Capítulo 6. El código técnico de la edificación

AutorJesús Morant Vidal
Páginas349-369
CAPÍTULO 6º
EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
Durante la segunda mitad del siglo XX unos procesos de urbanización y edica-
ción excesivamente acelerados y masivos habían generado unos entornos edicados
que no siempre alcanzaban unos parámetros de calidad adaptados a las nuevas de-
mandas de los ciudadanos.
El proceso de la edicación, por su directa incidencia en la conguración de los
espacios habitados, implica un compromiso de funcionalidad, economía, armonía y
equilibrio medioambiental, de evidente relevancia desde el punto de vista del interés
general y, por tanto, de las políticas gubernamentales. La sociedad demanda cada
vez más la calidad de los edicios y ello incide tanto en la seguridad estructural y la
protección contra incendios como en otros aspectos vinculados al bienestar de las
personas, como la protección contra el ruido, el aislamiento térmico o la accesibili-
dad para personas con movilidad reducida. En todo caso, el proceso de la edicación,
por su directa incidencia en la conguración de los espacios, implica siempre un
compromiso de funcionalidad, economía, armonía y equilibrio medioambiental de
evidente relevancia desde el punto de vista del interés general; así se contemplaba
ya en la Directiva 85/384/CEE973, cuando declara que la creación arquitectónica, la
calidad de las construcciones, su inserción armoniosa en el entorno, el respeto de los
paisajes naturales y urbanos, así como del patrimonio colectivo y privado, revisten
un interés público.
El sector de la edicación es además, tal y como se ha ido apuntando en páginas
anteriores, uno de los principales sectores económicos con importantes repercusio-
nes en el conjunto de la sociedad y en los valores culturales y medioambientales que
entraña el patrimonio arquitectónico. Es por ello que tampoco debemos obviar la
aparición de conceptos como sostenibilidad974 y eco-eciencia, que ha supuesto la
modicación de hábitos dentro del ámbito de la construcción, regenerando técnicas
973 DOUE nº L 223/15, de 21 de agosto.
974 Signica que la regulación de la construcción de viviendas se ha de enfocar desde la perspectiva
de su compatibilidad con los dictados de la conservación del ambiente, algo que se fundamenta en difusión
de la conciencia ambiental de la que son hitos signicativos la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Medio Humano que se celebró en Estocolmo en 1972 y más adelante la Declaración de Río de 1992 en la que
se constata el derecho de los seres humanos a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.
MARTÍN MATEO, R. (2005): “La edicación…”. Ya cit. Págs. 15 a 26.
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constructivas, sistemas constructivos y procedimientos que han fomentado la inves-
tigación para el uso de materiales más ecientes975. De ahí que orientado a aminorar
los efectos perjudiciales sobre el medio ambiente, se legisle hacia un marco nor-
mativo y su impacto en el modelo constructivo actual de construcciones sostenibles
y soluciones eco-ecientes976, ante la perspectiva de avanzar en la consecución de
objetivos de sostenibilidad para lo cual es necesario contar con una regulación legal
justa de esta materia, adaptada a los avances y en efectiva consonancia con los plan-
teamientos de sostenibilidad que se establecen en el marco europeo977.
Por todo ello, y en el sector de la edicación, surge, junto a aquella ley especíca
que es la Ley 38/1999, de 4 de noviembre, de Ordenación de la Edicación, en la
que se tratan los requisitos básicos como referente objetivo para denir la calidad de
lo construido y que atienda la demanda social de calidad, otro instrumento dirigido,
de un lado, a regular el proceso de la calidad en la construcción estableciendo las
exigencias básicas de calidad de los edicios que aseguren el cumplimiento de los
requisitos que consideran básicos para conseguir los nes perseguidos como signo
de calidad y, de otro lado, a ordenar y completar la reglamentación básica de la edi-
cación relacionada con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad estableci-
dos en la LOE978. Se trata del Código Técnico de la Edicación (CTE) aprobado por
975 En este sentido, el debate sobre la sostenibilidad de los materiales va más allá del discurso mera-
mente ecológico. La sostenibilidad comprende factores económicos, sociales y medioambientales, debiendo
lograr un punto de equilibrio entre un precio correcto para que el material sea competitivo en el mercado, una
producción y puesta en obra respetuosa con todos los que intervienen en el proceso, y una carga mínima sobre
el medio ambiente durante su ciclo de vida. ALONSO MONTERDE, M. (2009): “Libro blanco de la edica-
ción sostenible en la Comunitat valenciana”. Valencia: Instituto Valenciano de la Edicación. Pág. 38.
976 Y, en este sentido, es la calidad en la edicación algo imprescindible si estimamos como necesaria
la creación de espacios para la convivencia y la cohesión social, la dotación de equipamientos e infraestructu-
ras para el logro de una ciudad más articulada, equilibrada y solidaria, la apuesta por la cultura y el patrimonio
histórico artístico o el impulso del empleo, la promoción socioeconómica y empresarial y la innovación, y en
denitiva, la sostenibilidad y el medio ambiente urbano como puntos centrales de la calidad de vida. En este
sentido, vid. RAMALLO LÓPEZ, F.E. (2011): “El principio de desarrollo urbano sostenible. Un nuevo para-
digma en la planicación urbanística”. Revista española de derecho administrativo, 150. Págs. 391 a 442;
TORO FLORES, I (2009): “Régimen jurídico de la edicación sostenible”. Tarragona: Cossetania edicions.
977 CASTILLA GUERRA, J.; AGUDO MARTÍNEZ, A. (2017): “Aproximación a la regulación en
España de construcciones sostenibles y soluciones ecoecientes”. Actas del III Congreso Internacional de
Construcción Sostenible y Soluciones Eco-Ecientes. Sevilla: Universidad de Sevilla. Pág. 124.
978 ALMENAR BELENGUER, M.; JIMÉNEZ LÓPEZ, C.; PÉREZ PAZ, O. (2007): “Aspectos
generales….”. Ya cit. Pág. 6; MANTECA VALDELANDE, V. (2006): “Código Técnico de la Edicación”.
Actualidad Jurídica Aranzadi. Nº 708. Disponible en internet: https://insignis-aranzadidigital-es.publica-
ciones.umh.es/ (BIB 2006/858). Fecha de consulta 22 de marzo de 2020. HATERO JIMÉNEZ, M. (2006):
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Disponible en Internet: https://app-vlex-com.publicaciones.umh.es Fecha de consulta 22 de marzo de 2020.
MARTÍNEZ NIETO, A. (2001): “La protección ambiental en el proceso de edicación”. Actualidad admi-
nistrativa. Nº 10. Pág. 239. LABASTIDA AZAMAR, F. (2007): “Código Técnico de la Edicación (CTE)”.
En Obligaciones y responsabilidades en el ámbito de la edicación. Madrid: Consejo General del Poder
Judicial. Págs. 177 y 178. SERRA MARÍA-TOMÉ, J. (2000): “El Código Técnico de la Edicación en la
LOE”. Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente. Nº 177. Pág. 49.

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