SAP Madrid 94/2007, 20 de Marzo de 2007

PonenteROSA MARIA QUINTANA SAN MARTIN
ECLIES:APM:2007:5227
Número de Recurso108/2007
Número de Resolución94/2007
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMOQUINTA

S E N T E N C I A núm. 94

Magistrada:

Rosa Mª Quintana San Martín

Rollo J. 108/2007

J. Faltas 388/05

Jdo. Instr. nº 3

Alcalá de Henares

En Madrid, a 20 de marzo de 2007

Esta Magistrada ha visto el recurso de apelación interpuesto por Eugenio contra la sentencia dictada por Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Alcalá de Henares, en fecha 22 de diciembre de 2006, en la causa de referencia.

ANTECEDENTES PROCESALES

ÚNICO.- El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: "Resultado probado y así se declara: Que sobre las 13:30 horas del día 28 de septiembre de 2005, Eugenio conducía el autobús de línea urbana por la calle Marco Martínez de esta ciudad y cuando se adentraba en un paso de cebra también lo hacía el peatón Tomás quien, al tiempo que el autobús detenía bruscamente su marcha, se dirigió al citado conductor para reprocharle su conducción con insultos tales como "gilipollas" y, seguidamente, se acercó a él y a través de la ventanilla le propinó varios golpes llegando a asirle del cuello motivo por el que Eugenio se bajó del autobús y, al abalanzarse Tomás contra él, ambos forcejearon y se agredieron recíprocamente cayendo al suelo teniendo que ser separados por los transeúntes o viajeros del autobús allí presentes.

Como consecuencia de la agresión, Eugenio sufrió lesiones consistentes en erosión y sugilación en antebrazo izquierdo y quemadura por fricción en rodilla izquierda que, según dictamen médico forense, precisaron una primera asistencia facultativa y tardaron en curar 5 días no impeditivos. Asimismo, Tomás sufrió lesiones consistentes en contusión en párpado izquierdo, conjuntivitis traumática del mismo ojo, erosión y hematoma en pómulo izquierdo y epistasis fosa nasal izquierda que, según dictamen forense, precisaron una primera asistencia facultativa y tardaron en curar 4 días sin impedimento."

La resolución impugnada contiene el siguiente fallo: "Que debo condenar y condeno a Eugenio como autor responsable de una falta de lesiones a la pena de treinta días multa con una cuota diaria de 5 €, a que indemnice a Tomás en la suma de 120 € por lesiones, y a la mitad de las costas de este juicio y a Tomás como autor de una falta de lesiones a la pena de treinta días multa con una cuota diaria de 5 €, a que indemnice a Eugenio en la cantidad de 150 € por las lesiones y...

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