STSJ Murcia 1014/2002, 18 de Septiembre de 2002

PonenteFAUSTINO CAVAS MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2002:2228
Número de Recurso294/2002
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1014/2002
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Social

D. FRANCISCO MARTÍNEZ MUÑOZD. MANUEL RODRIGUEZ GOMEZD. FAUSTINO CAVAS MARTINEZ

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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA Nº: 1014/2002

ROLLO Nº: RSU 294/2002

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA

En MURCIA, a dieciocho de septiembre del dos mil dos.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTÍNEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres.Magistrados, D. MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ y D. FAUSTINO CAVAS MARTINEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA Elvira , contra la sentencia del JUZGADO DE LO SOCIAL N. 7 de MURCIA de fecha 29 de noviembre del 2001, dictada en proceso número 726/2001, sobre CONTRATO DE TRABAJO, y entablado por DOÑA Elvira frente COMUNIDAD AUTONOMA DE LA REGION DE MURCIA -SERVICIOS JURIDICOS-, TRAGSA.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr.Magistrado D. FAUSTINO CAVAS MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "PRIMERO.- La actora doña Elvira ha venido prestando sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Murcia, en virtud de los contratos de trabajo que se señalan a continuación: -Contrato de trabajo para obra o servicio determinado celebrado al amparo del R.D. 2.104/84 de 21 de noviembre, suscrito el 7-04-1993, duración pactada desde el 12-04-1993 hasta la finalización de las tareas de la especialidad para la que fue contratada, esto es "llenado de bolsas, siembra, riego, abonados", con la categoría profesional de peón agrícola, en el centro de trabajo Vivero Forestal "El Valle" La Alberca (Murcia). -Contrato de trabajo para obra o servicio determinado celebrado al amparo del R.D. 2.104/84 de 21 de noviembre, suscrito el 18-10-1993, duración pactada desde el 19-10-1993 hasta la finalización de las tareas de la especialidad para la que es contratada: "producción de plantas para repoblaciones forestales", con categoría profesional de peón agrícola y centro de trabajo Vivero Forestal "El Valle" La Alberca (Murcia); dicho contrato finalizó el 31-12-1993. -Contrato de trabajo para obra o servicio determinado celebrado al amparo del R.D. 2.104/84 de 21 de noviembre, suscrito el 17-10-1994, con duración inicial pactada desde el 20-10-1994 hasta la finalización de las tareas para las que fue contratada, "y, en todo caso, el día 30 de diciembre de 1994"; objeto del contrato "producción de plantas en viverosforestales"; categoría profesional de peón agrícola; centro de trabajo en Vivero Forestal "El Valle" La Alberca (Murcia). -Contrato de trabajo de duración determinada, celebrado al amparo del R.D. 2546/94, suscrito el 26-07-1995, con duración pactada desde el 28-07-1995 hasta la finalización de la especialidad para la que fue contratada "y, en todo caso, el día 31 de diciembre de 1995"; objeto del contrato "producción de plantas de viveros para repoblación forestal durante el año 1995 de acuerdo con la memoria del proyecto 8092/95"; categoría profesional Ayudante de Oficios, nivel retributivo "E" y centro de trabajo ubicado en el vivero Forestal "La Concepción" sito en Cartagena; el día 31-12-1995 finalizó dicho contrato. -Contrato de trabajo de duración determinada, celebrado al amparo del RD 2546/94, eventual por circunstancias de la producción, suscrito el 24- 06-1996, con duración pactada desde el 1-07-1996 hasta el 31-12-1996, objeto "atender la acumulación de tareas porproducción de plantas en viveros forestales para 1996", con categoría profesional de Ayudante de Oficios, nivel retributivo "E", y centro de trabajo ubicado en vivero Forestal "Los Cuadros", Murcia; dicho contrato finalizó el 31-12-1996. SEGUNDO.-La actividad que viene realizando la Dirección General de Medio Ambiente en el Vivero Forestal "El Valle" de La Alberca (Murcia) desde el año 1993 a 1997, ambos inclusive, es la producción, cría y mantenimiento de especies vegetales, siendo el destino de lo obtenido para repoblaciones forestales en montes públicos, consorciados y privados; también los excedentes de plantas, como las diferentes especies vegetales ornamentales que se crían y los árboles de navidad que se obtienen, se destinan a la venta a particulares ya otras Comunidades Autónomas que los soliciten, y para donaciones a Ayuntamientos, Organismos e Instituciones sin ánimo de lucro. TERCERO.- En los años 1993, 1994 y 1995 el sistema de ejecución de los Proyectos "Producción, de plantas en Vivero", se realizó por la Administración, según las circunstancias 1ª y 2ª del Artículo 187 del antiguo Reglamento de Contratos del Estado; en el año 1996 de la misma forma pero atendiendo a las circunstancias a) y b) del art. 153 de la Ley 13/95 de Contratos del Estado, y durante el año 1997 se realizó por la Empresa de Transformación Agraria S.A. (TRAGSA), en su carácter de medio propio de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de acuerdocon el Convenio suscrito entre A.R.M.A.N. y la mencionada empresa en fecha 14 de junio de 1989. CUARTO.