Introducción

AutorEduardo Lizardo González
Páginas19-30
19
El odio conlleva rechazo y aversión dirigida contra un sujeto o un grupo
determinado. Es un término que puede generar confusión: su uso común y
generalizado diculta su uso penal. Desde el punto de vista penal, el odio se
conecta con un repudio de tipo discriminatorio. Una conducta mediada por el
odio genera un trato diferente, negativo y perjudicial contra personas y grupos
destinatarios de ese odio. Y los delitos de odio se crean como reacción pe-
nal frente a comportamientos que muestran elementos de animadversión que
desembocan en distintas formas de prácticas sociales discriminatorias.
Los orígenes de los valores sociales que permiten crear los Delitos de odio
y discriminación por orientación sexual e identidad de género pueden rastrearse
en el tiempo. Los crímenes de odio y discriminación no deben ser tratados
como incidentes aislados cometidos por personas perturbadas mentalmente.
Las tradiciones judeocristiana y musulmana tienen importantes elementos de
homofobia y misoginia. Y, a lo largo de los siglos, las instituciones políticas y
religiosas han defendido los castigos (desde la castración y el destierro hasta
la hoguera y la muerte) ante las disidencias sexuales. Los y las disidentes se-
xuales conforman una realidad sobre la que se proyecta el rechazo. Sobre estos
personajes sociales se proyecta la idea del enemigo interior y, al mismo tiempo,
se los trata como delincuentes. En la historia del desarrollo de las legislaciones
en los diferentes Estados europeos es frecuente hallar tratamientos discrimi-
natorios y punitivos contra la diferencia y contra la diversidad social y sexual.
Eso sucede porque desde el punto de vista de la eciencia del control social,
INTRODUCCIÓN

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