STSJ Andalucía 540/2005, 23 de Febrero de 2005

PonenteJUAN CARLOS TERRON MONTEROVALTU
ECLIES:TSJAND:2005:6425
Número de Recurso2260/2004/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución540/2005
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2005
EmisorSala de lo Social

540/2005

1

SECCIÓN 1ª J.S.

SENTENCIA NÚM. 540/05.

Autos núm. 1327/03.

Social uno de Almería.

ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTIN.

PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO.

ILTMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRON MONTERO.

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada, a veintitrés de Febrero de dos mil cinco.-

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 2260/04, interpuesto por DOÑA Virginia, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. uno de Almería, en fecha nueve de Enero de dos mil cuatro, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS TERRON MONTERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por DOÑA Virginia en reclamación sobre prestaciones, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha nueve de Enero de dos mil cuatro, por la que desestimando la demanda formulada por Dª. Virginia, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a dicho demandado de la pretensión frente al mismo formulada y todo ello confirmando la resolución impugnada.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - La actora Dª Virginia, mayor de edad, con D.N.I. Núm. NUM000, con domicilio en San Isidro, Nijar, Almería.

  2. - La actora ha convivido con D. Carlos María, naciendo como fruto de su unión nacieron los siguientes hijos: Lorenzo el 24 de diciembre de 1.988, Braulio, nacido el día 3 de Enero de 1.990 y Luis María nacido el día 22 de Febrero de 1.995.

  3. - D. Carlos María, se encontraba enferma afecto de esquizofrenia paranoide, estando sometido a tratamiento de desintoxicación de su adicción a la droga. falleciendo el día 24 de Febrero de 2.001, solicitando la actora el reconocimiento de la pensión de Viudedad y Orfandad, le fue denegada por resolución del Director provincial del I.N. S.S., de fecha 26 de Agosto de 2.003, en base a no ser o haber sido cónyuge del fallecido ni existir imposibilidad para haber contraído matrimonio con anterioridad a la fecha del fallecimiento y No encontrarse el causante en alta o en situación asimilada al alta ni haber completado un periodo de cotización de quince años. Formulando frente a la misma reclamación previa, que ha de entenderse desestimada por silencio administrativo.

  4. - La base reguladora del causante es de 293,64 €., habiendo cotizado un total de 2.070 días, habiendo cesado en el trabajo el la ultima empresa el día 31 de Agosto de 2.000, sin que figure como demandante de empleo.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por DOÑA Virginia, recurso que posteriormente formalizó, no siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Al amparo del apartado b) del art. 191 de la LPL, se solicita que el hecho probado tercero de la sentencia recurrida quede redactado en los siguientes términos:

"D. Carlos María, se encontraba enfermo afecto de esquizofrenia paranoide, estando sometido a tratamiento de desintoxicación de su adición de droga, falleciendo el día 24 de febrero de 2001, tras haber ingresado el día 17 de dicho mes, en la Unidad de Enfermos mentales agudos del Hospital de Torrecardenas de Almería, presentando a la fecha del ingreso un cuadro de delirios, alucinaciones, y diagnosticándosele como causa de la muerte un edema agudo de pulmón. Solicitando la actora el reconocimiento de la pensión de viudedad y orfandad, le fue denegada por...

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