- Las obras, labores, operaciones y trabajos a realizar en el Vivero Forestal "El Valle", van encaminadas a las unidades de obra de tratamientos herbicidas y fitopatológicos, relleno y siembra en bolsas, repicado de plantas, riegos, preparación de plantas en maceta, podas, escardas, aclareos, abonados, etc.; no re realiza ninguna labor u operación en invernadero, ya que no existe en el vivero Forestal "El Valle". QUINTO.- La venta de plantas la efectúa directamente el encargado del vivero, y en su ausencia, cualquier obrero de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que tenga allí su puesto de trabajo, el dinero recogido por la venta de las plantas, éste engrosa los fondos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y los ingresos son efectuados por los mismos compradores antes de la retirada de la planta o por el Jefe de Comarca Forestal de Murcia en Caja Murcia, mediante impreso normalizado. SEXTO.- La demandada "Empresa de Transformación Agraria, S.A." (TRAGSA), con domicilio social en Madrid, calle Agustín de Betancourt n° 17, constituida en escritura pública de fecha 24 de mayo de 1977 y dedicada a la actividad de servicios forestales, es la adjudicataria del servicio de mantenimiento de los viveros forestales de Murcia desde marzo de 1997 mediante, contrata administrativa, que se renueva anualmente. SEPTIMO.- La actora ha venido prestando susservicios como peón por cuenta y bajo la dependencia de "TRAGSA", en virtud de sendos contratos de trabajo para obra o servicio determinado, suscritos en fechas 15 de abril" de 1997, 1 de octubre de 1997, 14 de julio de 1998, 7 de febrero del 2000 y 3 de enero del 2001. El objeto de todos estos contratos lo constituía el mantenimiento de viveros de Murcia en las sucesivas anualidades. Dichos contratos obran en los documentos núm. 1 a 4, ambos inclusive, del ramo de prueba de la parte actora y en el documento n° 4 del ramo de prueba de "TRAGSA", y su contenido se da aquí por reproducido en su integridad. OCTAVO.- El 25 de junio del 2001 la actora interpuso reclamación previa ante la Comunidad Autónoma de Murcia, en la que solicitabaque se reconociera que la empresa con quien mantiene relación laboral es la Administración Autonómica de la Región de Murcia. Esta reclamación fue desestimada por resolución expresa de 17 de agosto del 2001. NOVENO.- El 31 de julio del 2001 la actora presentó ante el SMAC papeleta de conciliación frente a "TRAGSA", la cual obra aportada a autos con el escrito de demanda y cuyo contenido se da aquí por reproducido en su integridad. El 16 de agosto del 2001 se celebró acto de conciliación ante dicho servicio administrativo, con el resultado de intentado sin efecto. DECIMO.- Con anterioridad, en fecha 13 de febrero de 1998 la actora interpuso demanda contra la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Murcia y contra "TRAGSA", cuyo suplico está redactado en los siguientes términos: "Solicito al Juzgado de lo Social que teniendo por presentado este escrito y documentos que se acompañan, se sirva admitirlo y tener por formulada demanda contra la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Consejería de Medio Ambiente, y Tragsa, en reclamación de reconocimiento de trabajadora fija discontinua, al ser estas empresas para las que presto mis servicios, debiendo condenarse a la administración demandada en dicho reconocimiento ya la empresa contratista a la subrogación de mi condición de fija discontinua; y previos a los trámites legales pertinentes se dicte sentencia en la que se condene a las demandadas al reconocimiento de mi condición como trabajadora fija discontinua, como peón en el vivero forestal "El Valle" de La Alberca, con los derechos inherentes a dicha condición" (sic). DECIMOPRIMERO.- La anterior demanda fue turnada al Juzgado de lo Social n° 4 de Murcia, autos núm. 194/1998, el que enfecha 29 de septiembre del 2000 dictó sentencia, cuyo Fallo es del tenor literal que sigue: "Estimo en parte la demanda interpuesta por Dª Elvira frente a la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y TRAGSA,declaro que la relación laboral que unía a la actora con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia es de carácter indefinido discontinuo, y condeno a la misma a estar ya pasar por tal declaración con las consecuencias legales inherentes a tal pronunciamiento, y condeno a TRAGSA a subrogarse en las obligaciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para con dicha trabajadora derivadas de dicha condición, y les absuelvo del resto de la pretensión en su contra deducida.". Esta sentencia obra en el...

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