Sentencias sobre Principio de condición mas beneficiosa

535 sentencias sobre Sentencias sobre Principio de condición mas beneficiosa

  • STS, 13 de Marzo de 2006

    Conflicto. Complemento personal. Publicación del convenio colectivo de trabajo para las empresas. Condición mas beneficiosa

  • STS, 27 de Junio de 2007

    VACACIONES. INDEMNIZACIÓN. Es obvio que por la habitualidad, regularidad y persistencia en su disfrute en el tiempo, esta condición se ha incorporado al vínculo contractual de forma que no puede ser suprimida, ni reducida unilateralmente por el empresario, a no ser que las partes hayan alcanzado un nuevo acuerdo o se haya producido su neutralización en virtud de una norma posterior, legal o...

  • STSJ Asturias 10001/2015, 16 de Octubre de 2015

    CONFLICTO COLECTIVO. La teoría de los derechos adquiridos o condiciones más beneficiosas no tienen cabida ante las Administraciones Públicas regidas por el principio de legalidad, el cual obliga a que las retribuciones, jornada y demás condiciones de trabajo hayan de sujetarse estrictamente a lo real y reglamentariamente previsto, sin que pueda desvirtuarse por actuaciones de tolerancia o...

  • STSJ Cataluña 18/2016, 16 de Junio de 2016

    CONFLICTO COLECTIVO. No existen elementos que permitan determinar que no se haya negociado de buena fe, que no puede deducirse del simple y objetivo hecho de que no haya logrado acuerdo, o que la conducta empresarial haya sido torticera al objeto de dejar sin efecto el derecho a la negociación colectiva. La negociación de buena fe no exige, como es obvio, que se tenga que producir un acuerdo. Se...

  • STSJ Canarias 565/2015, 30 de Junio de 2015

    CONVENIO COLECTIVO. Aunque la representación legal de los trabajadores conocía la intención empresarial, puesta de relieve en el periodo de consultas, lo cierto es que no hubo acto expreso de notificación de la decisión definitiva, por más contundentes que fueran las manifestaciones de la empresa en la última de las reuniones llevadas a cabo. Por ello, cabía esperar una notificación posterior que

  • STSJ Comunidad de Madrid 503/2014, 30 de Junio de 2014

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. La supresión de condiciones constituye una modificación sustancial y en el supuesto de autos se observa que el servicio de comedor que se prestaba con anterioridad a la adopción de la medida empresarial era completamente gratuito, por lo que la imposición del copago efectuada por la empresa, ignorando dicho derecho adquirido o...

  • STS, 25 de Julio de 2007

    Derechos. Convenio colectivo de empresa. Vacaciones de los trabajadores en situación de incapacidad temporal. Condición mas beneficiosa

  • STS, 22 de Mayo de 2006

    CONFLICTO COLECTIVO. TRABAJO EN DOMINGOS Y FESTIVOS. CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA. Se solicita la nulidad de la decisión empresarial de considerar a ciertos trabajadores obligados a ingresar en el régimen general de prestación de servicios en domingos/festivos aún contra su voluntad. La obligación contractualmente asumida de trabajar en domingos/festivos sigue en pié al margen de que el empresario...

  • STS, 6 de Noviembre de 2007

    ANTIGÜEDAD. COMPLEMENTO. DIFERENCIA DE TRATO. La diferencia de trato en el presente caso, cual se desprende de la doctrina reseñada, no puede justificarla la diferente fecha de entrada en la empresa, sin que concurra otra causa de justificación. No puede estimarse que estemos ante una condición más beneficiosa reconocida a determinados trabajadores (los ingresados antes de determinado día),...

  • STS, 9 de Abril de 2001

    Modificación sustancial de condiciones de trabajo. Beneficio en derecho laboral. Comité de empresa. Proceso de conflicto colectivo

  • STSJ Andalucía 827/2014, 23 de Abril de 2014

    MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. El cálculo de la masa salarial bruta total y de los incentivos en el caso de existir trabajadores o trabajadoras que no completen el total de un año de trabajo, será proporcional al tiempo trabajado. En el supuesto de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento de hijos o hijas no se hará esta proporción, entendiéndose como alta a efectos del...

  • STS, 12 de Mayo de 2009

    CONDICION MAS BENEFICIOSA. En efecto, desde siempre ha sostenido esta Sala que la existencia de CMB requiere «que ésta se haya adquirido y disfrutado en virtud de la consolidación del beneficio que se reclama, por obra de una voluntad inequívoca de su concesión» [SSTS 16/09/92 -rco 1920/91-; 20/12/93 -rcud 443/93-; 21/02/94 -rco 3773/92-; 31/05/95 -rcud 2384/94-; y 08/07/96 -rcud 2831/95 -], de...

