STSJ Andalucía 1250/2021, 14 de Julio de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1250/2021
Fecha14 Julio 2021

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MALAGA

Avenida Manuel Agustín Heredia nº 16 2ª planta

N.I.G.: 2906744420200001803

Negociado: PC

Recurso: Recursos de Suplicación 558/2021

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 9 DE MALAGA

Procedimiento origen: Procedimiento Ordinario 162/2020

Recurrente: CONSEJERIA DE EDUCACION Y DEPORTE DE LA JUNTA DE ANDALUCIA

Representante: LETRADO DE LA JUNTA DE ANDALUCIA - MALAGA

Recurrido: Pablo Jesús, AGENCIA PUBLICA ANDALUZA DE EDUCACION Y FORMACION, CENTRO DE FORMACION MARCOS BAILON, S.L., FEDERACION PROVINCIAL DE ASOCIACIONES DE MINUSVALIDOS FISICOS Y ORGANICOS DE CORDOBA (FEPAMIC), FUNDACION SAMU, BCM GESTION DE SERVICIOS S.L. y CELEMIN & FORMACION S.L.

Representante:DAVID BERNARDO NEVADO, JOSE MANUEL AVISBAL TORO, JOSE MANUEL DE LARA BERMUDEZy MARTA GARCIA APARICIMANUEL NAVARRO MALDONADO

Sentencia Nº 1250/2021

ILTMO. SR. D. MANUEL MARTIN HERNANDEZ-CARRILLO, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. RAMON GOMEZ RUIZ,

ILTMO. SR. D. RAUL PAEZ ESCAMEZ

En la ciudad de Málaga a catorce de julio de dos mil veintiuno.

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por CONSEJERIA DE EDUCACION Y DEPORTE DE LA JUNTA DE ANDALUCIA contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 9 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra D./ RAMON GOMEZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D/Dª Pablo Jesús sobre Procedimiento Ordinario siendo demandado AGENCIA PUBLICA ANDALUZA DE EDUCACION Y FORMACION, CONSEJERIA DE EDUCACION Y DEPORTE DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, CENTRO DE FORMACION MARCOS BAILON, S.L., FEDERACION PROVINCIAL DE ASOCIACIONES DE MINUSVALIDOS FISICOS Y ORGANICOS DE CORDOBA (FEPAMIC), FUNDACION SAMU, BCM GESTION DE SERVICIOS S.L. y CELEMIN & FORMACION S.L. habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 03/12/2020 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

D. Pablo Jesús, mayor de edad, presta servicios en el CEIP la Axarquia en Vélez Málaga, con la categoría profesional de personal técnico en integración social y percibiendo un salario ultimo de 1363,37 euros mensuales incluida prorrata de pagas extraordinarias.

El actor presto servicios del 12-1-15 al 28-6-18 en el CEIP Virgen de la Cabeza en Canillas de Aceituno Málaga.

SEGUNDO

El salario conforme al convenio colectivo del personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía para la categoría de técnico de integración social a jornada completa es de 2017,31 euros mensuales incluida prorrata de pagas extraordinarias para 2019 .

TERCERO

El actor inicio la prestación de servicios por cuenta de Centro de Formacion Marcos Bailon el 12-1-15 a 23-6-15, siendo subrogado el 10-9-15 al 23-6-16, 12-9-16 a 12-3-17 por Celemín & Formación SL, BCA Gestion de Servicios SL del 13-3-17 a 23-6-17, del 11-9-17 a 15-3-18, del 16-3-18 a 3-5-18 por fundación SAMU, el 3-5-18 fue subrogado por FEPAMIC prestando servicios hasta el 28-6-18 y del 10-9-19 a 22-10-19 y siendo subrogado el 23-10-19 por Centro de Formación Marcos Bailon SL el 23-10-19 a 22-6-20 y el 10-9-10 fe subrogado por Fundación SAMU .

CUARTO

El actor ha f‌irmado contratos por obra o servicio determinado a tiempo parcial con las distintas empresas hasta el 12-3-17 y desde el 13-3-17 contrato f‌ijo discontinuo a tiempo parcial.

QUINTO

El actor ha realizado una jornada de 25 horas semanales de 9 a 14 horas, la jornada del personal laboral de la Junta de Andalucia es de 35 horas semanales.

SEXTO

El convenio colectivo que se le viene aplicando a la actora por las distintas empresas es el de centros y servicios de atención a personas con discapacidad .

SEPTIMO

La Agencia Publica Andaluza de Educación y Formación es una entidad de derecho publico de la Junta de Andalucia, goza de personalidad jurídica propia, quedando adscrito a la Consejeria que tenga atribuidas competencias en materia de educación no universitaria, constituyen

sus f‌ines generales el ejercicio de las actuaciones que correspondan a la Consejeria que tenga atribuidas competencias en materia de educación no universitaria, para llevar la gestión de infraestructuras y servicios complementarios de la enseñanza no universitaria cuya competencia corresponda a la Comunidad Autónoma, atendiendo siempre al principio de igualdad entre hombres y mujeres .

