La responsabilidad social corporativa en una nueva fase para la sostenibilidad en las cadenas mundiales de suministro. Su relación con el trabajo infantil

AutorVíctor Garrido Sotomayor, Isidro Boix Lluch
Páginas75-97
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Simposio internacional Trabajo infantil y su erradicación en el marco de la meta 8.7 de la Agenda 2030. Cuestiones plurales, pp. 75-97
e-Archivo uc3m: http://hdl.handle.net/10016/35075
La responsabilidad social corporativa en una nueva fase
para la sostenibilidad en las cadenas mundiales de suministro.
Su relación con el trabajo infantil
Corporate social responsibility in a new phase for sustainability
in global supply chains. Its relationship with child labor
Víctor GARRIDO SOTOMAYOR
Secretaría de Acción Sindical Internacional de CCOO Industria, Coordinador Global del Acuerdo
Marco Global de Inditex para IndustriALL Global Union, del Acuerdo Bilateral con Mango y del
multisectorial con El Corte Inglés
Isidor BOIX LLUCH
Colaborador de CCOO-Industria, Ex Coordinador Global de IndustriALL Global Union para el
Acuerdo Marco Global con Inditex, Coordinador del Grupo Cadenas de Suministro en el Foro Social
de la Industria de la Moda de España
Resumen: La Responsabilidad Social Corporativa se ha ido transformando a medida que
los Acuerdos Marco y las Acción Sindical Internacional desarrollan un efecto
tractor en las cadenas mundiales de suministro, para tartar de garantizar el
cumplimiento de la normativa internacional del trabajo contenida en los con-
venios fundamentales. El sector textile es paradigmático, en particular, en lo
relativo a la eliminación del trabajo infantil.
Palabras clave: Responsabilidad Social Corporativa, cadenas globales de suministro, conve-
nios fundamentales, OIT, trabajo infantil, sumangali,
Abstract: Corporate Social Responsibility has been transformed as the Framework Agre-
ements and International Trade Union Actions develop a tractor ef‌fect in
global supply chains, to try to guarantee compliance with international labor
regulations contained in the fundamental conventions. e textile sector is
paradigmatic, particularly with regard to the elimination of child labour..
Keywords: Corporate Social Responsibility, global supply chains, fundamental conven-
tions, ILO, child labour, Sumangali.
Sumario
1.- La Sostenibilidad en su tercera etapa. 2.- Los Acuerdos Marco Globales (AMGs). 3.- La crisis del Covid-19,
sus consecuencias sanitarias y laborales. 3.1.- Otras repercusiones de la pandemia con intervención sindical desde
España. 3.2- Algunas preguntas de respuesta incierta o pendiente, pero necesaria. 4.- Caracterización de las cadenas
mundiales de valor y sus carencias. 4.1.- Salarios. 4.2.- Tiempo de trabajo. 4.3.- Seguridad y Salud, derecho a la
vida. 4.4.- El Acuerdo de Bangladesh, ACCORD. Su nueva proyección como Acuerdo Internacional para garantizar
la seguridad y la salud en el sector del textil y el vestuario. 4.5.- Inmigración y migraciones. 4.6.- Trabajo infantil.
4.6.1.-Sumangali. 4.6.2.- Portugal. 4.6.3.- Marruecos. 5.- La incipiente 3ª fase para la Sostenibilidad. La Debida
Diligencia como prioridad. 6- Hacia un nuevo Acuerdo Global. 7.- ¿Hacia una “nueva normalidad”?
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Simposio internacional Trabajo infantil y su erradicación en el marco de la meta 8.7 de la Agenda 2030. Cuestiones plurales, pp. 75-97
e-Archivo uc3m: http://hdl.handle.net/10016/35075
La responsabilidad social corporativa en una nueva fase para la sostenibilidad...V. G - I. B
1. La Sostenibilidad en su tercera etapa
Después de hablar de “responsabilidad social”, “responsabilidad corporativa”, “diligencia
debida”, “vigilancia debida”, …, creemos que corresponde aproximarse a la cuestión con
un planteamiento actualizado y con un término que lo sintetiza, Sostenibilidad. Con
éste se trata de establecer un objetivo claro al que aplicar la vieja, pero nueva cada día,
fórmula del Foro Social de Porto Alegre: “otro mundo es posible”.
Se trata de la sostenibilidad social y ambiental, estrechamente interrelacionadas,
y con una tercera pata imprescindible para que se sustente, la sostenibilidad económica,
entendiendo por “economía” la organización de los recursos disponibles en cada mo-
mento, la producción, distribución y consumo de riqueza para satisfacción de las nece-
sidades humanas.
Pretendemos ahora abordar un aspecto de una de esas tres patas, la sostenibilidad
social, y en ella, como elemento esencial, el trabajo decente, la dignidad del trabajo, fo-
calizado en uno de sus ejes esenciales, las cadenas mundiales de suministro, en este caso
de las multinacionales de la industria de la moda.
Consideramos que nos encontramos hoy en la 3ª fase de tal objetivo
En una primera etapa, generalizada en los comienzos de este siglo, la creciente exi-
gencia social se traducía en decisiones unilaterales de las empresas que af‌irmaban tomar
medidas que trascendían sus obligaciones legales. Eran los “códigos éticos”, “códigos de
conducta”, u otras fórmulas expresadas en sus memorias. En el mismo sentido se pro-
nunciaba la Comisión Europea en su “Libro Verde” de 2001 que preconizaba compro-
misos “voluntarios” de las empresas. Tales planteamientos sobre los estándares sociales
han hecho proliferar muchas normas supranacionales no siempre de ef‌icaz y directa apli-
cación, pero de indudable interés como referencia para la actividad social, como son los
Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas,
y el Global Compact, con el desarrollo de diversa iniciativas, tales como SA8000, ISO
26000 y otras, y que tienen una referencia esencial en la Guía de la OCDE de debida
diligencia para una conducta empresarial responsable1 y en la Declaración tripartita de
principios relativo a las empresas multinacionales y política social de la OIT2. Compro-
misos empresariales de discutible exigibilidad jurídica, aunque su planteamiento público
facilitó iniciativas desde diversos ámbitos sociales, esencialmente por parte de ONGs y
de organizaciones sindicales, orientando la acción social a reivindicar su cumplimiento
en todas sus cadenas de f‌iliales, proveedores, contratas y subcontratas, hasta su último
eslabón de subcontratación.
La OIT ha ido asumiendo su específ‌ica responsabilidad dedicando en 2016 una
sesión de su Conferencia anual al trabajo decente en las cadenas de suministro y tradu-
cida luego en algunas iniciativas para la protección de los derechos fundamentales en las
1 https://mneguidelines.oecd.org/Guia-de-la-OCDE-de-debida-diligencia-para-una-conducta-empresa-
rial-responsable.pdf
2 https://www.ilo.org/empent/areas/mne-declaration/lang--es/index.htm

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