Sentencias sobre Empleados de fincas urbanas

77 sentencias sobre Sentencias sobre Empleados de fincas urbanas

  • STSJ Castilla y León 1333/2007, 23 de Julio de 2007

    DESPIDO. El despido declarado nulo tendrá como efecto la readmisión inmediata del trabajador con abono, de los salarios dejados de percibir. Determinan, ambos preceptos la plena ineficacia, con la consiguiente ausencia y no producción de efectos, de la decisión extintiva empresarial por estar fundada en una vulneración de los derechos fundamentales del trabajador, esto es, se tiene por inválido...

  • STSJ Cataluña , 14 de Marzo de 2000

    PRESTACION COMPENSATORIA POR DENEGACION DE VACACIONES. MEJORA EN CONVENIO COLECTIVO. Si bien es verdad que a tenor del articulo 38 del Estatuto de los Trabajadores que una vez establecido a medio de Convenio Colectivo el periodo vacacional para todo el personal, no es factible fijar un nuevo señalamiento para personas determinadas que, por razón de baja o maternidad no hubieran podido...

  • STSJ Comunidad Valenciana 2069/2006, 13 de Junio de 2006

    "DESPIDO IMPROCEDENTE.Las palabras del actor fueron consecuencia de las que a su vez le dijo el administrador; que no fue un insulto directo si no que el actor dice lo que según él le han dicho y que tras aclararse que D. Jose Augusto no había sido, el actor fue a ofrecerle sus disculpas al administrador, esta Sala de lo Social considera que los hechos acaecidos no fueron de la entidad suficiente

  • STSJ Castilla y León , 28 de Julio de 2000

    "VACACIONES RETRIBUTIVAS. ESTIMACIÓN. El actor interpone demanda frente a la entidad demandada, Junta de Castilla y Le?n y Fondo de Garant?a Salarias sobre reclamación de cantidad, recayendo en la instancia sentencia que estimaba parcialmente las demandas acumuladas y conden? conjunta y solidariamente a la empresa demandada y a la Junta de Castilla y Le?n a pagar a los actores las sumas que...

  • STSJ Aragón , 29 de Mayo de 2000

    SALARIO. RETRIBUCION DE VACACIONES. INCIDENCIA DEL PLUS DE NOCTURNIDAD. La sentencia de 17 de diciembre de 1996 , por su parte, alude a que «como norma general ha de aceptarse que las vacaciones retribuidas, que tutela el artículo 40.2 de la Constitución Española , han de comprender todos los conceptos salariales en su promedio a fin de cumplir el objeto perseguido por la institución de...

  • STSJ Cataluña , 7 de Noviembre de 2001

    CONVENIO COLECTIVO. ÁMBITO DE APLICACIÓN. COMUNIDAD DE PROPIETARIOS: La naturaleza de la empleadora es una comunidad de propietarios, por mas que en dicha comunidad general se incluyan a su vez, las comunidades de propietarios que forman el complejo urbanístico. Además el convenio colectivo de empleados de fincas urbanas señala que es de aplicación a las relaciones laborales entre propietarios,...

  • STSJ Cataluña , 19 de Mayo de 2000

    CONVENIO COLECTIVO PARA LA INDUSTRIA HOTELERA. DERECHO A LA VACACIONES, AUN EN SITUACION DE INCAPACIDAD. El vigente Convenio Colectivo de ámbito territorial para las Industrias de Hostelería de Cataluña determina que el derecho y disfrute de vacaciones anuales retribuidas ni se pierde ni puede limitarse en modo alguno por el hecho de que el trabajador se halle en situación de incapacidad...

  • STSJ Andalucía , 7 de Noviembre de 2001

    CONFLICTO COLECTIVO. PAGA EN PERÍODO VACACIONAL. CONCEPTOS COMPRENDIDOS. Se inicia reclamación sobre conflicto colectivo. la empresa no tiene obligación de incluir los pluses de nocturnidad, penosicidad, los gastos de promoción y venta y las primas por jornada especial en la paga devengada en periodo vacacional, pues estos emolumentos se devengan por circunstancias especiales de trabajo y no...

