SAP Alicante 69/2005, 16 de Febrero de 2005

PonenteMARIA TERESA SERRA ABARCA
ECLIES:APA:2005:516
Número de Recurso538/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución69/2005
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

SENTENCIA NÚM. 69

Iltmos. Sres.:

Presidente: D. José Luis Úbeda Mulero.

Magistrada: Dª Visitación Pérez Serra.

Magistrada: Dª Mª Teresa Serra Abarca.

En la ciudad de Alicante, a dieciséis de febrero de dos mil cinco.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos Juicio Ordinario número 332/2003, seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia de Nº 4 de Elda de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante, DIRECCION000 , representado por el Procurador D. Vicente Jiménez Izquierdo y dirigido por el Letrado D. Mariano-J. Hernández Rico y como parte apelada, la parte demandada no personada en esta alzada, D. Simón y D. Jose Ramón , representados en 1ª instancia por la Procuradora Dª Carina Pastor Berenguer y dirigida por el Letrado D. Arturo Muñoz Cubillo.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Elda en los referidos autos, tramitados con el núm. 332/2003 se dictó sentencia con fecha 03-06-2004 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por DIRECCION000 contra D. Jose Ramón y D. Simón debo condenar y condeno a los codemandados a abonar mancomunadamente a la actora la suma de CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA EUROS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS DE EURO (5.230,82 Euros) más intereses legales a contra desde la fecha de interpelación judicial".

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se preparó recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma, formalizándose en el plazo previsto. Fue admitido, dándose traslado a la parte contraria no personada, que se opuso al mismo y previo emplazamiento de las partes se elevaron los autos a este Tribunal, donde quedó formando el Rollo núm. 538-B-2004, tramitándose el recurso en forma legal, y en el que se señaló para la deliberación y votación el día 16-02-2005, en el que tuvo lugar al no considerarse necesaria la celebración de vista por este Tribunal.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª Mª Teresa Serra Abarca.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estima la demanda y condena a los demandados a que abonen mancomunadamente a la DIRECCION000 la cantidad de 5.230,82 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda.

Contra la sentencia dictada se interpone recurso de apelación por la parte actora en el particular referido a la condena mancomunada de los propietarios de la vivienda, cuyas cuotas de la Comunidad se reclaman, por considerar que no es de aplicación lo dispuesto en el artículo 1137 del Código Civil , teniendo la consideración de solidaria la obligación en la contribución de los gastos comunitarios a los propietarios de la vivienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 y 9.1.e de la Ley de Propiedad Horizontal , motivo que debe ser estimado, con la correspondiente imposición de costas de primera instancia a los demandados.

SEGUNDO

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