STSJ Canarias , 30 de Marzo de 2005

PonenteJUAN JIMENEZ GARCIA
ECLIES:TSJICAN:2005:1316
Número de Recurso1517/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Social

En Las Palmas de Gran Canaria , a 30 de Marzo de 2005 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres D./Dña. Humberto Guadalupe Hernández Presidente, D./Dña. Mª Jesús García Hernández y D./Dña. Juan Jiménez García (Ponente) Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA (TRAGSA) y PARQUES NACIONALES -MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE- contra sentencia de fecha 11 de mayo de 2004 dictada en los autos de juicio nº 792/1999 en proceso sobre DESPIDO , y entablado por D./Dña. Andrea Y DOÑA Julia , contra TRANSFORMACIÓN AGRARIA,S.A. (TRAGSA), SERADCAN, S.L.(SERVICIOS ADMINISTRATIVOS CANARIOS,S.L. Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS PARQUES NACIONALES-MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE- .

El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Juan Jiménez García , quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente Primero.- Dña. Andrea DNI NUM000 ha prestado servicios en el Parque Nacional de Timanfaya y en el Patronato del Parque Nacional de Timanfaya, percibiendo un salario de 844,08 ~ mensuales (28,13 ~ día)

con prorrata de pagas extraordinarias, en base a los siguientes contratos de trabajo suscritos con las empresas SERADCAN, S.L. y TRAGSA, que obran en autos y se dan por reproducidos:

  1. - C.T. por obra y Servicio con TRAGASA del 07.02.91 al 30.06.91 con la categoría profesional de Peón y siendo su objeto "Servicio de Vigilancia en prevención de incendios del Parque Nacional de Timanfaya"

  2. - C.T. por Obra y Servicio con SERADCAN S.L. del 08.07.91 al 31.12.91 con la categoría profesional de Auxiliar Administrativo y siendo su objeto "Ejecución de contrato suscrito con ICONA para el apoyo a la Adm. y el patronato del P.N. de Timanfaya.

  3. - C.T. por Obra y Servicio con SERADCAN S.L. del 13.01.92 al 30.06.92 con la categoría profesional de Auxiliar Administrativo, y siendo su objeto "Ejecución de contrato de apoyo administrativo suscrito con el ICONA".

  4. - C.T. Eventual con SERADCAN S.L. del. 25.06.92 al 24.08.96, con la categoría profesional de Auxiliar Administrativo y siendo su objeto "Aliviar la acumulación de tareas existentes en el centro de trabajo" .

  5. - C.T. por Obra y .servicio D ~DJJ SERADCAN S.l.,. el 17./)8./)6 al 15.10.98 con la categoría profesional de Administrativo, y siendo su objeto "Ejecución del contrato suscrito con el O.A. Parques Nacionales, Parque Nacional de Timanfaya".

  6. - C.T. por Obra y Servicio con Tragsa, del 15.10.98 con la categoría profesional de Oficial 10 Administrativo y siendo su objeto "Trabajos administrativos para apoyo a la gestión administrativa del Parque Nacional de Timanfaya, en el termino municipal de Tinajo".

Segundo

Dña Andrea DNI. NUM001 ha prestado servicios en el Parque Nacional de Timanfaya y en el Patronato del Parque Nacional de Timanfaya, percibiendo un salario de 812,20 euros mensuales (27,07 euros día) con prorrata de pagas extraordinarias, en base a los siguientes contratos de trabajo suscritos con las empresas SERADCAN, S.L. y TRAGSA, que obran en autos y se dan por reproducidos:

  1. - C.T. Eventual con SERADCAN S.L. del 28.08.91 al 31.12.91 con categoría profesional de Auxiliar Administrativo y siendo su objeto "Acumulación de tareas y retraso en la ejecución del servicio contratado con el ICONA".

  2. - C.T. por Obra y Servicio con SERADCAN S.L del 10.01.92 al de Auxiliar. 30.06.92, con la categoría profesional Administrativo y siendo su objeto "Ejecución de contrato de apoyo Administrativo suscrito con el ICONA".

