STSJ Galicia 1675/2021, 26 de Abril de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Abril 2021
Número de resolución1675/2021

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA SALA DE LO SOCIAL A CORUÑA

PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Fax: 881-881133/981184853

NIG: 32054 44 4 2020 0001144

Equipo/usuario: MR

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0004557 /2020 SR

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000290 /2020

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña Herminio

ABOGADO/A: MARIA SERGIA SUAREZ LEAL

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

PROCURADOR:,

GRADUADO/A SOCIAL:,

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

ILMO. SR. D. RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a veintiséis de abril de dos mil veintiuno.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0004557/2020, formalizado por la LETRADA Dª. Mª. SERGIA SUAREZ LEAL, en nombre y representación de Herminio, contra la sentencia número 280/2020 dictada por XDO. DO SOCIAL

N. 1 de OURENSE en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000290/2020, seguidos a instancia de Herminio frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Herminio presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 280/2020, de fecha veintidós de septiembre de dos mil veinte.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: PRIMERO.-El actor D. Herminio nacido el NUM000 -1958 f‌igura af‌iliado a la Seguridad Social, Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con el número NUM001 por la actividad de codif‌icador y corrector de imprenta y una base reguladora de 1.684,43 euros mensuales. SEGUNDO.-El actor solicitó pensión de invalidez emitiéndose dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el 22-11-2019 dictándose Resolución por el Instituto Nacional de la Seguridad Social el 29-11-2019 por la que se declaró al actor en situación de Incapacidad Permanente en grado de Total para su profesión habitual. TERCERO.-El actor padece las siguientes dolencias: Cáncer de próstata intervenido hace 4 años, con secuelas que incluyen incontinencia moderada y trastorno en la esfera sexual. Ictus isquémico en territorio de A. Cerebral posterior. Déf‌icits aislados, con agotamiento precoz de movilidad ocular izquierda, sobre todo en mirada extrema, cierre bucal completo pero débil, claudicación precoz y torpeza en MSI con debilidad en puño y pinza y torpeza general con esa extremidad. CUARTO.-Interpuesta reclamación previa el 20-1-2020 es desestimada por Acuerdo de fecha 20-2-2020 y agotada la vía administrativa previa, formuló demanda ante el Decanato el 5-6-2020.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por D. D. Herminio contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo absolver y absuelvo a los Organismos demandados de las pretensiones ejercitadas contra ellos por la parte actora.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte DEMANDANTE, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el trabajador la desestimación de su demanda en reclamación de IP, instando -por el cauce del artículo 193.b) LJS- la modif‌icación del relato histórico, y denunciando -vía artículo 193.c) LJS- la infracción por inaplicación del artículo 194 LGSS.

SEGUNDO

No podemos acceder a las revisiones planteadas, habida cuenta que, tal como se desprende de los artículos 190 y siguientes LJS -por todas, SSTSJ Galicia 08/02/2021 R. 3740/20, 29/01/21 R, 3181/20, 04/11/20 R. 2176/20, 04/11/20 R. 2165/20, 13/10/20 R. 1667/20, etc.-, la Suplicación es un recurso extraordinario y no una apelación que permita examinar nuevamente toda la prueba obrante en autos, de manera que sólo permite -excepcionalmente- f‌iscalizar la labor de valoración probatoria llevada a cabo por el Magistrado a quo si el error valorativo sufrido en la instancia por el Juzgador se evidencia de documentos y pericias (artículo 193: «El recurso de suplicación tendrá por objeto: [...] b) Revisar los hechos declarados probados, a la vista de las pruebas documentales y periciales practicadas»), citadas con la adecuada precisión (artículo 196.3: «También habrán de señalarse de manera suf‌iciente para que sean identif‌icados, el concreto documento o pericia en que se base cada motivo de revisión de los hechos probados que se aduzca e indicando la formulación alternativa que se pretende») y acompañadas de la oportuna argumentación (artículo 196.2: «En todo caso se razonará la pertinencia y fundamentación de los motivos»). Y ello, bajo el presupuesto de que el posible éxito de la revisión siempre está condicionado -además- a que por la parte recurrente haga precisa

especif‌icación de la modif‌icación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
6 sentencias
  • STSJ Galicia 3483/2021, 23 de Septiembre de 2021
    • España
    • 23 Septiembre 2021
    ...-por todas, SSTSJ Galicia 21/07/21 R. 862/21, 06/07/21 R. 2575/21, 05/07/21 R. 3891/20, 21/06/21 R.3802/20, 18/06/21 R. 4557/20, 26/04/21 R. 4557/20, 16/03/21 R. 2794/20, etc.-, es lo cierto que se trata de un Expediente Digital mal diseñado en el que no se hace constar -a pesar de las exig......
  • STSJ Galicia , 18 de Junio de 2021
    • España
    • 18 Junio 2021
    ...acceder a las revisiones planteadas, habida cuenta que, tal como se desprende de los artículos 190 y siguientes LJS -por todas, SSTSJ Galicia 26/04/21 R. 4557/20, 16/03/21 R. 2794/20, 12/03/21 R. 4151/20, 08/02/21 R. 3740/20, 29/01/21 R, 3181/20, 04/11/20 R. 2176/20, etc.-, la Suplicación e......
  • STSJ Galicia 3191/2021, 7 de Septiembre de 2021
    • España
    • 7 Septiembre 2021
    ...LJS -por todas, SSTSJ Galicia 21/07/21 R. 862/21, 06/07/21 R. 2575/21, 05/07/21 R. 3891/20, 21/06/21 R.3802/20, 18/06/21 R. 4557/20, 26/04/21 R. 4557/20, 16/03/21 R. 2794/20,.-, la Suplicación es un recurso extraordinario y no una apelación que permita examinar nuevamente toda la prueba obr......
  • STSJ Galicia 3089/2021, 21 de Julio de 2021
    • España
    • 21 Julio 2021
    ...acceder a las revisiones planteadas, habida cuenta que, tal como se desprende de los artículos 190 y siguientes LJS -por todas, SSTSJ Galicia 26/04/21 R. 4557/20, 16/03/21 R. 2794/20, 08/02/21 R. 3740/20, 29/01/21 R, 3181/20, 04/11/20 R. 2176/20, etc.-, la Suplicación es un recurso extraord......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR