SAP Orense 338/2008, 12 de Septiembre de 2008

PonenteINES CELIA IGLESIAS CANLE
ECLIES:APOU:2008:585
Número de Recurso35/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución338/2008
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM. 00338/2008

En la ciudad de Ourense a doce de Septiembre de dos mil ocho.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 4 (antes mixto nº 7) de los de Ourense, seguidos con el núm. 458/07, rollo de apelación núm. 35/08, entre partes, como apelante D. Lucas

, representado por la Procurador de los Tribunales Dª Mª DEL CARMEN SILVA MONTERO, bajo la dirección de la Letrado Dª Mª DEL CARMEN GONZALEZ ALVAREZ y, como apelado, Dª Ana , representada por la Procuradora de los Tribunales Dª MARTA ORTIZ FUENTES, bajo la dirección del Letrado D. LUIS SERNA NACHER.

Es ponente la Ilma. Sra. Dña. Inés Celia Iglesias Canle.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 (antes mixto nº 7) de los de Ourense, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 3 de octubre de 2007, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Ortiz en la representación acreditada, declaro el DESAHUCIO por precario del demandado D. Lucas de la vivienda sita en Barbadás, lugar de parada de DIRECCION000 nº NUM000 , que consta de sótano, primera planta y ático, apercibiendo al demandado que debe dejar la finca libre, vacua y expedita, a disposición de la actora, con el apercibimiento de proceder a su lanzamiento en ejecución de sentencia con expresa imposición al demandado de las costas causadas".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de D. Lucas recurso de apelación en ambos efectos, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de 3 de octubre de 2007 del Juzgado de 1ª Instancia número 4 de Ourense por la que se estima la demanda presentada por Dª Mª del Carmen González Álvarez frente a D. Lucas , ambas partes bajo la defensa y representación acreditada en los autos, se interpone recurso de apelación por la parte demandada interesando la revocación de la sentencia de instancia dictada en el juicio verbal de desahucio 458/2007 , en la que se condena al demandado a que deje libre la finca, a disposición de la actora, con el apercibimiento de proceder a su lanzamiento en ejecución de sentencia con expresa imposición de costas al demandado.

SEGUNDO

En el referido recurso de apelación se alega como causa de impugnación de la sentencia de instancia la falta de personación del demandado en los autos. En efecto, el demandado estaba declarado en rebeldía, previo el emplazamiento en tiempo y forma, tal y como consta en los autos, por lo que tal alegación no debe prosperar, sin que se pueda sostener que se le ha causado indefensión alguna en la medida en que se ha personado en la causa en el momento en que le ha parecido oportuno,...

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