partes: a) Terminología; b)...
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Artículo 1.121
ARTICULO 1.121 El acreedor puede, antes del cumplimiento de las condiciones, ejercitar las acciones procedentes para la conservación de su derecho. El deudor puede repetir lo que en el mismo tiempo hubiese pagado (a)
- Artículo 1.089
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Artículo 1.099
I. Obligación con prestación de no hacer: 1. Prestación de no hacer y prestación negativa. 2. Delimitación de esta prestación: A) Límite al derecho concedido y prohibición. B) Restricción o aumento de libertad. C) Omitir y tolerar. 3. Criterios de identificación: A) Ponderación especial del interés y la finalidad. B) Obligaciones y servidumbres negativas. 4. Régimen general del no hacer: A) La...
- Artículos 1.117 y 1.118
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Artículo 1.122
ARTICULO 1.122 Cuando las condiciones fueren puestas con el intento de suspender la eficacia de la obligación de dar, se observarán las reglas siguientes, en el caso de que la cosa mejore o se pierda o deteriore pendiente la condición: 1.a Si la cosa se perdió sin culpa del deudor, quedará extinguida la obligación. 2.a Si la cosa se perdió por culpa del deudor, éste queda obligado al...
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Artículo 1.116
ARTICULO 1.116 Las condiciones imposibles, las contrarias a las buenas costumbres y las prohibidas por la ley anularán la obligación que de ellas dependa. La condición de no hacer una cosa imposible se tiene por no puesta (a).
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Artículo 1.094
I. La obligación de dar: 1. Dare y facere. 2. Contenido de la obligación de dar. Concepciones estricta y amplia. 3. Sustantividad de la prestación de dar. 4. Especificaciones.-II. La conservación de la cosa: 1. La diversidad de supuestos y la generalización de la regla. 2. Naturaleza jurídica: A) ¿Obligación accesoria o deber de conducta? B) Naturalia negotii. C) Reafirmación, modificación o...
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Artículo 1.090
I. Obligaciones legales: 1. La ley natural. 2. La ley positiva: A) La autoridad sola de la ley. B) La ley como una y primera de las fuentes. C) Las funciones de la ley como fuente. D) La revisión de los presupuestos. E) El nuevo marco normativo: a) De la costumbre y los principios generales: a') De la costumbre como fuente; b') De los principios generales. 3. Sobre la sede de estas obligaciones y
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Artículo 1.096
I. La exigencia de entrega de la cosa: 1. De la cosa determinada. Formulación de la regla: A) En el Derecho común. B) En la codificación. C) La norma del Código civil español. 2. Su efectividad: A) La ejecución in natura. B) Los presupuestos.-II. La cosa indeterminada o genérica: 1. La prestación de cosa genérica. 2. La indeterminación de la prestación. 3. La realización de la pretensión.-III. La
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Artículo 1.112
I. Los inútiles cambios en la redacción del artículo en el Proyecto de 1851, en el Anteproyecto y en el Código.-II. La salvedad del pacto contrario.-III. Transmisibili-dad regla, intransmisibilidad excepción.-IV. El artículo se refiere a derechos de crédito.-V. El artículo simplemente proclama la transmisibilidad, no la regula.
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Articulo 1.097
ARTICULO 1.097 La obligación de dar cosa determinada comprende la de entregar todos sus accesorios, aunque no hayan sido mencionados (a).
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Artículo 1.119
ARTICULO 1.119 Se tendrá por cumplida la condición cuando el obligado impidiese voluntariamente su cumplimiento (a).
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Artículo 1.123
I. El sentido del precepto de acuerdo con los precedentes.-II. La pendencia de la condición resolutoria.-III. El cumplimiento de la condición resolutoria.-IV. Efectos reales del cumplimiento de la condición resolutoria.-V. El defecto de la condición resolutoria.
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Artículo 1.095
I. El derecho a los frutos: 1. La prescripción real y la obligacional. 2. Los presupuestos obligacionales de la regla. 3. Nacimiento del derecho a los frutos: A) La obligación de entregar. B) La perfección del contrato. C) La exigibilidad. 4. Naturaleza del derecho: A) Frutos nacidos, percibidos y pendientes. B) Gastos de producción, recolección y conservación.