  • STSJ Cataluña , 13 de Abril de 2000

    CONFLICTO COLECTIVO. El hecho de que la prima de asistencia se devengue por día de trabajo efectivo no es por si solo suficiente para entender que la voluntad de los litigantes fue la de excluirla de las vacaciones, porque ya hemos dichos que esta circunstancia no impide considerarla como un concepto retributivo normal, ordinario, fijo y periódico, carente de cualquier excepcionalidad, por lo que

  • STSJ Cataluña 7516/2000, 21 de Septiembre de 2000

    RECONOCIMIENTO DE DERECHOS. No es posible negar validez a las cláusulas colectivas -y por ende a los acuerdos conciliatorios con valor de tales- que substraigan de la retribución de las vacaciones complementos salariales que pudieran corresponder en una aplicación rigurosamente matemática a la remuneración normal o media porque, el ínico límite que a la misma puede establecerse es, en cómputo...

  • STSJ Navarra , 10 de Febrero de 2000

    VACACIONES. DESESTIMACIÓN. Frente a la sentencia de instancia, desestimatoria de la demanda presentada en reclamación del derecho a disfrute de vacaciones, se alza en Suplicación la representación Letrada de la actora, el tribunal entiende que En tales casos no es posible fijar un nuevo señalamiento para las vacaciones a las personas que estuviesen de baja por incapacidad temporal o por...

  • STSJ Galicia , 15 de Febrero de 2001

    RECLAMO POR SALARIOS. Se reclama por salarios a una empresa de construccion, lo que es estimada, por lo que la empresa demandandada recurrepor medio de Suplicacion, por el FOGASA la decisión de instancia, que reconoció compensación de las vacaciones no disfrutadas, interesando la modificación de los HDP , por lo que es desestimado.

  • STSJ Navarra , 30 de Junio de 2001

    CONFLICTO COLECTIVO. DESESTIMACIÓN. Por el Juzgado de lo Social se dictó sentencia estimando la demanda sobre Conflicto Colectivo formulada por el Sindicato Eusko Langileen Alkartasuna (ELA) frente a Casa de Misericordia de Pamplona, declarando el derecho de todos los trabajadores correturnos al disfrute de vacaciones y a que éstas sean retribuidas y cotizadas, quedando excluidas de la cuantía...

  • STSJ Cataluña , 26 de Febrero de 2001

    EMPRESARIO. FACULTADES. ORGANIZACIÓN DEL TIEMPO DE LA PRODUCCION. En esa línea, la propia redacción del relato fáctico de la sentencia revela que el calendario laboral para el año 2000 fue propuesto al Comité?, siendo rechazado por ?éste. Por tanto, no se impuso directamente a la plantilla. De ah? que quepa entender que ha habido una intención por parte de la empresa de mantener aquella línea de...

  • STSJ Cataluña , 11 de Diciembre de 2000

    "CONFLICTOS COLECTIVOS. PLUS. COMPLEMENTOS. Se declara el derecho de los trabajadores afectados a que sean incluidos los conceptos de plus nocturnidad y plus festivo para el cálculo de la retribución de las vacaciones. Sobre la determinación de la remuneración de las vacaciones, como norma general ha de aceptarse que las vacaciones retribuidas, que tutela el artículo 40.2 de la Constitución...

  • STSJ Canarias , 18 de Mayo de 2001

    DESPIDO IMPROCEDENTE. IMPORTE DE INDEMNIZACIÓN Y SALARIOS DE TRAMITACIÓN. Evidentemente, para decidir sobre la cuestión debatida, habrá de resolver, con carácter previo, como haremos a continuación, si, la retribución, es la de 300.000 ptas. que señala la Sentencia o, por el contrario, como admite la Empresa, al reconocer la relación laboral, es la de 150.000 ptas. por el Presidente de la...

