El Derecho penal económico como garante de los derechos humanos. Especialmente ante las peores formas de trabajo infantil y otras formas contemporáneas de esclavitud

AutorTania García Sedano
Páginas33-55
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Simposio internacional Trabajo infantil y su erradicación en el marco de la meta 8.7 de la Agenda 2030. Cuestiones plurales, pp. 33-55
e-Archivo uc3m: http://hdl.handle.net/10016/35075
El derecho penal económico como garante de los derechos
humanos. Especialmente ante las peores formas de trabajo
infantil y otras formas contemporáneas de esclavitud
Economic criminal law as a guarantor of human rights.
Especially of the worst forms of child labor and other
contemporary forms of slavery
Tania GARCÍA SEDANO*
Doctora en Derecho. Profesora asociada. Universidad Carlos III de Madrid
Magistrada Suplente, Audiencia Provincial de Madrid
ORCID ID: 0000-0003-4801-6733
Resumen: Se hace urgente la adopción de medidas ef‌icaces tendentes la erradicación de
las peores formas de trabajo infantil y formas contemporáneas de esclavitud en
cuanto que constituyen gravísimas violaciones de derechos humanos. En ese
sentido, no puede eludirse, por su urgencia, utilidad y ef‌icacia, la necesidad de
articular un derecho penal económico de los derechos humanos cuya justif‌i-
cación estaría en la sanción del incumplimiento de obligaciones empresariales
cuyo objetivo fuera la garantía y protección de los derechos humanos.
Palabras clave: peores formas de trabajo infantil, formas contemporáneas de esclavitud, dili-
gencia debida, derecho penal.
Abstract: e adoption of ef‌fective measures aimed at the eradication of the worst forms
of child labor and contemporary forms of slavery, as they constitute gross vio-
lations of human rights, is urgently required. In this sense, the urgency of
articulating an economic criminal law of human rights cannot be avoided,
the justif‌ication of which would be in the sanction of the breach of business
obligations whose objective was the guarantee and protection of human rights.
Keywords: worst forms of child labor, contemporary forms of slavery, due diligence, cri-
minal law.
Sumario
1. Las peores formas de trabajo infantil y las formas contemporáneas de esclavitud. 1.1. Las peores formas de trabajo
infantile. 1.2. Formas contemporáneas de esclavitud. 2. Magnitud del fenómeno. 3. Debida diligencia y derecho pe-
nal. 3.1. Tipif‌icación. 3.2. La criminalidad empresarial. 3.3. Incumplimiento empresarial del principio de diligencia
debida. 3.4. Falsedad de los estados de información no f‌inanciera. 4. Prohibición de comercialización de productos
producidos por mano de obra sometida a formas contemporáneas de esclavitud. 4.1. Políticas de prohibición de
comercialización de productos fabricados por mano de obra sometida a formas contemporáneas de esclavitud. 4.2.
Política criminal para la penalización de la comercialización de productos procedentes del sometimiento a formas
contemporáneas de esclavitud. 4.3. La demanda de productos y servicios vinculados a mano de obra sometida a
formas contemporáneas de esclavitud. 4.4. Tipos penales que sancionen el incumplimiento de medidas cautelares,
permisos administrativos o prohibiciones de contratar. 5. Conclusiones. 6. Bibliografía. 7. Anexo jurisprudencial.
*tgsedano@der-pu.uc3m.es
Este trabajo se enmarca en el Proyecto I+D La responsabilidad penal de empresas trasnacionales por vio-
laciones a los derechos humanos y al medio ambiente (DER- 2017-85144-C2), del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades.
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Simposio internacional Trabajo infantil y su erradicación en el marco de la meta 8.7 de la Agenda 2030. Cuestiones plurales, pp. 33-55
e-Archivo uc3m: http://hdl.handle.net/10016/35075
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1. Las peores formas de trabajo infantil y las formas contemporáneas de esclavitud
1.1. Las peores formas de trabajo infantil
Las peores formas de trabajo infantil fueron proscritas en el Convenio sobre las peores
formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) adoptado en el seno de la Organización
Internacional del Trabajo que fue ratif‌icado por España en el año 2001.
Por peores formas de trabajo infantil debe conceptualizarse, según el artículo 3 : “
(a) todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y
la trata de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso
u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en
conf‌lictos armados; (b) la utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la pros-
titución, la producción de pornografía o actuaciones pornográf‌icas; (c) la utilización, el
reclutamiento o la oferta de niños para la realización de actividades ilícitas, en particular
la producción y el tráf‌ico de estupefacientes, tal como se def‌inen en los tratados interna-
cionales pertinentes, y (d) el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que
se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños”.
1.2. Formas contemporáneas de esclavitud
El concepto formas contemporáneas de esclavitud se utiliza como aglutinador de las
formas de explotación extrema del ser humano. Se trata de un concepto metafórico que
tiene como efecto positivo la atracción y posicionamiento frente a esas graves formas de
explotación1; su aspecto más negativo radicaría en que la inexistencia de un contenido
inequívoco2, carece de def‌inición en el derecho internacional3, no contribuye positiva-
mente al fenómeno pues complica la delimitación de sus contornos4, dif‌iculta el estable-
cimiento de políticas activas así como una acción coordinada para la lucha contra esta
realidad y supone un obstáculo para la estimación certera de la magnitud del fenómeno5.
1 Pérez Alonso, Esteban “Tratamiento jurídico-penal de las formas contemporáneas de esclavitud”. En
Pérez Alonso, Esteban (Dir) El derecho ante las formas contemporáneas de esclavitud. Valencia, Tirant lo Blanch,
Valencia. 2017.pp. 333-366.
2 Shahinian, G. Informe de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus
causas y consecuencias. 2008. Documento nº A/HRC/9/20. Párrafo 38. Bales, Kevin, Robins, Peter “No One
Shall Be Held in Slavery or Servitude’: A Critical Analysis of International Slavery Agreements and Concepts
of Slavery”. In Human Rights Review, 2001.pp 18-45.
3 Plant, Rober. Modern slavery: e concepts and their practical implications. Geneva: International Labour
Organization, 2014. Scarpa, Silvia. Contemporary forms of slavery. STUDY Requested by the DROI com-
mittee. Policy Department for External Relations Directorate General for External Policies of the Union PE.
December (2018).
4 Un ejemplo estaría constituído por la campaña 50 for freedom adoptada por la Organización Inter-
nacional del Trabajo para que al menos a 50 países ratif‌iquen el Protocolo sobre el trabajo forzoso antes de
f‌inales del año 2019 y acabar con la esclavitud moderna.
5 Scarpa, Silvia. Contemporary forms of slavery. Study Requested by the DROI committee.

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