Introducción

AutorJavier Vercher Moll
Páginas11-13
I
INTRODUCCIÓN
La constitución de una sociedad mercantil supone un proceso que culmi-
na en el otorgamiento de la escritura y la inscripción en el Registro Mercan-
til. La misma premisa puede aplicarse a la liquidación societaria que prevé
cada una de las normas rectoras de cada tipo de sociedad. La liquidación
recorre el camino de la constitución pero al revés 1, de manera que los liqui-
dadores otorgarán escritura pública, la cual será inscrita en el Registro Mer-
cantil con el n de la cancelación de los asientos registrales de la entidad.
Si durante la fase activa de la sociedad, la misma debe de estar dotada
de órganos de gobierno que, mediante sus correspondientes competencias,
tutelan el devenir de la sociedad, en la fase de liquidación resulta de igual
modo transcendente la existencia de órganos de gobierno que gestionen y
tutelen la extinción de la sociedad. En este sentido, resulta clave el ejercicio
del liquidador en sus atribuciones, pues en virtud de la Ley de Sociedades
de Capital ostenta el poder de gestión y representación como lo ostenta el
órgano de administración en la fase activa de la sociedad, pero afectadas por
las funciones especícas de liquidación.
El objetivo de nuestro trabajo es abordar el análisis de los deberes del
administrador de la sociedad de capital aplicados al liquidador. Invita a ello
el art. 375.2 LSC, pues su tenor literal señala que «serán de aplicación a
los liquidadores las normas establecidas para los administradores que no
se opongan a lo dispuesto en este capítulo». Ante tal apriorística solución
legal, de manera que si no existe una disposición especíca y propia del li-
1 F. V C, Introducción al Derecho Mercantil, vol. I, Valencia, Tirant lo Blanch, 2012,
p. 950; F. S B, La extinción por disolución de la sociedad de responsabilidad limitada,
Madrid, Marcial Pons, 2003, p. 28.

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