Capítulo 7. Exigencias técnicas de la edificación

AutorJesús Morant Vidal
Páginas371-436
CAPÍTULO 7º
EXIGENCIAS TÉCNICAS DE LA EDIFICACIÓN
La calidad se consigue no solo con medidas reparadoras, sino de forma preven-
tiva, a través de distintos controles que comienzan antes incluso de la redacción del
proyecto (control de calidad en el diseño), continúan en el proceso de edicación
(controles de eciencia de la construcción y de garantía de los materiales empleados)
y siguen durante todo el tiempo de utilización y uso del mismo (a través de las ope-
raciones de mantenimiento y controles de habitabilidad). La calidad en la edicación
se medirá, nalmente, por la satisfacción óptima, ponderada y eciente de todos los
principios contenidos en las leyes1020 y los valores denidos en las mimas1021, en un
proyecto y en la obra resultante, de forma unitaria y global, tanto en lo que se reere
a la diversidad de los aspectos a considerar como a la continuación del proceso crea-
tivo desde el primer diseño hasta el nal de la obra, integrando, en todas sus fases, la
dimensión de la explotación y el mantenimiento adecuado de los edicios y de los
espacios públicos.
La exigencias técnicas y administrativas de la edicación aparecen al principio de
la LOE que ya en su Exposición de Motivos señala que “ante la creciente demanda
de calidad por parte de la sociedad, la Ley establece los requisitos básicos que deben
satisfacer los edicios de tal forma que la garantía para proteger a los usuarios se
asiente no solo en los requisitos técnicos de lo construido sino también en el estable-
cimiento de un seguro de daños o de caución. Estos requisitos abarcan tanto los as-
pectos de funcionalidad y de seguridad de los edicios como aquellos referentes a la
habitabilidad” lo que destaca la importancia que se le da en la Ley, y ello, por cuanto
en denitiva estaremos ante exigencias básicas destinadas a garantizar la calidad de
los edicios y de sus instalaciones. Y no solo porque están destinadas a incrementar
la calidad del edicio o la edicación en sí, sino porque inciden muy directamente
en la calidad de vida de las personas, en algunos casos de manera más que notable,
caso, por ejemplo, de las personas afectadas por algún tipo de discapacidad, para
quienes tales requisitos básicos como condiciones de calidad de la edicación han de
1020 Tales como garantizar el derecho a una vivienda digna, de calidad, accesible y adecuada, su soste-
nibilidad medioambiental, o el ahorro y uso eciente de los materiales y recursos energéticos, entre otros.
1021 Tales como la idoneidad y la calidad técnica de las construcciones para acoger los usos previstos
durante todo su ciclo de vida.
372 Jesús Morant Vidal
traducirse en garantías para la accesibilidad al medio físico de cualquier persona en
condiciones tendentes a la igualdad.
Los artículos 3 al 7 LOE desarrollan aquellos requisitos básicos de la edicación
que deberán cumplirse tanto en la construcción como en el mantenimiento y la con-
servación, así como el uso y las instalaciones. Estos requisitos se estructuran en tres
grandes grupos: el relativo a la funcionalidad, el relativo a la seguridad y el relativo a
la habitabilidad1022.
El art. 3 LOE hace referencia al concepto de requisitos básicos de la edicación,
requisitos que se determinan “con el n de de garantizar la seguridad de las personas,
el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente”.
Para alcanzar estos objetivos, los edicios deben proyectarse, construirse, mante-
nerse y conservarse de tal forma que se satisfagan los requisitos básicos de funciona-
lidad, seguridad y habitabilidad.
También, en el mismo art. 3 LOE se hace referencia al CTE, que es el marco nor-
mativo que establece las exigencias básicas de calidad de los edicios y de sus ins-
talaciones1023, y al que hemos dedicado un apartado especíco, no obstante lo cual,
lo habremos de tener muy presente en párrafos siguientes, como se verá, y ello por
cuanto es el CTE el marco normativo por el que se regulan las exigencias básicas de
calidad que deben cumplir los edicios, incluidas sus instalaciones; unas exigencias
básicas que deben cumplirse, de la forma que reglamentariamente se establezca, en
el proyecto, la construcción, el mantenimiento, la conservación y el uso de los edi-
cios y sus instalaciones, así como en las intervenciones en los edicios existentes.
Para GUTIÉRREZ CAMACHO1024 y PORTO REY1025, la LOE sigue en parte los
principios de Vitruvio1026 de la ciudad clásica romana, asumidos y potenciados en el
renacimiento por Palladio1027: rmitas (seguridad), utilitas (funcionalidad) y venus-
1022 ALMENAR BELENGUER, M.; JIMÉNEZ LÓPEZ, C.; PÉREZ PAZ, O. (2007): “Aspectos gene-
rales…”. Ya cit. Pág. 6.