OCTAVO

El actor realiza funciones en el centro en horario de 9 a 14 horas, el actor ha sido citado por el CEIP la Axarquia a reuniones de padres de inicio de curso, el actor ha participado en reunión de miembros del equipo de orientación curso 2019/2020 de 4-9-19, folios 479 a 485 cuaderno de trabajo semanal 2019/2020 obra a los folios 489 a 498. En el centro escolar CEIP Axarquia presta servicios una trabajadora de la Junta de Andalucia con la categoría de técnico de integración social, realizando las mismas funciones que el actor que participa en las reuniones trimestrales con el equipo de orientación . .

NOVENO

Los pliegos de prescripciones técnicas para la contratación de apoyo y asistencia para alumnado con necesidades educativas de apoyo especif‌ico en los centros docentes públicos de Málaga dependientes de la Consejeria de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucia mediante procedimiento abierto criterios de adjudicación ponderables automáticamente, obra unido a los autos, el programa de apoyo y asistencia dependiendo de las necesidades educativas del alumnado incluirá intervenciones de cuidado y atención personal del alumnado que podrán concretarse en, aseo y limpieza, vestido, salud y seguridad, acompañamiento y atención en recreos, entradas y salidas, favorecer el contacto entre centro y familia, colaborar en la elaboración y aplicación de adaptaciones curriculares, participar en las reuniones, colaborar estrechamente en el af‌ianzamiento y desarrollo de las capacidades de los alumnos con necesidades educativas de apoyo especif‌ico en los aspectos físicos, cognitivos, afectivos y comunicativos . Consta el régimen del personal vinculado al adjudicatario las categorías del personal serán de responsable del contrato, coordinador, monitor de apoyo y asistencia para alumnos con necesidades educativas de apoyo especif‌ico .

DECIMO

El documento administrativo de formalización de contrato de servicio de apoyo y asistencia escolar para alumnado con necesidades educativas de apoyo especif‌ico en los centros docentes públicos de la provincia de Málaga, dependiente de la Consejeria de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucia expediente NUM000 lotes 4,6 y 9 de 8-7-20, Fundación SAMU obra a los folios 555 a 557 .

DECIMO PRIMERO

La vida laboral del actor obra a los folios 389 a 391 .

DECIMO SEGUNDO

Para la empresa BCM los trabajadores tenia que realizar informes de gestión trimestrales, comunicar bajas por enfermedad, citas medicas, permisos no retribuidos, registro visitas de control folios 714 a 726, actas de reuniones folios 727 a 738, control de asistencia partes de horas folios 739 a 743 y 759 a 762 .

DECIMO TERCERO

El centro CEIP Axarquia tiene en la RPT personal tecnico de integración social.

DECIMO CUARTO

Los estatutos de la Agencia Publica Andaluza de Educación obran a los folios 771 a 779 .

DECIMO QUINTO

Constan las ultimas nominas del actor . .

DECIMO SEXTO

Que las funciones desarrolladas por el actor como monitor de necesidades educativas especiales, realizando dichas labores durante 25 horas semanales de lunes a viernes de 9 a 14 han sido, recibir al alumnado con NEE desde su llegada al centro y acompañarlo por las distintas dependencias, atender bajo la supervisión del profesorado especialista la realización de actividades escolares realizadas por el alumnado con necesidades educativas especiales en las distintas dependencias del centro y fuera del mismo, instruir y atender al alumnado con NEE en conductas sociales, comportamientos autónomos en su alimentación, hábitos de higiene y aseo personal, colaboración en la vigilancia de recreos, colaborar con la supervisión del profesorado en las relaciones centro-familia, facilitar la movilidad por el centro del alumnado con NEE en las distintas actividades planif‌icadas, colaborar en la actividad educativa junto con el tutor dentro y fuera del aula, integración en el equipo de orientación ( EOA) para colaborar con los tutores y el resto de profesorado en el apoyo y la comprensión de las materias impartidas, el las adaptaciones de las mismas y en la elaboración y utilización de material didáctico, facilitar la movilidad por el centro de los alumnos con NEE en las distintas actividades establecidas y a los distintos especialistas .

DECIMO SEPTIMO

El Memoria anual de la Fundación SAMU curso 2019/2020, folios 1249 a 1256.

DECIMO OCTAVO

El documento administrativo de formalización de contrato de servicio de apoyo y asistencia escolar para alumnado con necesidades educativas de apoyo especif‌ico en los centros docentes públicos de la provincia de Málaga dependiente de la Consejeria de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucia expediente NUM001...

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