Contestación a la demanda de desahucio por precario
Autor | Carolina Muñiz Ramírez de Verger |
Cargo del Autor | Abogada. Socia Fundadora Firma 10 |
Actualizado a | Abril 2025 |
Tribunal de Instancia núm. __ de ____________________
Procedimiento Verbal _____/_____
D./Dª ____________________, Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de D ____________________, con DNI ____________________, domicilio en ____________________, teléfono ____________________ y correo electrónico ____________________, según apoderamiento electrónico formalizado en fecha ____________________ que se acompaña como DOCUMENTO NÚM. 1, ante el Tribunal comparece y como mejor en derecho proceda, DIGO:
Que en la representación que ostento, bajo la dirección letrada de D./Dª. ____________________ , Letrado/a del Iltre. Colegio de ____________________ , con núm. _____, y en virtud del art. 438.1 de la LEC, por medio del presente escrito formulo OPOSICIÓN A LA DEMANDA DE JUICIO VERBAL DE DESAHUCIO POR PRECARIO instada contra mi mandante en base a los siguientes,
PRIMERO.- De conformidad con el correlativo, en cuanto al título de propiedad que ostenta la parte demandante sobre la finca descrita en la demanda.
SEGUNDO.- En disconformidad con el correlativo, por cuanto mi representado ocupa el inmueble en virtud de título arrendaticio, tal como acredita el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes en fecha ____________________ , que finalizó en fecha ____________________ y que fue renovado tácitamente.
Es por ello por lo que el demandado ha continuado abonando la renta pactada, así como los gastos correspondientes a los suministros de la vivienda.
Mi representado ocupa el inmueble con el beneplácito de su propietario, con quien además recientemente se han intercambiado comunicaciones debido a unas obras efectuadas en la vivienda.
Acreditando lo anterior se acompaña al presente como DOCUMENTO NÚM. __ el contrato de alquiler, los recibos correspondientes al pago de la renta y suministros, así como las comunicaciones efectuadas entre las partes.
Y en todo caso, la supuesta ocupación es de un año anterior a la interposición de la demanda para recobrar la posesión, como se acredita con el DOCUMENTO NÚM. __ consistente en recibos de suministros y certificado de empadronamiento colectivo, como DOCUMENTO NÚM. __.
TERCERO.- Que, de acuerdo con lo expuesto en el presente escrito, y conforme al artículo 438.8 de la LEC, interesa a esta parte la celebración de la vista oral. “8. El demandado, en su escrito de contestación, deberá pronunciarse, necesariamente, sobre la pertinencia de la celebración de la vista. Igualmente, el demandante deberá pronunciarse sobre ello, en el plazo de tres días desde el traslado del escrito de contestación. Si ninguna de las partes la solicitase y el tribunal no considerase procedente su celebración, dictará sentencia sin más trámites. En todo caso, bastará con que una de las partes lo solicite para que el Letrado de la Administración de Justicia señale día y hora para su celebración, dentro de los cinco días siguientes. No obstante, en cualquier momento posterior, previo a la celebración de la vista, cualquiera de las partes podrá apartarse de su solicitud por considerar que la discrepancia afecta a cuestión o cuestiones meramente jurídicas.
En este caso se dará traslado a la otra parte por el plazo de tres días y, transcurridos los cuales, si no se hubieren formulado alegaciones o manifestada oposición, quedarán los autos conclusos para dictar sentencia si el tribunal así lo considera”
CUARTO.- Por lo expuesto, y tal como se argumentará en los fundamentos jurídicos, procede desestimar la existencia de precario, por cuanto el mismo implica ostentar la posesión de un inmueble de propiedad ajena sin disponer de título alguno que legitime la posesión y sin ofrecer contraprestación alguna, elementos que no concurren en el presente caso.
A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes,
I.- LEGITIMACIÓN ACTIVA Y PASIVA: Las partes están legitimadas para intervenir en el presente procedimiento en virtud de los arts. 6, 7.1 y 10 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
II.- REPRESENTACIÓN Y DEFENSA: La presente oposición se formula mediante Procurador/a habilitado/a y bajo la asistencia de Letrado/a en aplicación de los arts. 23 y 31 de la LEC.
[En los casos en que sea posible actuar sin abogado ni procurador, se indicará...
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