STSJ Comunidad de Madrid 18, 10 de Enero de 2006

PonenteMARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON
ECLIES:TSJM:2006:18
Número de Recurso4813/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución18
Fecha de Resolución10 de Enero de 2006
EmisorSala de lo Social

RSU 0004813/2005 T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.2 MADRID SENTENCIA: 00029/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2005 0011345, MODELO: 46050 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0004813/2005-P Materia: despido Recurrente/s: Adolfo Recurrido/s: MANCOMUNIDAD DE PROPIETARIOS EXTERIORES ALUCHE "CALLE MAQUEDA N 37 AL43 JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 25 de MADRID de DEMANDA 0001107/2004 Sentencia número: 29/2006-P 214506 Ilma. Sra. DOÑA M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN PRESIDENTA Ilma. Sra. DOÑA CONCEPCION MORALES VALLEZ Ilmo. Sr. DON MANUEL RUIZ PONTONES __________________________________________________

En Madrid, a diez de enero de dos mil seis, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación número 4813/05 interpuesto por DON Adolfo , frente a la sentencia número 115/05, dictada por el Juzgado de lo Social número Veinticinco de los de Madrid, el día 12 de abril de 2.005, en los autos número 1107/04 , siendo ponente la Ilma.

Sra. Doña M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por DON Adolfo , por despido, contra la MANCOMUNIDAD DE PROPIETARIOS "EXTERIORES ALUCHE" CALLE MAQUEDA NÚMEROS 37 AL 43, y en su día se dictó la sentencia que ahora se recurre, que en su parte dispositiva dice:

"Que declarando la competencia del orden social para el conocimiento y fallo de la acción ejercitada, debo desestimar y desestimo la demanda formulada por D. Adolfo , debiendo declarar y declarando la inexistencia del despido objeto de éstos autos, por lo que debo absolver y absuelvo a Mancomunidad de Propietarios " Exteriores Aluche " C/

Maqueda 37 al 43, de la totalidad de las pretensiones de la parte demandante contenidas en su demanda."

SEGUNDO

En dicha resolución se declaran probados los siguientes hechos:

"Primero.-Que el actor ha venido trabajando por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada, como jardinero, desde el día 1 de Abril de 1999,con la categoría de jardinero y con un salario de 771,29 euros mensuales, con prorrateo de pagas extras.

Segundo

E1 actor alternó la prestación de servicios a la demandada, con otros empleos, prestando servicios para Fomento de Construcciones y Contratas, del 1 de Abril de 2000 al 31 de Julio de 2001, y del l de Abril al 12 de Septiembre de 2003. Igualmente, prestó servicios, para la Comunidad de Propietarios Santa Brígida del 2 al 16 de de Agosto de 1999, y para Congelados y Frescos del Mar S.A., del 21 de Mayo de 1992 al 20 de Mayo de 1995. Se encuentra de alta en el Régimen General de Autónomos, con el número 28445331539, en la actividad de jardinería. No estando de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la dependencia de la empresa demandada.

Tercero

Los útiles utilizados por el actor en su prestación de servicios eran propiedad de la demandada, a excepción de una máquina que compró él hace años. Tenía llaves de la finca, lo que le permitía entrar y salir de la misma, para atender un jardín de 10000 metros cuadrados.

Cuarto

En el Acta de la Junta General Extraordinaria, de 1 de Marzo de 1995, se...

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