  • STSJ Comunidad de Madrid 936/2005, 8 de Noviembre de 2005

    DESPIDO. IMPROCEDENCIA. INDEMNIZACIÓN. SALARIOS DE TRÁMITE. La consignación efectuada por la empresa no se ajusta a las disposiciones que regulan el pago, al no efectuarse en el lugar del cumplimiento del contrato, y por tanto ha de entenderse ineficaz a efectos de detener el devengo de salarios de tramitación. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima la suplicación.

  • STSJ Cataluña 1363/2016, 1 de Marzo de 2016

    EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO. Es preciso un quàntum: que el incumplimiento afecte al núcleo esencial del vínculo laboral, con clara voluntad rebelde, de tal manera que, al romperse las reglas relativas al complejo juego de compensaciones del sinalagma contractual, éste quede sin contenido. Se trata, en definitiva, de alguna manera, de la misma lógica que ampara el despido del trabajador pues

  • STS, 23 de Abril de 2007

    Condición de personal docente. Permisos licencias. Reconocimiento de derechos. Convenio colectivo

  • STSJ Canarias 1008/2014, 12 de Junio de 2014

    CONFLICTO COLECTIVO. Cuando la condición contractual más beneficiosa no se hubiera documentado, la prueba de su efectiva existencia dependerá de que se acredite que hubo realmente voluntad de las partes, y especialmente del empresario, de asumir el correspondiente compromiso contractual fuente u origen de la condición de que se trate, esto es, que concurra la voluntad expresa o tácita de las...

  • STSJ Canarias 250/2015, 13 de Febrero de 2015

    MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Existió una clara voluntad empresarial de recompensar al trabajador con el aumento de los dos pluses respecto al valor fijado en la norma paccionada en razón de la especial responsabilidad y disponibilidad requerida para el desempeño de su nueva ocupación como encargado general, de ahí que, el demandante disfrute de esa mejora o beneficio salarial...

  • STS, 29 de Marzo de 2000

    "CONFLICTO COLECTIVO. Para que pueda sostenerse la existencia de una condición más beneficiosa es preciso que ésta se haya adquirido y disfrutado en virtud de la consolidación del beneficio que se reclama, por obra de una voluntad inequívoca de su concesión, de suerte que la ventaja que se concede se haya incorporado al nexo contractual ""en virtud de un acto de voluntad constitutivo de una...

  • STSJ Castilla-La Mancha 798/2014, 30 de Junio de 2014

    Mejora voluntaria de Seguridad Social. Indemnización por incapacidad permanente. Condición más beneficiosa.

  • STS, 16 de Abril de 2007

    PERSONAL TRASFERIDO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS A QUIENES SE LES APLICABA EL CONVENIO DE ENSEÑANZA PRIVADA. La Disposición Adicional del Convenio de la Administración Canaria contiene una cláusula de garantía colectiva para las condiciones más beneficiosas que ha de ser respetada. Los derechos incorporados colectivamente a sus relaciones de trabajo no puede ser neutralizada, por una...

  • STS, 30 de Abril de 2007

    "PERSONAL LABORAL FIJO DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA. VACACIONES. CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA. Los actores reclaman que se reconozca su derecho a disfrutar del periodo vacacional según el Convenio de la Enseñanza Privada. Aquí no existe ni derecho a optar entre la aplicación de un convenio anterior ya derogado y la aplicación de un convenio actual y vigente, ni hay tampoco ""espigueo"" de normas de...

  • STSJ Cataluña 7440/2015, 14 de Diciembre de 2015

    RECONOCIMIENTO DE DERECHO. RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Las obligaciones de información y consulta establecidas en este artículo se aplicarán con independencia de que la decisión relativa a la transmisión haya sido adoptada por los empresarios cedente y cesionario o por las empresas que ejerzan el control sobre ellos. Cualquier justificación de aquellos basada en el hecho de que la empresa que tomó...

  • STS, 25 de Junio de 2002

    Reducción de la jornada laboral. Calendario por modificación sustancial de condiciones de trabajo del personal de turno nocturno. Conflicto colectivo. Beneficio

  • STS, 9 de Octubre de 2003

    Funciones entre el personal laboral. Categoría profesional. Servicios en representaciones diplomáticas en el extranjero. Complemento informático

  • STS, 18 de Septiembre de 2000

    CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA. DISCRIMINACIÓN. IGUALDAD. Se aprecia que los trabajadores en plantilla en la empresa demandada disfrutaban de un beneficio que reúne las características de un condición más beneficiosa, que ha de ser respetada por el empresario en los mismos términos de su concesión y hasta tanto no se produzca una causa de extinción. Tal condición más beneficiosa no puede tener más

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