Actualidad Jurídica Ambiental

Editorial:
CIEMAT - Centro de Investigaciones, Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas
Fecha publicación:
2014-04-25
ISBN:
1989-5666

Últimos documentos

  • Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 3 de junio de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Matías Alonso Millán)

    La Sala se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un particular contra la sentencia 26/2022, de fecha 22 de febrero de 2022, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria en el procedimiento ordinario núm. 165/2021, por la que se desestima el recurso formulado contra la Resolución del Director General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León de once de 11 de mayo de 2021, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto por la recurrente contra la Resolución de la Delegada Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria, en materia de medio ambiente

  • Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 14 de julio de 2022 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 3ª. Ponente: Francisco López Vázquez)

    Varias comunidades de propietarios recurren el Acuerdo del Plenario del Consell Municipal del Ayuntamiento de Barcelona, de aprobación definitiva de un Plan Especial Urbanístico para la Ordenación del Equipamiento docente y de forma indirecta, el Plan General Metropolitano de Barcelona. Además, se pretende la calificación del suelo afectado por unos jardines con gran apego para una parte de la sociedad de Barcelona, en concreto del barrio de Gracia, de manera conforme a su realidad física

  • La autorización fotovoltaica integrada valenciana

    En este trabajo se analiza el régimen sustantivo y procedimental de la nueva “autorización fotovoltaica integrada” creada por el legislador valenciano (Decreto ley 14/2020) para facilitar la implantación de centrales fotovoltaicas en suelo no urbanizable, destacando el carácter reglado de la intervención territorial que incorpora (la autorización de implantación en suelo no urbanizable). Se tiene en cuenta también la contestación suscitada por esta normativa en algunos Ayuntamientos, que se ha manifestado a través de la suspensión del otorgamiento de licencias municipales, provocando su falta de efectividad. Y se examina, por último, la reacción del legislador valenciano a esta situación de parálisis por medio del Decreto ley 1/2022, que modifica la política territorial en la materia para favorecer su aceptación a escala local y aprovecha las facilidades para la evaluación ambiental de los proyectos ofrecidas recientemente por el legislador estatal (Real Decreto-ley 6/2022)

  • Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 30 de junio de 2022 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 1ª. Ponente: María Desamparados Iruela Jiménez)

    En esta sentencia, interviene como parte actora una mercantil dedicada a la actividad agrícola, la cual recurre la resolución de la Generalitat por la que se desestima la solicitud de la dicha mercantil a transformar determinadas parcelas de terreno en el término municipal de Atzúbia. Se trataba de transformar terreno forestal a terreno agrícola. El motivo fue haber sido afectadas por un incendio forestal en el año 2006 de un total de 304, 39 hectáreas

  • Del palo a la zanahoria: sistemas de gestión ambiental, certificaciones ambientales y etiquetas ecológicas. La norma ISO 14001

    En este artículo, se realizan una serie de análisis en torno a los instrumentos de fomento de la calidad ambiental basados en la implantación de sistemas de gestión ambiental de carácter voluntario que dan lugar al otorgamiento a las organizaciones de certificaciones ambientales o de etiquetas ecológicas para sus productos y servicios. El artículo toma como referencia la Norma ISO 14001, exponiendo su contenido, así como el proceso de certificación en base a la misma. A partir de ahí, reflexiona sobre las ventajas y beneficios que se derivan de los sistemas de gestión ambiental, las certificaciones ambientales y las etiquetas ecológicas tanto para las organizaciones como para la comunidad en general, y la conveniencia de articular medidas que incentiven su implantación por parte de los poderes públicos. Por último, se exponen, en tono crítico, algunos elementos negativos que traen consigo estos sistemas, muy especialmente, el riesgo de “greenwashing”

  • Sentencia 484/2022 del Pleno del Tribunal Constitucional de Portugal, de 13 de julio de 2022 (Ponente: Assunção Raimundo)

    La Ley n.º 1/2021, de 11 de enero modificó, por primera vez, la Ley n.º 17/2014, de 10 de abril (que establece las bases de la política de ordenación y de gestión del espacio marítimo nacional), transfiriendo a los Azores e a la Madeira competencias de la Administración Central en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) y en la Plataforma Continental (PC). Esta ley tuvo como iniciativa una propuesta de la “Región Autónoma de los Azores” (RAA), al abrigo del artículo 167º 1 de la Constitución Portuguesa, que permite a las Assembleias Legislativas (o Parlamentos) de las dos únicas regiones portuguesas con autonomía legislativa (Azores y Madeira) presentar proposiciones de ley en el Parlamento nacional (Assembleia da República). Tras un largo y controvertido procedimiento de aprobación en el referido Parlamento – em que diputados de diferentes grupos parlamentares votaron contra o se abstuvieron por considerar inconstitucional algunos preceptos de la proposición de ley – la misma fue vetada, en agosto de 2020, por el Presidente de la República (PR), y – aunque no la envió al Tribunal Constitucional, como permiten los artículos 134ºg e 278º 3 de la Constitución Portuguesa – pidió a los diputados una revisión de la propuesta en que quedase claro que se respetaba el principio de la integridad de la soberanía nacional en la gestión del espacio marítimo portugués. Es decir, aplicó el denominado “veto político” (con base en el artículo 136º1 de la Constitución Portuguesa) en lugar del “veto jurídico” – que se hubiera producido si el PR hubiese optado por enviar la propuesta para el TC

  • La incidencia de las contribuciones determinadas a nivel nacional en la interpretación del acuerdo de París a través de la práctica posterior

    Con la adopción en 2015 del Acuerdo de París en materia de cambio climático, se establece un nuevo modelo que pretende una lucha más efectiva contra el mismo. De esta manera, el enfoque bottom-up que se consagra a través de la técnica de las Contribuciones Determinas a Nivel Nacional, supone una obligación de procedimiento a todos los Estados Partes del tratado. Es por ello que, ante la falta de definición del contenido por ser determinado por cada Estado y, por lo tanto, con amplio margen discrecional, parece interesante determinar hasta qué punto, de la determinación de la obligación jurídica internacional, va a surgir una práctica ulterior que ayude a la interpretación del propio instrumento jurídico internacional, conforme a la regla establecida en el artículo 31 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. Teniendo en cuenta que, una de las características del Acuerdo de París, es su falta de precisión en muchas de sus disposiciones

  • La Rioja convoca ayudas económicas para la corrección de líneas eléctricas para la protección de la avifauna. (Resolución 1256/2022, de 2 de septiembre, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno)

    La electrocución de avifauna es uno de los principales problemas de conservación de la biodiversidad a nivel mundial. En España, según datos oficiales del MITECO, se calcula que mueren al año entre unas 15.000 a 33.000 rapaces más otras tantas decenas de miles de aves. Principalmente por electrocución, pero también por colisión

  • El tribunal constitucional declara inconstitucionales los preceptos de la ley de caza de Castilla y León relacionados con la caza del lobo
  • 30 nuevos humedales de Andalucía se incluyen en Inventario Español de Zonas Húmedas

    La presente norma responde a la necesidad de publicar en el «Boletín Oficial del Estado» las Resoluciones de inclusión, con expresión del nombre, código, superficie, localización geográfica y Comunidad Autónoma de cada uno de los sitios del inventario, tal y como se desprende del Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario nacional de zonas húmedas (art. 9.3 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad)

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