STSJ País Vasco , 2 de Febrero de 2001
Ponente | LUIS ANGEL GARRIDO BENGOECHEA |
ECLI | ES:TSJPV:2001:604 |
Número de Recurso | 428/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 2 de Febrero de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO DE APELACIÓN Nº 428/00 SENTENCIA NUMERO 141/2001 ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DON ANGEL RUIZ RUIZ MAGISTRADOS:
DON LUIS A. GARRIDO BENGOECHEA DON JOSE F. MARTIN CORREDERA En la Villa de BILBAO, a dos de Febrero de Dos mil uno. La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por los Ilmos. Sres. antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el veintiocho de Septiembre de dos mil por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Bilbao en el recurso nº 50/99.
Son partes:
Como apelante: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000 DE SESTAO, representada por la Procuradora SRA.FRADE FUENTES y dirigida por letrado.
Como apelada: AYUNTAMIENTO DE SESTAO, que ha comparecido en la presente alzada representado por el Procurador SR.EGUIDAZU BUERBA y dirigido por letrado.
Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON LUIS A. GARRIDO BENGOECHEA.
Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Bilbao en el recurso número 50/99 promovido contra Acuerdo del Ayuntamiento de Sestao de fecha 8 de enero de 1.999, se dictó sentencia el 28.09.00, en la que se desestima el recurso interpuesto por resultar ajustada a derecho la resolución recurrida.
Contra dicha resolución se interpuso por la Comunidad de Propietarios de la C/
DIRECCION000 nº NUM000 de Sestao recurso de apelación ante esta Sala, suplicando el dictado de una sentencia que estime el recurso interpuesto, accediendo a lo solicitado en el recurso contencioso-administrativo inicial.
El Juzgado admitió a trámite el recurso de apelación, dando traslado a las demás partes para que en el plazo común de quince días pudieran formalizar la oposición al recurso y, en su caso, adherirse al mismo.
En fecha 7 de noviembre de 2000, el Procurador Sr.Eguidazu presentó escrito de oposición a la apelación e interesando que por la Sala se desestime el recurso formulado, confirmando la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Bilbao.
Tramitada la apelación por el Juzgado, y recibidos los autos en la Sala, se designó
Magistrado Ponente, y no habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni la celebración de vista o conclusiones, se señaló para la votación y fallo...
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