  3. - C.T. Eventual con SERADCAN S.L. del 25.06.92 al 24.08.96 con la categoría profesional de Auxiliar Administrativo y siendo su objeto "Aliviar la acumulación de tareas existentes en el centro de trabajo".

  4. - C.T. por Obra y Servicio con SERADCAN S.L. del 17.08.96 al 15.10.98 con la categoría profesional de Auxiliar Administrativo y siendo su objeto "Ejecución del contrato suscrito con el O.A. Parques Nacionales, Parque Nacional de Timanfaya".

  5. - C.T. por Obra y Servicio con TRAGSA del 15.10.98 y hasta la fecha con la categoría profesional de Auxiliar Administrativo y siendo su objeto "Trabajos administrativos para apoyo a la gestión administrativa del Parque Nacional en el termino municipal de Tinajo".

Tercero

El 30.08.99 TRAGSA les notificó el cese "finalización de los trabajos propios de su categoría especialidad dentro de la obra para la que fue contratado", efectos de 14.09.99.

Cuarto

Con fecha 03.'09.99 las actoras interpusieron demanda ante la Jurisdicción Social en reconocimiento de la condición de indefinidas en el Organismo Autónomo de Parques Nacionales, por cesión ilegal de las empresas adjudicatarias; recayendo sentencia de 18.11.00 dictada por el Juzgado de lo Social no4 de esta capital , que fue anulada por sentencia del TSJ de Canarias de 14.10.03 , ambas obrantes en autos.

Quinto

El Ministerio de Medio Ambiente (Organismo Autónomo Parques Nacionales) encargó a TRAGSA la ejecución del Programa de Inversión para el desarrollo de la gestión administrativa del Parque Nacional de Timanfaya y su Patronato (1998/1999), cuyo expediente, en especial la justificación y el pliego de prescripciones técnicas obran en autos y se dan por reproducidos.

Sexto

Según el pliego de prescripciones el horario fue el establecido en las oficinas del Parque; TRAGSA podía emplear las instalaciones, equipos mecánicos, ofimáticos e informáticos del Parque y la realización de los servicios era supervisada o coordinada por los técnicos del Parque. El presupuesto de ejecución se fijó y facturó en razón del precio hora de un Oficial Administrativo de la y un Auxiliar Administrativo, emitiéndose la última: factura el 15.09.1999 y fue nombrado director del programa el Director Conservador del Parque.

Séptimo

En el centro de trabajo además de las actoras prestaban sus servicios el Director del Parque y un jefe de administración, personal del Organismo Parques Nacionales. El capataz de TRAGSA vigilaba los servicios que prestaba ésta en el Parque, recibiendo las órdenes del Director.

Octavo

Dña Andrea presta servicios para el Ayuntamiento de Tinajo desde el 03.11.01 hasta la actualidad y Dña Julia prestó servicios para la empresa Panificadora Hermanos pacheco, S.L. desde el 26.11.03 al 25.02.04.

Noveno

Las demandantes no ostentaban en el momento del cese, ni en el año anterior, cargo representativo o sindical.

Decimo

Se agotó la via previa.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: Que estimando la demanda por despido, interpuesta por DOÑA Andrea y DOÑA Julia , vengo a declarar la improcedencia de sus despidos y en consecuencia condeno solidariamente al Ministerio de Medio Ambiente (Organismo Autónomo Parques Nacionales) y a Transformacion Agraria S.A. (TRAGSA) a estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos legales oportunos, para que a su opción readmitan a las demandantes en las mismas condiciones anteriores a¡ despido, o les indemnicen con la cantidad de MIL CIENTO SESENTA Y UN EUROS (1.161 ~)

Y MIL CIENTO DIECISIETE EUROS (1.117 ~) respectivamente; con abono en ambos supuestos de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido hastga la de notificación de la presente Sentencia, ambos inclusive, a razón del salario reconocido en la resultancia fáctica y con descuento del importe del salario mínimo interprofesional desde el 03.11.01 a Doña Andrea y desde el 26.11.03 al 25.02.04 a Doña...

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