  • STSJ Cataluña , 26 de Octubre de 2001

    PAGO DE SALARIOS. RETRASO. RECARGO: El recargo correspondiente al retraso en el pago de salarios sólo procede cuando el importe de lo debido y reclamado fuera pacífico e incontrovertible, lo que no ha ocurrido en el presente caso en relación a los distintos conceptos reclamados que no sólo han sido controvertidos, sino también no exigibles algunos de ellos. En primera instancia se estima la...

  • STSJ Canarias , 16 de Febrero de 2001

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. REVISIÓN DE LOS HECHOS PROBADOS. Es requisito para la revisión de los hechos probados, la transcendencia para la solución del pleito. Se desestima la demanda. Se desestima el recurso de suplicación.

  • STSJ País Vasco , 13 de Marzo de 2001

    CONFLICTO COLECTIVO. La norma deja en blanco quien es el que puede imponer la alteración. Ahora bien, sí señala en forma expresa que se podrá negociar la posibilidad de alterar, sin que tampoco indique quiénes han de ser los sujetos de la negociación, pero en el párrafo precedente acaba de referirse a la dirección de la empresa y la representación de los trabajadores, debiendo descartarse que la...

  • STSJ Asturias , 11 de Octubre de 2001

    SALARIOS. Los dos créditos aquí debatidos son salariales ambos, uno de ellos directamente y el otro por conexión con el esfuerzo laboral efectivo del derecho al descanso, cuya retribución tiene así naturaleza igual de salarial que la percibida en directa compensación de aquel esfuerzo. Su única causa es, en los dos, conforme a la claridad con que lo establece el artículo 26.1 del Estatuto de los...

  • STSJ Cataluña , 13 de Octubre de 2000

    OTROS DERECHOS. Un mismo incumplimiento de la prestación derivada de una relación contractual no puede generar una doble indemnización, una en la esfera general del derecho civil y otra en la particular y especial del derecho del trabajo, ya que la causa o motivo de la resolución contractual es única y habiéndose producido ésta en la esfera laboral, regida por el E.T., a esta norma habrá de...

  • STSJ Castilla-La Mancha , 20 de Septiembre de 2001

    "CONFLICTO COLECTIVO. ESTIMACIÓN. Frente a la Sentencia de instancia que acoge favorablemente la demanda de Conflicto Colectivo, reconociendo el derecho de los trabajadores afectados por el mismo a disfrutar de los d?as de vacaciones solicitados, muestra su disconformidad la entidad demandada planteando tres motivos de recurso, con sustento, los dos primeros, en el art. 191.b) de la L.P.L., a fin

  • STSJ Cataluña , 16 de Junio de 2000

    EXTINCIÓN A INSTANCIA DEL TRABAJADOR. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES. Teniendo en cuenta que el actor tenia una antigüedad de 18.11.87, y que su trabajo consistía en vender coches, ha de concluirse que las condiciones impuestas son vejatorias en cuanto que le obligar a desarrollar el trabajo en condiciones inaceptables, y abocadas al fracaso en la consecución de la finalidad del mismo,...

  • STSJ País Vasco , 22 de Febrero de 2000

    DESPIDO IMPROCEDENTE. Puede darse el caso que se infrinja el principio de unidad de empresa en cuanto a la aplicación a este caso de tal Convenio y no el de limpieza. Pero este último no es de aplicación porque las tareas que realizaba y para las que fue contratado el trabajador no eran las de limpieza y no se ha invocado por la empresa ni por el demandante que para las relacioens de EULEN con...

  • STSJ Comunidad Valenciana , 7 de Marzo de 2000

    DESPIDO. El despido unilateralmente decidido por el empresario ocasiona que la relación laboral quede rota y extinguida desde ese mismo momento, y sin perjuicio de su recomposición posterior por causa de la calificación judicial del mismo, de modo que la sentencia que al efecto se haya de dictar no es la que ocasiona la extinción del contrato de trabajo, pues ésta ya tuvo lugar con la aplicación...

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