bis in idem

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  • Generalidades 2. Contenido y fundamentación constitucional 3. Ne bis in idem y Derecho administrativo sancionador 4. Particularidades del ne bis in idem en el proceso penal

  • Breve aproximación inicial - II. Fundamento y naturaleza del principio NON BIS IN IDEM - 1. Fundamento del principio non bis in idem - 2. Naturaleza del principio non bis in idem - III. Vertiente material del principio NON BIS IN IDEM - 1. Contenido de la vertiente material del principio non bis in idem - 2. Ámbito en el que opera el principio non bis in idem - 3. Aspectos controvertidos de la triple identidad necesaria para que opere el non bis in idem: sujeto, hechos y fundamento jurídico - 3.1. Respecto al sujeto - 3.2. Respecto a los hechos - 3.3. Respecto al fundamento jurídico - 3.3.1. Confluencia de normas (y de ilícitos) en el ámbito penal - 3.3.2. Con fluencia de normas (y de ilícitos) penales y administrativos - 3.3.3. Con fl uencia de normas sancionadoras administrativas (...

  • ... ARTÍCULO 33 Principio 'non bis in idem'. En ningún caso se producirá una doble sanción...

  • Fundamento del principio de legalidad.- II. Relación entre el "ne bis in idem" y el principio de legalidad.- III. El concurso aparente entre ilícito administrativo e ilícito penal: 1. La acumulación de sanciones como excepción. 2. Ne bis in idem procesal.- IV. A modo de conclusión.- Bibliografía

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    DELITO DE AGRESIÓN SEXUAL. NON BIS IN IDEM. LESIONES. Se reclama contra la sentencia que condena al acusado autor de un delito de abusos sexuales con acceso carnal en grado de tentativa, y de una falta de lesiones. El recurrente estima que se vulneró en su perjuicio el principio non bis in idem, recogido en el artículo 14.7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el artículo 4 del protocolo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al haber sido anulada la anterior sentencia absolutoria por el Tribunal Supremo. Conforme a la propia jurisprudencia constitucional, la proscripción del bis in idem sólo puede predicarse de aquellas resoluciones dictadas en un proceso justo. No existe doble enjuiciamiento cuando el primero de ellos ha sido anulado por la vulneración de derechos procesales que impiden hablar de un proceso con todas las garantías. El Tribunal estimó inexistente el consentimiento de la víctima, en consideración a las circunstancias de hecho concurrentes, las aproximaciones y avances que hizo el acusado para ganarse la confianza de la menor, que podía explicar que la menor, aunque se encontrasen despierta cuando sucedieron los hechos, se encontrase bloqueada ante la conducta inopinada e imprevisible del acusado. No es lo mismo pasividad que anuencia. El delito de violación requiere el empleo de violencia pero no exige la causación de lesiones corporales. La violación consume las lesiones producidas por la violencia- tanto más el abuso sexual en el que por definición hay ausencia de violencia física- cuando éstas pueden ser abarcadas dentro del contenido de ilicitud que es propio de acceso carnal violento o no, por ejemplo leves hematomas en los muslos o lesiones en la propia zona genital, no ocasionados de modo deliberado, sino como consecuencia forzosa del acceso carnal, y sólo cuando se infieren lesiones deliberadas y adicionales como medio de vencer la resistencia de la víctima pero con entidad sustancial autónoma, procede la apli...

  • Cuestiones introductorias; II. El principio non bis in idem; 1. Introducción; 2. La STC 177/1999 de 11 de octubre; 3. La STC 2/2003, de 16 de enero; III. Las consecuencias del principio non bis in idem en la Ley Orgánica de Protección de la Salud del Deportista y Lucha contra el Dopaje; IV. Conclusión.

  • Introducción - B. Estudio del non bis in indem sustantivo - I. Concepto, fundamento y reconocimiento constitucional - 2. Presupuestos de operatividad. Referencia general - A. Los criterios de identidad subjetiva - B. Los criterios de identidad causal o de fundamento - c. Los criterios de identidad fáctica - 3. El sistema de excepciones a la vigencia del non bis in idem sustantivo en el ordenamiento jurídico español - C. Las disfunciones provocadas por la inaplicación del non bis idem en el ámbito de las relaciones de sujeción especial - I. Bases para la reconstrucción del sistema de concurrencia normativa entre normas penales y disciplinarias - 2. Consideración de la naturaleza jurídica de la potestad disciplinaria - 3. Las teorías sobre la diferenciación «cualitativa» entre los ilíc...

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    DELITO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL. DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA. PRUEBA. PRINCIPIO DE TUTELA JUDICIAL EFECTIVA. Se reclama contra la sentencia que condena al acusado como autor responsable de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, en concurso ideal medial con un delito continuado de apropiación indebida. Todo transcurre en el seno de una relación de confianza entre el acusado (director de una sucursal bancaria) y el denunciante, cliente del banco (fallecido con posterioridad a los hechos) cuya acción mantiene su hermano. Entre ambos se había establecido una cierta relación de confianza, por lo que las alegaciones del acusado para intentar demostrar que todo había sido realizado con el conocimiento y consentimiento del fallecido adquiere una especial relevancia. En este sentido, esgrime un documento que existe en las actuaciones y que pudiera acreditar la inexistencia de engaño alguno e incluso el consentimiento para imitar la firma. Dicho documento aparece firmado por el denunciante y en él manifiesta que ante el próximo traslado del empleado acusado está conforme con los saldos al día de la fecha y con las operaciones realizadas hasta la misma. Todas las operaciones imputadas son anteriores a la fecha del documento. Para que pueda admitirse como cumplida la exigencia de motivación de la prueba y la fijación de los hechos, en función de su carga o efectividad probatoria, es necesario que la Sala sentenciadora tome en consideración, tanto aquellas que se esgrimen por la acusación, como elemento inculpatorio, como las que pudieran tener el efecto de anular la apariencia probatoria de las primeras. El silencio sobre el valor de este documento es total. En consecuencia, se estima que no se ha valorado la prueba de descargo, lo que lesiona el principio de tutela judicial efectiva. Ello da lugar a la anulación de la sentencia. Se hace lugar parcialmente al recurso de casación.

      Fuentes del derecho penal › Principios penales › Non bis in idem › Facultades judiciales
  • Introducción II. El principio non bis in idem 1.Cuestiones previas 2.La STC 177/1999 de 11 de octubre 3.La STC 2/2003, de 16 de enero III. Conclusión

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    DELITOS DE FALSEDAD DE DOCUMENTO MERCANTIL Y ESTAFA. Del relato de hechos probados y de la propia mecánica comisiva resulta meridianamente claro un propósito lucrativo del acusado consistente en apoderarse del dinero falazmente ingresado en esas cuentas corrientes -también falaces-, con el paralelo perjuicio del Banco para el que trabajaba. Se condena al acusado. Se desestima la apelación.

    ..., se vulneraría el principio "non bis in idem". En efecto, según los Hechos Probados ninguna de...

    ☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal



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