Obstrucción a la justicia

AutorStuart P. Green
Páginas229-256
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CAPÍTULO XV
OBSTRUCCIÓN A LA JUSTICIA
La ambigüedad moral que el público en general siente en relación con
los delitos de cuello blanco se hace evidente, más que con ningún otro, en
el caso del delito de obstrucción a la justicia. Uno tras otro, en los casos
de obstrucción a la justicia con relevancia pública se han suscitado dudas
acerca de si lo que el acusado hizo realmente merecía ser considerado delic-
tivo. Con anterioridad ya nos referimos a los casos de Bill Clinton y Martha
Stewart. Clinton no sólo supuestamente cometió perjurio, sino que también
presuntamente incurrió en obstrucción a la justicia al solicitar a Lewinsky
que fuera «evasiva» en su testimonio y al pedir a Betty Currie que fuera al
apartamento de Lewinsky para reclamarle varios regalos que le había hecho.
Por su parte, Stewart, junto a la supuesta falsedad en sus declaraciones al
FBI, también presuntamente incurrió en obstrucción a la justicia al conspi-
rar con su broker para alterar documentos que crearían la apariencia de que
había vendido sus acciones de ImClone conforme a un acuerdo preexistente
y no como resultado de un uso de información privilegiada.
Lo desconcertante de la reacción ante tales casos es que, a partir de los
mismos, se viene a sugerir implícitamente que: 1) en comparación con de-
litos de cuello blanco «graves» (vgr. cohecho y fraude), los delitos de mero
encubrimiento, como es el caso de la obstrucción a la justicia, simplemente
no merecen un trato particularmente severo 1; 2) que tal comportamiento,
con frecuencia, solamente ref‌leja conductas legítimas, como la defensa celo-
sa de los intereses del cliente por el abogado, la «preparación de testigos»,
ciertos procesos rutinarios de «gestión interna» 2 o, en el peor de los casos,
1 Véase, p. ej., James O. GOLDSBOROUGH, «We Are a Nation Awash in a Sea of Lies», San
Diego Union-Tribune, 9 de junio de 2004, http://www.signonsandiego.com/news/op-ed/goldsbor-
ough/20030609- 9999_mz1e9golds.html.
2 Véase, p. ej., Stephen GILLERS, «The Flaw in the Andersen Verdict», New York Times, 18 de
junio de 2002, p. A23 (argumentando que la instrucción dada a los ejecutivos de Arthur Andersen,
en el sentido de que un programa de destrucción de documentos preexistente no debía ser suspen-
dido a pesar de una inminente investigación penal sobre el papel de Andersen en el escándalo de
Enron, no constituyó un hecho delictivo en absoluto, sino «el tipo de consejo que los abogados dan
a sus clientes todo el tiempo»).
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un «error de juicio» 3, y 3) que hay algo en cierta manera injusto, vengativo
o mezquino en el hecho de que los representantes del Ministerio Fiscal pre-
senten acusación por obstrucción a la justicia o perjurio, en lugar o además
de acusar por las conductas que están siendo encubiertas o al tiempo que
presentan dicha acusación 4.
El problema con tales opiniones, sin embargo, es su carácter ad hoc. Pa-
recen basarse en poco más que intuiciones subjetivas, y a menudo contradic-
torias, sobre concretos casos famosos. Se requiere un análisis más minucioso
respecto del contenido moral de los delitos consistentes en alguna forma de
obstrucción, un marco comprehensivo para ref‌lexionar sobre tales delitos
que pueda utilizarse transversalmente de una forma teóricamente consistente
a f‌in de evaluar tanto el tratamiento jurídico de categorías enteras de conduc-
tas delictivas como el procesamiento y castigo de casos individuales. Dicho
objetivo es, en todo caso, el que espero lograr en las líneas que siguen.
1. LA REGULACIÓN DEL DELITO DE OBSTRUCCIÓN
A LA JUSTICIA EN ESTADOS UNIDOS
En la legislación federal los tipos penales básicos de obstrucción a la
justicia están contenidos en una veintena de artículos del capítulo LXXIII
del título XVIII del Código de Estados Unidos 5. Para nuestro estudio son
de particular interés los artículos 1503, 1505, 1510, 1512, 1519 y 1520. En
dichos tipos penales se abarca una amplia variedad de conductas obstructo-
ras dentro de un vasto espectro de contextos procesales.
1.1. Cuatro distinciones formales
Con carácter previo a analizar la actual regulación legal del delito de obs-
trucción a la justicia en Estados Unidos, quiero ofrecer cuatro distinciones
3 Doug HENWOOD, «Free Martha!», The Nation, 9 de febrero de 2004, http://www.thenation.
com/ doc.mhtml?i_20040209&s_henwood (ref‌iriéndose a cómo la decisión de Marta Stewart de
mentir a los investigadores federales para encubrir lo que creía que era un fraude de inversiones
ref‌lejó un «error de juicio» más que la intención de cometer un delito grave).
4 Howard CHAPMAN, «Both Martha and Justice Have Suffered, and Now It Will Get Even
Worse», Fort Wayne News-Sentinel, 12 de marzo de 2004, http://www.discovery.org/scripts/
viewDB/index.php?command_view&program_Misc&id_1926.
5 18 USC §§ 1501-1520. Sobre los elementos del delito de obstrucción a la justicia y otros
delitos de encubrimiento se pueden consultar, entre otras fuentes, los siguientes trabajos, Jamie
S. GORELICK, et al., Destruction of Evidence, Nueva York, Wiley Law Publications, 1989, § 5.6,
pp. 189-194, 200-203; Chris William SANCHIRICO, «Evidence Tampering», Duke Law Journal, 53,
2004, pp. 1215 y ss.; Lawrence SOLUM y Stephen MARZEN, «Truth and Uncertainty: Legal Control
of the Des truction of Evidence», Emory Law Journal, 36, 1987, pp. 1085 y ss. Existe también una
amplia variedad de delitos de obstrucción a la justicia en los distintos estados federados, sobre los
que se puede consultar GORELICK, supra pp. 189-914; 200-203.

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