1023 CARRATALÁ FUENTES, J.; HERNÁNDEZ ORTEGA, P. (2000): “Las normas sobre documen-
tación, tramitación y prescripciones técnicas de las instalaciones interiores del suministro de aguas de la
Comunidad Autónoma de Canarias”. En Estudio sobre la nueva Ley de Ordenación de la Edicación. Madrid:
Consejo General del Poder Judicial. Págs. 271 y 272.
1024 GUTIÉRREZ CAMACHO, M.E. (2001): “La Ley de Ordenación de la Edicación vista por un
Arquitecto Técnico”. Granada: Comares. Pág. 66.
1025 PORTO REY, E. (2000): “Aspectos...”. Ya cit. Págs. 33 y 34.
1026 Marco Vitruvio Polión, Arquitecto romano con Julio César y Augusto, autor de “Los Diez libros de
arquitectura” y del tratado “De Architectura”, el más antiguo compendio sobre arquitectura e ingeniería que
conocemos. Además de inspirar la obra “El hombre de Vitruvio” de Leonardo da Vinci, le debemos, el que a
través de su obra nos haya legado los principios básicos de la buena edicación. RUIZA, M.; FERNÁNDEZ,
T.; TAMARO, E. (2004): “Biografía de Marco Vitruvio Polión”. En Biografías y Vidas. La enciclopedia bio-
gráca en línea. Disponible en internet: https://www.biograasyvidas.com Fecha consulta 18 de marzo de
2020.
1027 De nombre Andrea di Pietro della Góndola, fue un importante arquitecto italiano de la República
de Venecia. reconocido como una gura clave de la arquitectura de la Edad Moderna gracias a sus “I quatro
libri dell’architettura”; un brillante tratado en el cual, gracias a su profundo conocimiento de los teóricos clá-
sicos -principalmente Vitrubio- sentó las bases de un nuevo lenguaje arquitectónico basado en la proporción y
La calidad en la edicación: tutela jurídico civil 373
tas (hermosura o belleza); sustituyendo esta última por la habitabilidad, requisito
este más bien prosaico y que la LOE podía haber entendido incluido dentro del con-
cepto más general de funcionalidad.
Lo primero que se plantea acerca de estos requisitos es si el orden que la ley esta-
blece marca algún tipo de prioridad entre los mismos. Ciertamente, y si bien es cierto
que todos ellos son básicos, entendemos que son los relativos a la seguridad, y más
especícamente los de seguridad estructural, los que han de gozar de carácter preva-
lente, ya que deben considerarse como soporte físico de los demás: si la estructura
falla, el resto de requisitos carece de sentido. Asimismo, dentro de la seguridad, todo
requisito que tenga por nalidad la de garantizar la vida de las personas gozará de
preferencia sobre los demás.
Con estas premisas, se trata de dar cumplimiento al mandato constitucional de
proteger y mejorar la calidad de vida (art. 45.2 CE) en el contexto urbano, permitien-
do el disfrute de viviendas adecuadas, con espacios y equipamientos comunitarios
también adecuados; así como proteger el llamado medio ambiente urbano y, más en
concreto, el entorno del edicio1028.
Asimismo, y como ya hemos apuntado, debemos tener presente que los requisitos
básicos de seguridad y habitabilidad que la LOE señala como objetivos de calidad de
la edicación, se desarrollan en Código Técnico de la Edicación, de conformidad
con lo dispuesto en la LOE, mediante las exigencias básicas correspondientes a cada
uno de ellos.
La justicación del cumplimiento de las exigencias básicas del CTE pue-
de realizarse mediante la adopción, por los agentes que intervienen en el proceso
de la edicación, de: 1) Soluciones técnicas basadas en los DB cuya aplicación es
suciente para cumplir las exigencias básicas; 2) Soluciones alternativas decididas
por el proyectista o el director de la obra, bajo su responsabilidad y previa confor-
midad del promotor, que aseguren el cumplimiento de las exigencias básicas1029. Y
la conformidad con el CTE de los productos, materiales o sistemas viene dada por
el marcado CE o por las marcas, sellos o certicaciones de calidad reconocidos por
la Administraciones públicas competentes y a los que nos hemos referido en otro
capítulo.
Como decíamos, los artículos 3 al 7 LOE desarrollan los requisitos básicos de la
edicación en cuanto a funcionalidad, seguridad y habitabilidad.
El primero se divide en cuatro requisitos:
1º. Aquellos que se reeren a la adecuación entre los espacios e instalaciones
con las funciones previstas en el edicio.
los órdenes arquitectónicos antiguos. TOMÉ, J.M. (2010): “Andrea Palladio. Biografía y obra”. Disponible en
internet: https://www.arteespana.com Fecha consulta: 18 marzo 2020.
1028 GUTIÉRREZ CAMACHO, M.E. (2001): “La Ley…” Ya cit. Págs. 66 y 67.
1029 GARCÍA, ERVITI, F. (2016): “Compendio de arquitectura legal: derecho profesional y valoracio-
nes inmobiliarias”. Madrid: Editorial Reverté. Pág. 53.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR